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Economía y trabajo · 25.093

Hacienda Digital (TRIBU-CR)

Nombre oficial: Reformas legales para la implementación del proyecto de Hacienda Digital (sistema TRIBU-CR)

Dónde va

1
Apenas nace
9 días
Presentado · 21 jul 2025 – 30 jul 2025
Ver quién lo presentó

Poder Ejecutivo

2
En estudio
4 meses
En comisión · 30 jul 2025 – 26 nov 2025
Ver en qué comisión se vio
  • Comisión de Asuntos Hacendarios30 jul 2025 – 4 dic 2025 · 12 may 2026 – 2 jun 2026 · desde el 3 ago 2026

Según la tramitación oficial de la Asamblea.

3
En debate
8 meses y contando
Plenario · 26 nov 2025 – 9 ago 2026

Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite

Por qué

Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos

La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.

Constitución, art. 119
4
Voto final
2.º debate
5
¡Ya es ley!
Publicada
Hay pasos que este proyecto ya dejó atrás y que no presenciamos: seguimos las sesiones desde mayo de 2026.

Qué sigue

Vencido el plazo, el Plenario debe votar las mociones de reiteración y luego decidir el proyecto en primer debate.

De qué trata

Da respaldo legal al buzón digital de notificaciones de Hacienda

Hace los cambios legales necesarios para poner en marcha el proyecto de Hacienda Digital, el sistema tributario TRIBU-CR.

Para conversar

El problema que dice venir a resolver

El Poder Ejecutivo, que firma la iniciativa, sostiene que para reducir la evasión y facilitar el pago de impuestos hay que modernizar y digitalizar los sistemas del Ministerio de Hacienda, y que el nuevo sistema tributario TRIBU-CR no puede operar sin antes reorganizar la Dirección General de Tributación por macroprocesos nacionales —tareas repartidas por función y no por zona del país— y ajustar las leyes que lo regulan.

Argumentan que la ley no aclara qué base usar para calcular los pagos parciales de quienes apenas inician actividades, y que aplicar a esos pagos las retenciones del 2% que les hace el Estado es optativo: dicen que por eso muchos contribuyentes no las usan, desembolsan dinero de más y acumulan saldos a favor que pueden prescribir.

Sobre las notificaciones, plantean que el buzón hacendario debe quedar fijado en ley como único canal, para dar seguridad jurídica. Citan el informe Freedom on the Net 2022, de Freedom House, según el cual la penetración de internet llegó al 81,6% en enero de 2022, y datos de la Unión Internacional de Telecomunicaciones de 2020 sobre un 85% de hogares conectados; aun así advierten que persiste la brecha digital y que sin excepciones habría exclusión e indefensión.

Qué dice el texto

El registro del expediente anota textos actualizados durante el trámite — el último, del 12 de agosto de 2026. Estos puntos describen el texto tal como se presentó.

  • El buzón hacendario: Vuelve el buzón hacendario —casilla electrónica que Hacienda asigna a cada obligado tributario— el único medio de notificación. Se da por notificado el día hábil siguiente al depósito y los plazos corren desde ahí.
  • El aviso y el deber: Hacienda debe mantener alertas informativas por mensaje al celular o correo registrado, pero el obligado tributario queda con el deber de revisar periódicamente su buzón.
  • El correo del caso: En procedimientos de determinación de impuestos o de sanciones se puede señalar un correo único para ese trámite; si el correo rebota, la notificación se hace en el buzón hacendario.
  • Si no está inscrito: A quien no está inscrito ni tiene buzón ni correo registrado se le notifica en persona —incluso a alguien que aparente más de quince años en su domicilio fiscal— o por un solo edicto en el diario oficial.
  • Brecha digital: Quien no puede acceder o usar tecnología por ubicación, plata, edad, salud o discapacidad puede ir a oficinas que Hacienda designe para hacer los trámites de habilitación del buzón de forma presencial.
  • Las retenciones del 2%: Hacienda podrá aplicar de oficio a los pagos parciales el 2% retenido en ventas al Estado y otras retenciones que sean pago a cuenta; solo se deducen del impuesto si no se aplicaron ya en esos pagos.
  • Los pagos parciales: A quien inicia actividades le calculan las cuotas para el periodo fiscal siguiente. El 75% del monto a cuenta se paga en tres cuotas iguales, a más tardar el último día hábil de junio, setiembre y diciembre.
  • El ONT: Convierte el Órgano de Normalización Técnica, asesor obligado de las municipalidades para valorar inmuebles, en un departamento de Tributación, y habilita usar sus herramientas de valoración en otros impuestos.

