Reelección de magistrados del TSE
Nombre oficial: Reforma del artículo 101 de la Constitución Política y disposición transitoria para regular la reelección y el plazo de nombramiento de los magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones
Dónde va
Ver quién lo presentó
Gilberth Jiménez Siles, Gilberto Arnoldo Campos Cruz, Ada Gabriela Acuña Castro, Alexander Barrantes Chacón, Paola Nájera Abarca, Manuel Esteban Morales Díaz, Daniel Gerardo Vargas Quirós, Waldo Agüero Sanabria, Jorge Antonio Rojas López, Pilar Cisneros Gallo, Carolina Delgado Ramírez
Necesita 38 de 57 votos
Por qué
Mayoría calificada — 38 de 57 (dos tercios)
Cambiar la Constitución exige siempre 38 votos, y el proyecto debe aprobarse en dos legislaturas consecutivas, con tres debates en cada una.
De qué trata
Limita a dos períodos la permanencia de magistrados del TSE
Reforma la Constitución para limitar a los magistrados del TSE a una sola reelección de seis años, con tope de doce años en el cargo, y condicionarla a rendir cuentas ante la Corte Suprema. Quienes ya lleven dos períodos seguidos no podrán repetir.
Según el texto presentado el 3 de febrero de 2026. El proyecto puede cambiar durante el trámite.
Para conversar
El problema que dice venir a resolver
Quienes lo firman sostienen que la posibilidad de reelegir indefinidamente a las magistraturas del Tribunal Supremo de Elecciones ha permitido permanencias muy prolongadas en el cargo, con riesgo de acumulación de poder y falta de renovación. Afirman que esos casos han alimentado desconfianza y la percepción de que el Tribunal podría operar en función de intereses personales o de grupos de poder.
Agregan que la reelección sin límite expone a los magistrados a presiones políticas o corporativas para asegurar su continuidad, y que poner un tope y exigirles rendir cuentas de su gestión permite evaluar su desempeño y reforzar su independencia. También plantean que el modelo de designación, que la Constitución pone en manos de la Corte Suprema de Justicia, debería actualizarse hacia una legitimidad democrática más directa.
Citan como referencia otras democracias: mencionan Alemania con jueces nombrados por doce años sin reelección, Francia con períodos de nueve años sin reelección, México con mandato improrrogable, Panamá con designación escalonada por diez años repartida entre poderes y Ecuador con plazos de seis años y renovación parcial.
Qué dice el texto
- El plazo: Los magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones siguen durando seis años en el cargo, y cada dos años deben renovarse un propietario y dos suplentes.
- La reelección: Solo se puede reelegir a una persona una vez, por un período adicional de seis años. Se acaba la posibilidad de repetir sin límite.
- El tope de años: En ningún caso el tiempo total en el cargo puede pasar de doce años.
- Requisito para repetir: Antes de ser reelecto, el magistrado debe rendir cuentas ante la Corte Suprema de Justicia: presentarle un informe de su gestión para que sea evaluada.
- Los que ya están: Quien al entrar a regir la reforma acumule al menos dos períodos seguidos, sea propietario o suplente, termina el período para el que fue nombrado y después no puede ser reelecto ni designado para otro período consecutivo.
- Las protecciones del cargo: Se mantiene que estos magistrados gozan de las inmunidades y prerrogativas de los miembros de los Supremos Poderes: los mismos privilegios y protecciones legales que la Constitución da a esas autoridades.
El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 3 de febrero de 2026. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.
El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.387).
Qué pasó la semana del 15 al 21 de junio
Se realizó la tercera lectura de la reforma constitucional en el Plenario (procedimiento especial de segunda legislatura).
mié, 17 jun · Plenario
Fuente: el acta de la sesión ordinaria 27 del Plenario (mié, 17 jun). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas del Plenario.
Quién lo apoya y quién lo objeta
Las 8 voces cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de las 4 sesiones que hemos leído — no es el marcador de una votación, e incluye voces que no votan, como ministerios e instituciones invitadas. Cada quien queda del lado que sostuvo más veces.
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Pide admitir la reforma a discusión: sostiene que solo limita la reelección indefinida, que la Corte seguirá nombrando a los magistrados por dos tercios y que el transitorio no busca sacar a los magistrados actuales
Acepta poner límites a las reelecciones, pero rechaza el transitorio que sacaría a los magistrados actuales, al que llama caballo de Troya
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La fracción no apoyará la admisibilidad tal como está planteada porque el transitorio cambiaría toda la integración del Tribunal y puede ser revancha política o cooptación, aunque comparte que no haya puestos vitalicios
Exige al proponente evidencia de que el modelo actual falle y afirma que el TSE está entre los órganos electorales mejor evaluados del mundo, por lo que la reforma…
Exige al proponente evidencia de que el modelo actual falle y afirma que el TSE está entre los órganos electorales mejor evaluados del mundo, por lo que la reforma crea un problema en vez de resolverlo
Advierte que la limitación a la reelección sería razonable en otro contexto, pero el transitorio busca cambiar la conformación del Tribunal y tocar una institución…
Advierte que la limitación a la reelección sería razonable en otro contexto, pero el transitorio busca cambiar la conformación del Tribunal y tocar una institución decisiva para la democracia
La considera un retroceso: dice que el mecanismo de reelección automática es una garantía de independencia y que la reforma allanaría un recambio de magistraturas…
La considera un retroceso: dice que el mecanismo de reelección automática es una garantía de independencia y que la reforma allanaría un recambio de magistraturas que incomodan al oficialismo
Anuncia voto negativo: sostiene que la reforma no puede separarse del contexto de ataques al Tribunal Supremo de Elecciones y que busca control sobre la autoridad…
Anuncia voto negativo: sostiene que la reforma no puede separarse del contexto de ataques al Tribunal Supremo de Elecciones y que busca control sobre la autoridad electoral
Anuncia voto negativo porque la reforma debilita la estabilidad e independencia de las magistraturas electorales y desecha la experiencia acumulada
Otra voz de Pueblo Soberano solo aparece votando mociones de trámite, sin que el acta diga por qué. De otra voz de Liberación Nacional el acta no deja claro qué sostiene sobre el proyecto.