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Infraestructura y transporte · 24.911

Concesiones de buses

Nombre oficial: Reforma del artículo 21 de la Ley Reguladora del Transporte Remunerado de Personas en Vehículos Automotores para la modernización del servicio de buses

Dónde va

1
Apenas nace
5 días
Presentado · 26 mar 2025 – 31 mar 2025
Ver quién lo presentó

Daniel Gerardo Vargas Quirós, Pilar Cisneros Gallo, Luis Diego Vargas Rodríguez, Manuel Esteban Morales Díaz, María Daniela Rojas Salas

2
En estudio
8 meses
En comisión · 31 mar 2025 – 2 dic 2025
Ver en qué comisión se vio
  • Comisión de Asuntos Jurídicos21 abr 2025 – 18 dic 2025 · desde el 3 jun 2026

Según la tramitación oficial de la Asamblea.

3
En debate
9 meses y contando
Plenario · 2 dic 2025 – 23 ago 2026

Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite

Por qué

Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos

La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.

Constitución, art. 119
4
Voto final
2.º debate
5
¡Ya es ley!
Publicada
Hay pasos que este proyecto ya dejó atrás y que no presenciamos: seguimos las sesiones desde mayo de 2026.

Qué sigue

El expediente queda pospuesto; no se indica fecha de retorno.

De qué trata

Alarga de 7 a 15 años las concesiones de buses

Reforma la Ley Reguladora del Transporte Remunerado de Personas en Vehículos Automotores (Ley 3503, de 1965) para ampliar el plazo de la concesión de las rutas de autobús a unos quince años, de modo que ese plazo coincida con el del financiamiento con que los operadores compran las unidades y no queden sin fuente de pago; mantiene la obligación de cumplir la Ley 7600 de accesibilidad para personas con discapacidad.

Para conversar

El problema que dice venir a resolver

Quienes lo firman sostienen que el tope de años que la ley pone al plazo de las concesiones de buses no calza con la vida útil que la propia normativa reconoce a los autobuses, y que esa desalineación obliga a los operadores a pagar el crédito de los buses en menos tiempo del que los buses sirven. Según explican, la metodología con que se calculan las tarifas termina cargando esa depreciación acelerada al pasaje, y el efecto se agrava con los buses eléctricos, que cuestan más que los diésel.

Agregan que la ley permite no renovar la concesión aunque el concesionario haya cumplido con todo, lo que —dicen— genera incertidumbre para los operadores y para los bancos que los financian, ya que el plazo que queda del contrato se acorta cada año y con él el plazo del crédito. Afirman que, en la práctica, las concesiones de ruta ordinaria se han venido renovando cuando el concesionario cumple, y que cambiar de concesionario no le trae beneficio al usuario porque el nuevo asume costos hundidos, gastos ya hechos que no se recuperan, como cargadores, tanques de diésel o capacitación.

También plantean un problema de redacción: la ley habla del "término" de la concesión, palabra que en derecho apunta al punto final y no al período de vigencia, lo que a su juicio se presta a interpretaciones erróneas sobre cuánto dura y cómo se renueva.

Qué dice el texto

El registro del expediente anota textos actualizados durante el trámite — el último, del 25 de agosto de 2026. Estos puntos describen el texto tal como se presentó.

  • El plazo de la concesión: El plazo lo fija el contrato de concesión, tomando en cuenta el monto de la inversión y el tiempo para amortizarla y obtener una ganancia justa; desaparece el tope de años que fija la ley vigente.
  • La renovación: La ley vigente dice que la concesión podrá ser renovada; el proyecto dice que será renovada si el concesionario cumplió a cabalidad con todas sus obligaciones y se compromete formalmente a cumplir las disposiciones de esa ley.
  • A quién le toca: Alcanza a las empresas que operan rutas de autobús con concesión del Estado y a la administración que redacta esos contratos: la duración deja de ser un plazo único de ley y se define en cada contrato.
  • Plazo, no término: Sustituye la palabra término por plazo en el artículo reformado: plazo es el tiempo durante el cual rige la concesión y término es su punto final. El cambio busca evitar dudas sobre cuánto dura y si se renueva.
  • La cancelación: No toca la facultad del Estado de cancelar administrativamente la concesión en cualquier momento por incumplimientos, según las causales que el contrato debe incluir.
  • El argumento de fondo: Según los proponentes, el plazo corto obliga a amortizar el crédito de los buses en menos años que su vida útil legal y eso encarece la tarifa, sobre todo al pasar a buses eléctricos, más caros que los diésel.

