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Seguridad · 25.889

Armas y explosivos

Nombre oficial: Reforma Parcial a la Ley de Armas y Explosivos Ley N.º 7530 de 10 de Julio de 1995, y sus Reformas

Dónde va

1
Apenas nace
5 días y contando
Presentado · 3 nov 2026 – hoy
Ver quién lo presentó
  • Gonzalo Alberto Ramírez Zamora, Daniel Asdrúbal Siezar Cárdenas, Nogui Acosta Jaén, Kattia Calvo Cruz, Royner Mora Ruiz, Osvaldo Artavia Carballo, Fernando Obaldía Álvarez, Cindy María Blanco González, Kattia Alejandra Mora Montoya · Pueblo Soberano
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En estudio
En comisión
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En debate
Plenario
4
Voto final
2.º debate
5
¡Ya es ley!
Publicada

De qué trata

Eleva la edad mínima para tener y portar armas de uso personal, obliga a demostrar el origen del dinero para comprarlas y castiga con cárcel a quien tenga armas sacadas ilícitamente de instituciones públicas.

Según el texto presentado el 3 de noviembre de 2026. El proyecto puede cambiar durante el trámite.

Para conversar

El problema que dice venir a resolver

Quienes lo firman sostienen que las armas de fuego son el principal medio para cometer homicidios en el país y que los adultos jóvenes son el grupo más afectado por esa violencia. Parten de que la adultez temprana es una etapa de mayor impulsividad y piden un requisito adicional de madurez para portar armas. Aclaran que no buscan atribuirle culpa colectiva a un grupo de edad.

Afirman que el crimen organizado y el narcotráfico consiguen armas en mercados legales o con mecanismos que aparentan legalidad. Por eso proponen exigir prueba del origen del dinero, en línea con los estándares del GAFI, un organismo internacional contra el lavado de dinero. También dicen que los grupos criminales atacan a la policía con armas automáticas de alto calibre que los cuerpos policiales no pueden igualar.

Señalan que la ley vigente castiga al funcionario que entrega armas bajo su custodia, pero no a quien después las recibe, guarda o porta. Citan robos de armas en un plantel del MOPT y en la Academia Nacional de Policía, y advierten que el armamento estatal puede terminar alimentando mercados ilegales y estructuras criminales.

Qué dice el texto

  • La edad mínima: Sube la edad mínima para tener y portar armas de uso personal. Quien trabaje para el Estado, una municipalidad o una empresa de seguridad privada acreditada puede portar desde la mayoría de edad si su función lo exige.
  • El origen del dinero: Para inscribir un arma o pedir el permiso de portación, la persona debe demostrar de dónde salió el dinero para comprarla, con documentos como una constancia salarial, una declaración tributaria o una orden patronal.
  • Los exámenes: Para portar un arma, la persona debe aprobar un examen psicológico hecho por un psiquiatra o un psicólogo colegiado y un examen teórico-práctico evaluado por instructores de la Academia Nacional de Policía.
  • Cuántas y cuáles: Cada persona puede inscribir un número limitado de armas y de cargadores, y solo puede portar el calibre y el tipo de arma con que la evaluaron. Los cuerpos policiales y la seguridad privada en funciones quedan fuera del límite de cargadores.
  • Los instructores: Quien enseñe a usar armas por cuenta propia, sin trabajar en una escuela o una empresa de seguridad acreditada, debe estar inscrito y autorizado por la Academia Nacional de Policía.
  • Armas automáticas: Unidades especiales como Control de Drogas, Fronteras, Guardacostas y el SERT del OIJ pueden usar armas clasificadas como prohibidas, como las automáticas, en operativos de alto riesgo contra el narcotráfico y el crimen organizado.
  • Armas robadas al Estado: Castiga con cárcel a quien tenga, porte o reciba armas, cargadores o municiones sacados ilícitamente de instituciones públicas o de la seguridad privada, sabiendo su origen. La pena sube si quien lo hace es funcionario público.

El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 3 de noviembre de 2026. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.

El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.889).