Ley de Radio
Nombre oficial: Reforma a la Ley de Radio de 1954 y actualización del canon de radio y televisión
Dónde va
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Poder Ejecutivo
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- Comisión de Gobierno y Administración6 sept 2024 – 29 abr 2025 · 3 feb 2026 – 21 abr 2026 · 2 jun 2026 – 15 jun 2026
Según la tramitación oficial de la Asamblea.
Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite
Por qué
Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos
La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.
Qué sigue
Con la redacción definitiva en firme, el texto vuelve al Plenario para la votación final.
De qué trata
Cambia las reglas y las faltas de las radios concesionarias
Reforma la Ley de Radio de 1954 y le agrega un artículo nuevo. Entre lo que establece, sanciona causar interferencias perjudiciales u obstaculizar por cualquier medio las transmisiones de otros concesionarios, e incluye dos transitorios.
Para conversar
El problema que dice venir a resolver
Quienes lo firman —el Poder Ejecutivo, por medio del MICITT— sostienen que el impuesto anual de radiodifusión que pagan las radios y televisoras de acceso libre y gratuito quedó congelado en los montos fijos que la Ley de Radio les puso en 1954, y que la ley nunca definió cómo calcularlo para la radio en FM ni para la televisión: para esos casos, dicen, se les ha venido aplicando por analogía una regla pensada para estaciones de fonía comerciales, un servicio técnicamente distinto.
Afirman que ese desfase afecta la recaudación y las finanzas públicas, al punto de que el costo de cobrar el tributo podría superar lo que produce, y que el MICITT no cuenta con recursos suficientes para planificar y administrar el espectro radioeléctrico —el conjunto de frecuencias por las que viajan las señales— ni para manejar las concesiones de radio y televisión.
Citan un informe de la Contraloría General de la República de 2022 según el cual el marco normativo desactualizado no responde a los principios de generalidad, neutralidad, proporcionalidad y eficacia tributaria, y comparan el Índice de Precios al Consumidor de diciembre de 1976 (0,48) con el de febrero de 2024 (109,41), un crecimiento del 22 512,5%, para ilustrar la distancia entre los montos de 1954 y los precios de la economía actual.
Qué dice el texto
El registro del expediente anota textos actualizados durante el trámite — el último, del 11 de agosto de 2026. Estos puntos describen el texto tal como se presentó.
- Qué se cobra: Sustituye el impuesto anual de radiodifusión por un canon anual: un pago por el derecho a usar el espectro radioeléctrico, a cargo de los concesionarios de radio y televisión de acceso libre y gratuito.
- Cuánto pagan: La tarifa es de 7,73% de los ingresos brutos para la televisión y 3,13% para la radio, en ambos casos sobre los ingresos que provienen del aprovechamiento de las frecuencias concesionadas.
- A quién aplica: Alcanza a todo concesionario con frecuencias asignadas para radiodifusión abierta, aunque no las esté usando: el pago se debe igual si la frecuencia está ociosa.
- Quién no paga: Quedan exoneradas las estaciones culturales que el Ministerio de Cultura y Juventud califique como tales, siempre que no generen ingresos brutos anuales por actividad comercial derivada de las frecuencias.
- Cómo se declara: El propio concesionario calcula el monto en una declaración jurada de ingresos del año calendario, que presenta ante la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda a más tardar el 15 de marzo del año siguiente.
- Cuándo se paga: El canon se cancela en cuatro tractos iguales, el día quince de marzo, junio, setiembre y diciembre del año posterior al período declarado; si ese día no es hábil, corre al siguiente día hábil.
- Si no se paga: Se cobran los intereses del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y lo adeudado, certificado por Tributación, se vuelve título ejecutivo: en el juicio solo se puede alegar que ya se pagó o que la deuda prescribió.
- Perder la concesión: Pagar tarde, no presentar la declaración jurada o declarar con datos falsos, incompletos o inexactos que reduzcan lo que se debe pasa a ser causal para resolver y extinguir el contrato de concesión, o sea quitarle la frecuencia al medio.
El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 29 de julio de 2024. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.
El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 24.461).
Qué pasó la semana del 22 al 28 de junio
El expediente se encuentra suspendido por estar en trámite de consulta y publicación; no se avanzó en su discusión durante esta sesión.
lun, 22 jun · Plenario
Fuente: el acta de la sesión ordinaria 28 del Plenario (lun, 22 jun). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas del Plenario.
Quién lo apoya y quién lo objeta
Las 15 voces cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de las 12 sesiones que hemos leído — no es el marcador de una votación, e incluye voces que no votan, como ministerios e instituciones invitadas. Cada quien queda del lado que sostuvo más veces.