El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 21 de julio de 2025. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.

El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.093).

Qué pasó la semana del 3 al 9 de agosto

El expediente volvió a quedar en pausa en la Comisión de Asuntos Hacendarios. En la primera sesión, el trámite de mociones por la vía del artículo 137 se interrumpió con varios recesos pedidos por Pueblo Soberano y Liberación Nacional, y la comisión aprobó por unanimidad, con 11 votos, posponer el conocimiento de esas mociones. Al día siguiente se repitió la decisión: por unanimidad, con diez votos a favor y cero en contra, se pospuso por esa sesión el conocimiento de las mociones de fondo.

Fuente: las actas de la sesión 29 de la Comisión de Asuntos Hacendarios (mar, 4 ago) y la sesión 30 de la Comisión de Asuntos Hacendarios (mié, 5 ago). La Asamblea no permite enlazarlas directo: se buscan por fecha en su consulta de actas de comisiones.

Quién lo apoya y quién lo objeta

Las 5 voces cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de las 5 sesiones que hemos leído — no es el marcador de una votación, e incluye voces que no votan, como ministerios e instituciones invitadas. Cada quien queda del lado que sostuvo más veces.

1Lo apoyan
Nogui Acosta Jaén · Pueblo Soberano

Defiende el texto: alega que la retención del 2% se hace sobre la venta y no sobre la renta del contribuyente, y que fijar plazos de diez días hábiles contradiría…

Defiende el texto: alega que la retención del 2% se hace sobre la venta y no sobre la renta del contribuyente, y que fijar plazos de diez días hábiles contradiría los plazos que ya tiene el Código de Normas y Procedimientos Tributarios

11 ago · y 1 sesión más

4Lo apoyan con reparos
Salvador Padilla Villanueva · Liberación Nacional

Considera el proyecto muy importante, pero pide precisar términos para evitar la elusión, que el buzón hacendario sea el medio principal y no el único de…

Considera el proyecto muy importante, pero pide precisar términos para evitar la elusión, que el buzón hacendario sea el medio principal y no el único de notificación, que la carga de notificar recaiga en la Administración y no en el contribuyente, y que se fijen plazos claros de respuesta al administrado

11 ago · y 2 sesiones más

Antonio Trejos Mazariegos · Frente Amplio

Sostiene que el buzón digital debe ser el medio preferente pero no el único, porque hay adultos mayores, mipymes y personas sin buena conectividad, y que hablar de…

Sostiene que el buzón digital debe ser el medio preferente pero no el único, porque hay adultos mayores, mipymes y personas sin buena conectividad, y que hablar de 'renta bruta' en vez de 'producto bruto' elimina incerteza jurídica; impulsa además el rige el 1° de enero para no viciar procesos en trámite

11 ago · y 1 sesión más

María Eugenia Román Mora · Frente Amplio

Advierte que exigir el buzón digital como único medio deja fuera a quienes están en la brecha digital y podría vulnerar el debido proceso y la igualdad, citando a…

Advierte que exigir el buzón digital como único medio deja fuera a quienes están en la brecha digital y podría vulnerar el debido proceso y la igualdad, citando a la Procuraduría y a la Sala Constitucional; además defiende que el rige sea una fecha cierta, el 1° de enero, y no el cierre fiscal

11 ago

Gerardo Bogantes Rivera · Pueblo Soberano

Apoya que el rige se ligue al cierre fiscal posterior a la publicación por dar seguridad jurídica

11 ago

Otras 5 voces solo aparecen votando mociones de trámite, sin que el acta diga por qué: 3 de Pueblo Soberano y 2 sin fracción. De otras 3 voces el acta no deja claro qué sostienen sobre el proyecto: 1 de Frente Amplio, 1 de Liberación Nacional y 1 sin fracción.