Segundo Protocolo con Estados Unidos
Nombre oficial: Segundo Protocolo al acuerdo entre Costa Rica y Estados Unidos sobre cooperación para suprimir el tráfico ilícito
Dónde va
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Poder Ejecutivo
La vota la comisión que la estudia
Ver en qué comisión se vio
- Comisión de Relaciones Internacionales y Comercio Exteriordesde el 1 sept 2026
Según la tramitación oficial de la Asamblea.
Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite
Por qué
Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos
La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.
La estudia la Comisión de Relaciones Internacionales y Comercio Exterior · 9 diputaciones
Qué sigue
La subcomisión debe rendir su informe el 24 de setiembre.
De qué trata
Amplía la cooperación con EE. UU. contra el tráfico ilícito
Aprueba un segundo protocolo que modifica el acuerdo de cooperación entre los gobiernos de Costa Rica y Estados Unidos para suprimir el tráfico ilícito.
Para conversar
El problema que dice venir a resolver
Quienes lo firman —los ministerios de Relaciones Exteriores, Ambiente y Seguridad Pública junto con Incopesca— sostienen que la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, o sea la que se hace sin permiso, sin reportarse o fuera de las reglas, es una de las mayores amenazas a los ecosistemas marinos, a la seguridad alimentaria y a la economía pesquera local, y que alimenta redes de crimen organizado y fenómenos como el trabajo forzoso y la trata de personas en barcos pesqueros.
Citan una estimación de pérdidas mundiales anuales superiores a 20 mil millones de dólares por esa pesca, que golpean sobre todo a países en desarrollo. Agregan que los planes de manejo identifican esa pesca como una de las principales amenazas al Parque Nacional Isla del Coco y al Área Marina de Manejo Bicentenario, por la captura de atunes y tiburones.
Afirman que, si bien la ley costarricense ya sanciona la pesca ilegal, falta articulación internacional vinculante, y que aunque se instaló un radar en Isla del Coco y opera un centro de monitoreo satelital, sigue siendo necesario el trabajo en campo con apoyo de embarcaciones estadounidenses, usando los mismos buques y aeronaves que ya atienden el narcotráfico.
Qué dice el texto
- Qué se amplía: Extiende el acuerdo de cooperación con Estados Unidos (Ley 7929), pensado contra el tráfico ilícito, para cubrir también la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, y le cambia el nombre a Acuerdo de Patrullaje Conjunto.
- Barcos bajo sospecha: Una embarcación o aeronave pasa a considerarse sospechosa cuando hay motivos razonables para creer que está metida en tráfico ilícito o en pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, y no solo en tráfico.
- Patrullas en aguas ticas: Autoriza a embarcaciones de las autoridades estadounidenses que lleven funcionarios a bordo a patrullar aguas costarricenses contra la pesca ilegal. Las operaciones en aguas y espacio aéreo del país requieren autorización del Gobierno de Costa Rica.
- Abordajes fuera del mar tico: Más allá del mar territorial de cualquier Estado, el acuerdo vale como permiso para que funcionarios estadounidenses aborden y registren barcos de bandera costarricense sospechosos y a la gente a bordo.
- Si encuentran pruebas: Si aparecen pruebas de tráfico ilícito o de pesca ilegal, los funcionarios estadounidenses pueden retener la nave y a las personas a bordo mientras llegan de forma expedita las instrucciones del Gobierno de Costa Rica.
- El aviso y los informes: Quien haga un abordaje debe avisar pronto a la otra parte y hacer todo lo posible por informar del abordaje y registro dentro de 24 horas; las instituciones competentes reportan de forma periódica cómo van investigaciones y juicios.
- Contra quién se dirige: Las operaciones solo pueden dirigirse contra embarcaciones y aeronaves sospechosas, incluidas las que no tienen nacionalidad. Costa Rica se reserva autorizar otros patrullajes conjuntos según su propio ordenamiento.
El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 19 de agosto de 2026. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.
El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.729).
Qué pasó la semana del 7 al 13 de septiembre
La presidencia asignó el expediente a una subcomisión integrada por el diputado Villalobos Umaña como coordinador, el diputado Osvaldo Artavia y la diputada Iztarú Alfaro, con fecha para rendir el informe el 24 de setiembre.
jue, 10 sept · Comisión
Fuente: el acta de la sesión 8 de la Comisión de Relaciones Internacionales y Comercio Exterior (jue, 10 sept). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas de comisiones.