Señala que de las tres mociones sobre el artículo 18 presentadas por la diputada Dobles, la moción 137-47 le parece mejor redactada y con más alcance, por lo que…
Señala que de las tres mociones sobre el artículo 18 presentadas por la diputada Dobles, la moción 137-47 le parece mejor redactada y con más alcance, por lo que anuncia que apoyará esa específicamente.
Votan a favor del proyecto, señalando que representa un avance para la radiodifusión y la libertad de expresión;
Votan a favor del proyecto, señalando que representa un avance para la radiodifusión y la libertad de expresión; anuncian presentar un proyecto complementario para corregir aspectos no incorporados.
Defiende actualizar reglas económicas de 1954 y aclara que el cobro es proporcional a los ingresos, con exoneraciones para emisoras pequeñas, y que no se cobra por…
Defiende actualizar reglas económicas de 1954 y aclara que el cobro es proporcional a los ingresos, con exoneraciones para emisoras pequeñas, y que no se cobra por informar ni por criticar
Defiende cobrar el canon sobre ingresos brutos porque el espectro es de la nación y sostiene que con la base exenta las emisoras pequeñas pagarían cero
Votan a favor, defendiendo la actualización del canon como un acto de justicia frente al uso de un bien público.
Votan a favor, defendiendo la actualización del canon como un acto de justicia frente al uso de un bien público.
Apoya el proyecto en general por considerar necesaria la actualización del canon, pero señala deficiencias de técnica legislativa: ausencia de definiciones de tipos…
Apoya el proyecto en general por considerar necesaria la actualización del canon, pero señala deficiencias de técnica legislativa: ausencia de definiciones de tipos de emisoras (comerciales, culturales, religiosas, comunitarias), falta de armonización entre artículos 18 y 20 respecto a exoneraciones de entidades religiosas, e inseguridad jurídica derivada de esas omisiones. Aprueba la moción 137-7 sobre entidades sin fines de lucro.
Apoya el proyecto por actualizar el canon y llevar fondos al Centro de Cine, pero denuncia que el Micitt no definió los modelos de negocio ni qué ingresos se pueden…
Apoya el proyecto por actualizar el canon y llevar fondos al Centro de Cine, pero denuncia que el Micitt no definió los modelos de negocio ni qué ingresos se pueden tasar y advierte que el Ejecutivo no debe cobrar más allá de la publicidad tradicional
Votan a favor con apoyo crítico, señalando vacíos en democratización del espectro, concentración de medios y redacción del artículo 23 bis inciso c);
Votan a favor con apoyo crítico, señalando vacíos en democratización del espectro, concentración de medios y redacción del artículo 23 bis inciso c); anuncian proyectos complementarios.
Votan a favor con apoyo crítico, señalando vacíos en democratización del espectro, concentración de medios y redacción del artículo 23 bis inciso c);
Votan a favor con apoyo crítico, señalando vacíos en democratización del espectro, concentración de medios y redacción del artículo 23 bis inciso c); anuncian proyectos complementarios.
Votan a favor reconociendo la actualización del canon como primer paso, pero señalan que la ley es insuficiente para garantizar pluralismo y democratización del…
Votan a favor reconociendo la actualización del canon como primer paso, pero señalan que la ley es insuficiente para garantizar pluralismo y democratización del espectro.
Votan a favor reconociendo la actualización del canon como primer paso, pero señalan que la ley es insuficiente para garantizar pluralismo y democratización del…
Votan a favor reconociendo la actualización del canon como primer paso, pero señalan que la ley es insuficiente para garantizar pluralismo y democratización del espectro.
Advierte que la redacción del inciso que sanciona obstaculizar por cualquier medio las transmisiones de otros concesionarios no es clara y pide que conste en actas
Vota en contra por considerar el canon confiscatorio y sin criterios técnicos: dice que en España, Colombia, Argentina, Canadá y Perú las tarifas sobre ingresos…
Vota en contra por considerar el canon confiscatorio y sin criterios técnicos: dice que en España, Colombia, Argentina, Canadá y Perú las tarifas sobre ingresos brutos van de 0,5% a excepcionalmente 5%, y advierte riesgo para la libertad de expresión y para la televisión abierta en zonas rurales
Vota en contra porque, aunque comparte actualizar el canon, considera que no se basa en estudios técnicos, se rechazaron sus mociones de transparencia y no se…
Vota en contra porque, aunque comparte actualizar el canon, considera que no se basa en estudios técnicos, se rechazaron sus mociones de transparencia y no se cierran los portillos para usar el ‘interés público’ como mecanismo de amedrentamiento
Otras 13 voces solo aparecen votando mociones de trámite, sin que el acta diga por qué: 4 de Liberación Nacional, 4 de Pueblo Soberano y 5 sin fracción. De otras 3 voces el acta no deja claro qué sostienen sobre el proyecto: 2 de Pueblo Soberano y 1 sin fracción.