Hacienda Digital (TRIBU-CR)
Nombre oficial: Reformas legales para la implementación del proyecto de Hacienda Digital (sistema TRIBU-CR)
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- Comisión de Asuntos Hacendarios30 jul 2025 – 4 dic 2025 · 12 may 2026 – 2 jun 2026 · 3 ago 2026 – 12 ago 2026
Según la tramitación oficial de la Asamblea.
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Qué sigue
Ahora espera la firma del Poder Ejecutivo y su publicación en La Gaceta para convertirse en ley.
De qué trata
Reforma leyes para poner en funcionamiento TRIBU-CR, el sistema digital de Hacienda Digital.
Para conversar
El problema que dice venir a resolver
El Poder Ejecutivo, que firma la iniciativa, sostiene que para reducir la evasión y facilitar el pago de impuestos hay que modernizar y digitalizar los sistemas del Ministerio de Hacienda, y que el nuevo sistema tributario TRIBU-CR no puede operar sin antes reorganizar la Dirección General de Tributación por macroprocesos nacionales —tareas repartidas por función y no por zona del país— y ajustar las leyes que lo regulan.
Argumentan que la ley no aclara qué base usar para calcular los pagos parciales de quienes apenas inician actividades, y que aplicar a esos pagos las retenciones del 2% que les hace el Estado es optativo: dicen que por eso muchos contribuyentes no las usan, desembolsan dinero de más y acumulan saldos a favor que pueden prescribir.
Sobre las notificaciones, plantean que el buzón hacendario debe quedar fijado en ley como único canal, para dar seguridad jurídica. Citan el informe Freedom on the Net 2022, de Freedom House, según el cual la penetración de internet llegó al 81,6% en enero de 2022, y datos de la Unión Internacional de Telecomunicaciones de 2020 sobre un 85% de hogares conectados; aun así advierten que persiste la brecha digital y que sin excepciones habría exclusión e indefensión.
Qué dice el texto
El registro del expediente anota textos actualizados durante el trámite — el último, del 12 de agosto de 2026. Estos puntos describen el texto tal como se presentó.
- El buzón hacendario: Vuelve el buzón hacendario —casilla electrónica que Hacienda asigna a cada obligado tributario— el único medio de notificación. Se da por notificado el día hábil siguiente al depósito y los plazos corren desde ahí.
- El aviso y el deber: Hacienda debe mantener alertas informativas por mensaje al celular o correo registrado, pero el obligado tributario queda con el deber de revisar periódicamente su buzón.
- El correo del caso: En procedimientos de determinación de impuestos o de sanciones se puede señalar un correo único para ese trámite; si el correo rebota, la notificación se hace en el buzón hacendario.
- Si no está inscrito: A quien no está inscrito ni tiene buzón ni correo registrado se le notifica en persona —incluso a alguien que aparente más de quince años en su domicilio fiscal— o por un solo edicto en el diario oficial.
- Brecha digital: Quien no puede acceder o usar tecnología por ubicación, plata, edad, salud o discapacidad puede ir a oficinas que Hacienda designe para hacer los trámites de habilitación del buzón de forma presencial.
- Las retenciones del 2%: Hacienda podrá aplicar de oficio a los pagos parciales el 2% retenido en ventas al Estado y otras retenciones que sean pago a cuenta; solo se deducen del impuesto si no se aplicaron ya en esos pagos.
- Los pagos parciales: A quien inicia actividades le calculan las cuotas para el periodo fiscal siguiente. El 75% del monto a cuenta se paga en tres cuotas iguales, a más tardar el último día hábil de junio, setiembre y diciembre.
- El ONT: Convierte el Órgano de Normalización Técnica, asesor obligado de las municipalidades para valorar inmuebles, en un departamento de Tributación, y habilita usar sus herramientas de valoración en otros impuestos.
El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 21 de julio de 2025. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.
El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.093).
Qué pasó la semana del 12 al 18 de octubre
El Plenario lo aprobó en segundo debate por 48 votos a favor y 0 en contra, sin discusión.
lun, 12 oct · Plenario
Fuente: el acta de la sesión ordinaria 78 del Plenario (lun, 12 oct). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas del Plenario.
Quién lo apoya y quién lo objeta
Las 8 voces cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de las 8 sesiones que hemos leído — no es el marcador de una votación, e incluye voces que no votan, como ministerios e instituciones invitadas. Cada quien queda del lado que sostuvo más veces.
Defiende el texto: alega que la retención del 2% se hace sobre la venta y no sobre la renta del contribuyente, y que fijar plazos de diez días hábiles contradiría…
Defiende el texto: alega que la retención del 2% se hace sobre la venta y no sobre la renta del contribuyente, y que fijar plazos de diez días hábiles contradiría los plazos que ya tiene el Código de Normas y Procedimientos Tributarios
Lo apoya como un primer paso para hacer menos tortuosa la plataforma, pero le reclama a Hacienda que TRIBU-CR no es amigable para los usuarios
Lo apoya porque Hacienda Digital es estratégico para mejorar la recaudación y tiene un avance financiero de solo 23,8%
Lo apoya para que Hacienda recaude mejor y persiga la evasión en vez de plantear recortes
Considera el proyecto muy importante, pero pide precisar términos para evitar la elusión, que el buzón hacendario sea el medio principal y no el único de…
Considera el proyecto muy importante, pero pide precisar términos para evitar la elusión, que el buzón hacendario sea el medio principal y no el único de notificación, que la carga de notificar recaiga en la Administración y no en el contribuyente, y que se fijen plazos claros de respuesta al administrado
Advierte que exigir el buzón digital como único medio deja fuera a quienes están en la brecha digital y podría vulnerar el debido proceso y la igualdad, citando a…
Advierte que exigir el buzón digital como único medio deja fuera a quienes están en la brecha digital y podría vulnerar el debido proceso y la igualdad, citando a la Procuraduría y a la Sala Constitucional; además defiende que el rige sea una fecha cierta, el 1° de enero, y no el cierre fiscal
Lo apoya, pero pide revisar TRIBU-CR por los saldos a favor acumulados y facilitar que los contribuyentes recuperen lo pagado de más
Apoya que el rige se ligue al cierre fiscal posterior a la publicación por dar seguridad jurídica
Otras 9 voces solo aparecen votando mociones de trámite, sin que el acta diga por qué: 5 de Pueblo Soberano, 1 de Frente Amplio y 3 sin fracción. De otras 3 voces el acta no deja claro qué sostienen sobre el proyecto: 1 de Frente Amplio, 1 de Liberación Nacional y 1 sin fracción.