Infraestructura educativa a municipios
Nombre oficial: Segunda ley especial para la transferencia de competencias: atención complementaria del equipamiento e infraestructura educativa
Dónde va
Ver quién lo presentó
- Víctor Manuel Hidalgo Solís · Liberación Nacional
La vota la comisión que la estudia
Ver en qué comisión se vio
- Comisión de Ciencia, Tecnología y Educacióndesde el 5 ago 2026
Según la tramitación oficial de la Asamblea.
Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite
Por qué
Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos
La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.
La estudia la Comisión de Ciencia, Tecnología y Educación · 7 diputaciones
Qué sigue
Espera las respuestas de las instituciones consultadas antes de continuar su discusión en la comisión.
De qué trata
Pasa a los municipios obras en centros educativos
Traslada a las municipalidades la competencia de atender de forma complementaria el equipamiento y la infraestructura de los centros educativos.
Para conversar
El problema que dice venir a resolver
Quienes lo firman sostienen que el problema de la infraestructura educativa no es la falta de proyectos, sino la capacidad del Estado para ejecutarlos: dicen que la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo del MEP concentra planificación, contratación y supervisión, y eso la satura. Citan a la Contraloría: unos 20 meses promedio en la etapa previa a arrancar una obra y apenas 20 proyectos en ejecución frente a 176 programados, con 113 funcionarios para todo el país.
Agregan que la ejecución está repartida entre 4708 juntas de educación y administrativas inscritas, con capacidades técnicas desiguales y contrataciones lentas, lo que dificulta fiscalizar y desaprovecha la compra en volumen; aun así, afirman que las juntas ejecutan mejor los recursos que la dirección central.
Dicen que el resultado son cientos de centros en condiciones críticas: citan 849 con órdenes sanitarias por deterioro en 2024 y cerca de 800 en 2025, y el Décimo Estado de la Educación 2025, que reporta carencias de infraestructura y conectividad, sobre todo en zonas rurales. Sin el cambio, advierten, se prolongan las aulas provisionales y la desigualdad; invocan como precedente la Ley 9329, que trasladó la red vial cantonal a las municipalidades.
Qué dice el texto
- Quién arregla las escuelas: Las municipalidades asumen como competencia exclusiva el mejoramiento, la ampliación, la remodelación y la rehabilitación de los centros públicos de preescolar, primaria y secundaria, siguiendo los lineamientos que dicte el MEP.
- El límite de la obra nueva: La obra y el equipamiento nuevos le tocan al gobierno local solo si cuestan hasta 25% del dinero que se le gira al año; lo que pase de ahí lo construye el MEP, y el mantenimiento pasa al municipio cuando venza la garantía.
- La plata: Asigna a las municipalidades al menos 1,5% del presupuesto ordinario de la República, girado por la Tesorería Nacional directo a cada una como fondo con destino específico: plata que solo puede usarse en ese fin.
- Cómo se reparte: Del monto anual, 35% según la población estudiantil del cantón, 30% de forma inversa al índice de desarrollo social en su dimensión educativa —más plata a los peor calificados—, 20% según metros cuadrados inventariados y 15% en partes iguales.
- El 10% de bienes inmuebles: La Ley 7552 obliga a las municipalidades a girarles a las juntas 10% de lo que reciben del impuesto sobre bienes inmuebles; el proyecto limita esa plata a comedores y transporte y deja el resto en el municipio para infraestructura y equipamiento.
- Quién decide en el cantón: Crea en cada municipalidad una junta presidida por la alcaldía, con un regidor, el supervisor de circuito y tres representantes de las juntas escolares, y una unidad técnica cuyo costo de operación no puede pasar del 40% de lo que se gira.
- Los inventarios y los plazos: Las municipalidades tienen seis meses para inventariar los centros de su cantón y doce para alistarse; el MEP tiene tres meses para entregarles la información, debe concluir las obras ya iniciadas y pasarles las no iniciadas.
El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 1 de mayo de 2026. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.
El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.584).
Qué pasó la semana del 17 al 23 de agosto
La comisión aprobó dos mociones de consulta, cada una por siete votos a cero: una dirigida a todas las municipalidades e intendencias del país, la Unión Nacional de Gobiernos Locales, el MEP, el Consejo Superior de Educación, el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos, la Contraloría y la Procuraduría; y otra que añade al Ministerio de Hacienda y a la Comisión Nacional de Emergencias.
mié, 19 ago · Comisión
Fuente: el acta de la sesión 1 de la Comisión de Ciencia, Tecnología y Educación (mié, 19 ago). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas de comisiones.