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Economía y trabajo · 25.736

Ley General de Aduanas

Nombre oficial: Reforma Parcial a la Ley General de Aduanas, Ley N °. 7557, del 01 de Julio de 1996 y sus Reformas

Dónde va

1
Apenas nace
14 días
Presentado · 24 ago 2026 – 7 sept 2026
Ver quién lo presentó

Poder Ejecutivo

2
En estudio
6 días y contando
En comisión · 7 sept 2026 – 13 sept 2026

La vota la comisión que la estudia

Ver en qué comisión se vio
  • Comisión de Gobierno y Administracióndesde el 11 sept 2026

Según la tramitación oficial de la Asamblea.

3
En debate
Plenario
4
Voto final
2.º debate
5
¡Ya es ley!
Publicada
Hay pasos que este proyecto ya dejó atrás y que no presenciamos: seguimos las sesiones desde mayo de 2026.

La estudia la Comisión de Gobierno y Administración · 9 diputaciones

Juan Quesada
presidencia
Pueblo Soberano
Kattia Mora
secretaría
Pueblo Soberano
Gonzalo Ramírez
Pueblo Soberano
Jesús Calderón
Liberación Nacional
Mayuli Ortega
Pueblo Soberano
Rafael Vargas
Liberación Nacional
Ronald Campos
Liberación Nacional
Vianey Mora
Frente Amplio
Zaira Murillo
Pueblo Soberano

Qué sigue

Para avanzar necesita el dictamen de la comisión que lo estudia.

De qué trata

Sube de 5.000 a 20.000 dólares el monto desde el cual el contrabando y la defraudación aduanera son delito, pasa las multas aduaneras a salarios base y permite decomisar mercadería y cerrar locales que venden productos sin documentos de aduana.

Según el texto presentado el 24 de agosto de 2026. El proyecto puede cambiar durante el trámite.

Para conversar

El problema que dice venir a resolver

Quienes lo firman sostienen que el crecimiento del comercio exterior vino acompañado de más contrabando y defraudación aduanera, y que la Ley General de Aduanas arrastra procedimientos lentos, obligaciones cuyo incumplimiento no tiene ninguna sanción y castigos que no distinguen la gravedad de la conducta. Citan datos del Ministerio de Comercio Exterior (COMEX) sobre el aumento sostenido del flujo comercial desde 2007.

Afirman que el umbral penal de 5.000 dólares —el monto desde el cual un fraude aduanero deja de ser falta administrativa y pasa a ser delito— quedó desactualizado, y que por eso casos de poca cuantía terminan en procesos judiciales largos, con menos posibilidad de que el Estado recupere lo defraudado.

Advierten que, si no se cambia, seguirá el contrabando fraccionado u hormiga, es decir el que entra en pequeñas cantidades, junto con la pérdida de recaudación y de empleos formales y el ingreso de mercancías sin control sanitario ni técnico, con riesgo para la salud, el ambiente y la seguridad.

Qué dice el texto

  • Cuándo es delito: El monto desde el cual el fraude aduanero se persigue como delito y no como falta administrativa pasa de 5.000 a 20.000 dólares; debajo de esa suma el caso se resuelve en la vía administrativa.
  • Cómo se calculan las multas: Las multas dejan de fijarse en pesos centroamericanos, equivalentes a dólares, y pasan a salarios base: el monto en colones que fija la Corte Suprema de Justicia y rige igual todo el año, para evitar errores de tipo de cambio.
  • Venta sin papeles de aduana: A quien almacene, venda o distribuya mercancía sin los documentos aduaneros, sin llegar a ser contrabando, le decomisan la mercadería, le cobran dos veces el valor de mercado más alto y le cierran el local diez días naturales.
  • El cierre preventivo: La autoridad puede cerrar el inmueble de inmediato mientras el responsable demuestra que la mercancía tiene respaldo, y debe iniciar el procedimiento sancionatorio en tres días hábiles; durante el cierre el patrono sigue pagando a sus empleados.
  • Mercancía decomisada: Si pasan 45 días naturales del decomiso o retención sin que el dueño pague los tributos y multas ni gestione el destino de la mercancía, esta se considera legalmente en abandono, salvo que haya un proceso judicial pendiente.
  • Rebajas por corregir: Se exonera de la multa a quien corrige el incumplimiento antes de cualquier actuación de la aduana, y se rebaja hasta un cincuenta por ciento si acepta el ajuste y paga; la multa por ingreso ilegal de mercancías no admite estas rebajas.
  • Escáneres y sistemas: Crea el delito de dañar los medios de revisión no intrusiva, los escáneres de carga, con pena de tres a cinco años y obligación de pagar el daño en tres días, y castiga el acceso no autorizado a sistemas usados para el control aduanero.

El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 24 de agosto de 2026. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.

El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.736).

Lo último en el registro del expediente

Se le asignó la comisión que lo va a estudiar, según la tramitación oficial del expediente.

lun, 7 sept · Trámite oficial