Vida desde la concepción
Nombre oficial: Reforma del Artículo 21 de la Constitución Política de la República de Costa Rica para Proteger la Vida Desde la Concepción hasta la Muerte Natural
Dónde va
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- Kattia Alejandra Mora Montoya, Nogui Acosta Jaén, Royner Mora Ruiz, Juan Manuel Quesada Espinoza, Gerardo Bogantes Rivera, Yara Vanessa Jiménez Fallas, Cindy María Blanco González, Robert Johsan Barrantes Camacho, Marta Eugenia Esquivel Rodríguez, Nayuribe Guadamuz Rosales, Daniel Asdrúbal Siezar Cárdenas, Cindy Dayana Murillo Artavia, María Isabel Camareno Camareno, Ariel Alfonso Mora Fallas, Ana Ruth Esquivel Medrano, Osvaldo Artavia Carballo, Kristel Lizeth Ward Hudson, Kattia Calvo Cruz, Kattia María Ulate Alvarado, Grethel María Ávila Vargas, Mayuli del Carmen Ortega Guzmán, Sadie Esmeralda Britton González, Zaira Murillo Marín · Pueblo Soberano
De qué trata
Amplía el artículo de la Constitución que declara inviolable la vida humana para que diga que lo es, en general, desde la concepción hasta la muerte natural.
Según el texto presentado el 8 de octubre de 2026. El proyecto puede cambiar durante el trámite.
Para conversar
El problema que dice venir a resolver
Quienes lo firman parten de que el derecho a la vida es la base de todos los demás derechos. Sostienen que el país ya protege la vida antes de nacer. Citan el Código Civil, que tiene al concebido por nacido en todo lo que le favorezca, y el Código de la Niñez y la Adolescencia, que reconoce el derecho a la vida desde la concepción.
Citan también fallos de la Sala Constitucional y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el tratado interamericano de derechos humanos, que protege la vida en general desde la concepción. Dicen que la reforma busca una redacción expresa que elimine cualquier duda interpretativa, sin apartarse de ese sistema interamericano.
Sobre el final de la vida, afirman que los avances médicos abren debates sobre la eutanasia, provocar la muerte de un enfermo, y el suicidio asistido. Sostienen que agregar «hasta la muerte natural» reafirma que la dignidad no se pierde con la enfermedad, la discapacidad o la dependencia.
Qué dice el texto
- El inicio de la vida: El texto propuesto declara inviolable la vida humana desde la concepción. La redacción vigente de la Constitución solo dice que la vida humana es inviolable, sin fijar un momento de inicio.
- El final de la vida: La protección se extiende hasta la muerte natural. Según quienes lo firman, la frase responde a los debates sobre eutanasia y suicidio asistido, aunque la reforma no menciona ninguno de los dos.
- El matiz «en general»: La frase lleva la salvedad en general, la misma fórmula del tratado interamericano de derechos humanos que cita la exposición. El texto no dice qué casos quedarían fuera de esa salvedad.
- Lo que no trae: La reforma es una sola frase en la Constitución. No crea delitos, sanciones ni instituciones, ni impone obligaciones concretas a personas o centros de salud.
El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 8 de octubre de 2026. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.
El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.830).