El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 26 de marzo de 2025. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.

El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 24.911).

Qué pasó la semana del 17 al 23 de agosto

La comisión dispensó de lectura las mociones vía artículo 137 y las tramitó una por una. Se rechazaron las mociones 1 a 10 (del PLN y de la diputada Claudia Dobles) y las mociones 12, 13, 14, 19, 21, 22, 23, 24, 25 y 26; el Frente Amplio retiró las mociones 15, 16, 17, 18, 20 y 27, y en varios casos su propia diputada pidió votar en contra porque las mociones eliminaban por error la referencia a la Ley 7600. La única moción aprobada, por 8 votos, fue la del diputado Stephan Brunner, que mantiene el plazo de concesión en quince años y obliga a que el modelo tarifario reconozca costos e inversiones ligados a calidad, comodidad y servicio. La diputada Gordienko advirtió que la redacción de ese artículo es ambigua y debe corregirse en la Comisión de Redacción.

mar, 18 ago · Comisión

Fuente: el acta de la sesión 22 de la Comisión de Asuntos Jurídicos (mar, 18 ago). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas de comisiones.

Quién lo apoya y quién lo objeta

Las 5 voces cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de las 5 sesiones que hemos leído — no es el marcador de una votación, e incluye voces que no votan, como ministerios e instituciones invitadas. Cada quien queda del lado que sostuvo más veces.

3Lo apoyan
Eder Francisco Hernández Ulloa · Liberación Nacional

Defiende que el plazo de la concesión se empareje con el del financiamiento, unos quince años, porque hoy se otorgan concesiones más cortas que el crédito y los…

Defiende que el plazo de la concesión se empareje con el del financiamiento, unos quince años, porque hoy se otorgan concesiones más cortas que el crédito y los operadores se quedan sin fuente de pago

18 ago

Marta Eugenia Esquivel Rodríguez · Pueblo Soberano

Apoya reconocer costos e inversiones de los transportistas buscando equilibrio con la calidad del servicio y sin encarecer la tarifa;

Apoya reconocer costos e inversiones de los transportistas buscando equilibrio con la calidad del servicio y sin encarecer la tarifa; considera clave la revisión técnica vehicular

18 ago · y 1 sesión más

José Miguel Villalobos Umaña · Pueblo Soberano

Vota a favor de la moción que conserva los quince años porque considera que ese es el plazo correcto y porque el texto garantiza el cumplimiento pleno de la Ley 7600

18 ago

2Lo apoyan con reparos
Joselyn Fabiola Sáenz Núñez · Frente Amplio

Acepta la necesidad de equiparar el plazo con la vida útil, pero condiciona su apoyo a que se agreguen requisitos de accesibilidad, puntualidad, modernización,…

Acepta la necesidad de equiparar el plazo con la vida útil, pero condiciona su apoyo a que se agreguen requisitos de accesibilidad, puntualidad, modernización, seguridad vial y atención de denuncias, y advierte que tal como está el texto la tarifa alta se cobraría quince años y el costo recaería sobre las personas usuarias

18 ago

Abril Gordienko López · Unidad Social Cristiana

Vota a favor pero advierte que la redacción del artículo es gramaticalmente ambigua y no aclara qué determinará la Aresep, por lo que debe corregirse en la Comisión…

Vota a favor pero advierte que la redacción del artículo es gramaticalmente ambigua y no aclara qué determinará la Aresep, por lo que debe corregirse en la Comisión de Redacción

18 ago

Otra voz sin fracción solo aparece votando mociones de trámite, sin que el acta diga por qué.