Reforma artículo 36 constitucional
Nombre oficial: Reforma del artículo 36 de la Constitución Política para limitar el derecho de abstenerse a declarar en delitos que cometan familiares contra personas menores de edad, y otras víctimas de violencia intrafamiliar y de género
Dónde va
Ver quién lo presentó
Carolina Delgado Ramírez, Sonia Rojas Méndez, Jose Joaquín Hernández Rojas, Luz Mary Alpízar Loaiza, Danny Vargas Serrano, Monserrat Ruíz Guevara, Ada Gabriela Acuña Castro, Rosalía Brown Young, Rosaura Méndez Gamboa, María Marta Carballo Arce, María Daniela Rojas Salas, Geison Enrique Valverde Méndez, Pedro Rojas Guzmán, Johana Obando Bonilla
Ver quién votó
Necesita 38 de 57 votos
Por qué
Mayoría calificada — 38 de 57 (dos tercios)
Cambiar la Constitución exige siempre 38 votos, y el proyecto debe aprobarse en dos legislaturas consecutivas, con tres debates en cada una.
Qué sigue
Le falta la votación en segundo debate en el Plenario.
De qué trata
Obliga a familiares a declarar en abusos contra menores
Reforma constitucional que limita el derecho a negarse a declarar como testigo cuando el delito investigado fue cometido por un familiar contra personas menores de edad, víctimas de violencia intrafamiliar o de género, con el fin de reducir la impunidad en estos casos.
Para conversar
El problema que dice venir a resolver
Quienes lo firman parten de que el artículo 36 de la Constitución, sin cambios desde 1949, permite negarse a declarar contra el cónyuge y contra parientes hasta el tercer grado, y que esa protección termina jugando a favor de la persona imputada cuando el delito ocurre dentro de la propia familia. Sostienen que muchas víctimas menores de edad, algunas de menos de cinco años, son fácilmente manipulables y presionadas por el agresor o por sus parientes para no declarar.
Alegan que esa facultad de abstenerse es una de las causas de la impunidad en estos casos y que choca con convenios internacionales que el país ratificó, como la Convención de los Derechos del Niño y la convención para prevenir y sancionar la violencia contra la mujer. Advierten que, mientras la norma no se reforme, la situación seguirá repitiéndose en perjuicio de niñas, niños y adolescentes.
Citan estadísticas de más de doce mil delitos sexuales denunciados por año ante el Ministerio Público, con casi dos terceras partes cometidos contra personas menores de edad, y una baja de una cuarta parte en 2020 por las clases virtuales. Señalan que más del 64% de esas denuncias se cierran sin juicio y que, de las que llegan a tribunales, más del 40% termina en absolutoria o cierre del caso.
Qué dice el texto
El registro del expediente anota textos actualizados durante el trámite — el último, del 23 de junio de 2026. Estos puntos describen el texto tal como se presentó.
- Qué se mantiene: Sigue en firme que nadie está obligado a declarar contra sí mismo, ni contra su cónyuge, ascendientes, descendientes o parientes colaterales hasta el tercer grado por consanguinidad o afinidad: parentesco de sangre o por matrimonio.
- Quién pierde el derecho a callar: Crea una excepción: el familiar de una persona menor de edad que sea víctima de delitos sexuales o de violencia intrafamiliar ya no puede negarse a declarar en el proceso penal.
- En qué casos aplica: La excepción se limita a delitos sexuales y a violencia intrafamiliar con víctima menor de edad. En cualquier otro delito el pariente conserva la facultad de abstenerse de declarar.
- Qué norma se cambia: Es una reforma al artículo 36 de la Constitución Política, la norma de mayor rango del país, y no a una ley común.
- Lo que el articulado no dice: Aunque el nombre del proyecto menciona a otras víctimas de violencia intrafamiliar y de género, el texto que se decreta solo exceptúa los casos con víctima menor de edad.
El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 27 de abril de 2023. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.
El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 23.729).
Qué pasó la semana del 27 de julio al 2 de agosto
El lunes 27 el Plenario aprobó el proyecto en primer debate de la primera legislatura por unanimidad (primer debate — aprobado, 55 a favor y 0 en contra) y, conforme a la Ley de la Jurisdicción Constitucional, lo envió en consulta preceptiva a la Sala Constitucional y luego a la Comisión de Redacción. El jueves 30 no se conoció en segundo debate porque sigue en esa consulta.
Fuente: las actas de la sesión ordinaria 39 del Plenario (lun, 27 jul) y la sesión ordinaria 42 del Plenario (jue, 30 jul). La Asamblea no permite enlazarlas directo: se buscan por fecha en su consulta de actas del Plenario.
Quién lo apoya y quién lo objeta
Las 10 voces cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de las 7 sesiones que hemos leído — no es el marcador de una votación, e incluye voces que no votan, como ministerios e instituciones invitadas. Cada quien queda del lado que sostuvo más veces.
A favor; destaca el carácter reforzado del procedimiento constitucional y la importancia de la participación ciudadana;
A favor; destaca el carácter reforzado del procedimiento constitucional y la importancia de la participación ciudadana; sugiere que la iniciativa se identifique como reforma para reforzar la protección de la persona menor de edad.
A favor; aportó el párrafo que eleva a rango constitucional la garantía de acompañamiento institucional integral a menores víctimas;
A favor; aportó el párrafo que eleva a rango constitucional la garantía de acompañamiento institucional integral a menores víctimas; retiró moción de fondo 3 para dar paso al texto de consenso.
A favor; valora el avance histórico para proteger a menores víctimas de violencia intrafamiliar y destaca que no obliga a declarar ni elimina la presunción de…
A favor; valora el avance histórico para proteger a menores víctimas de violencia intrafamiliar y destaca que no obliga a declarar ni elimina la presunción de inocencia.
A favor; considera vergonzoso que el artículo 36 haya permitido la impunidad de adultos agresores durante más de 70 años;
A favor; considera vergonzoso que el artículo 36 haya permitido la impunidad de adultos agresores durante más de 70 años; llama a votar en favor de las víctimas menores.
La presenta como el ejemplo de una reforma delicada pero justificada en hechos técnicos sobre la impunidad de los delitos sexuales en el seno de la familia
La cita como una mejora real a la Constitución lograda por consenso, a diferencia de la reforma que hoy se discute
a favor (propone mejorar la redacción de la palabra 'cometidos')
A favor; considera la reforma un paso necesario pero insuficiente; exige que vaya acompañada de recursos para el PANI, programas sociales y atención a la niñez.
votará a favor, pero sostiene que sí se disminuye una garantía procesal del familiar y que el menor también debe declarar
apoya la reforma; la considera un paso importante pero indica que requiere regulación legal adicional
Otras 4 voces solo aparecen votando mociones de trámite, sin que el acta diga por qué: 1 de Liberación Nacional, 1 de Pueblo Soberano y 2 sin fracción.