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Educación · 24.422

Investigación y desarrollo (I+D)

Nombre oficial: Reforma de la Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico y Creación del MICYT para potenciar el uso de los recursos en investigación y desarrollo (I+D)

Dónde va

1
Apenas nace
2 meses
Presentado · 27 jun 2024 – 26 ago 2024
Ver quién lo presentó

Paulina María Ramírez Portuguez

2
En estudio
1 año y 1 mes
En comisión · 26 ago 2024 – 23 sept 2025
Ver en qué comisión se vio
  • Comisión de Ciencia, Tecnología y Educación29 ago 2024 – 7 oct 2025 · desde el 14 oct 2026

Según la tramitación oficial de la Asamblea.

3
En debate
1 año y 1 mes y contando
Plenario · 23 sept 2025 – hoy

Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite

Por qué

Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos

La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.

Constitución, art. 119
4
Voto final
2.º debate
5
¡Ya es ley!
Publicada
Hay pasos que este proyecto ya dejó atrás y que no presenciamos: seguimos las sesiones desde mayo de 2026.

Qué sigue

La comisión dictaminadora debe resolver las mociones de fondo y rendir su informe al Plenario.

De qué trata

Permite a las universidades públicas, al INA y a las instituciones parauniversitarias, de educación técnica superior, crear fundaciones y empresas con privados y manejar ahí lo que ganan vendiendo servicios de investigación.

Según el texto presentado el 27 de junio de 2024. El proyecto puede cambiar durante el trámite.

Para conversar

El problema que dice venir a resolver

Quienes lo firman sostienen que las universidades públicas usan fundaciones para vender servicios de investigación, pero que con los años surgieron interpretaciones distintas, entre quienes las operan y quienes las controlan, sobre cómo manejar esos recursos. Dicen que las universidades quedan en desventaja al no poder presupuestar y ejecutar a tiempo el dinero disponible.

Alegan que los proyectos científicos se ganan en concursos anuales o bianuales que no se pueden planificar, y que la Ley General de Contratación Pública vuelve lenta la compra de insumos. Lo contrastan con países de la OCDE, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, donde afirman que los investigadores reciben sus materiales poco después de pedirlos.

Citan que las universidades estatales hacen el 78% de la investigación del país. Según datos del Conare, invirtieron en I+D, investigación y desarrollo, más de ₡70.000 millones por año en promedio entre 2017 y 2021. También citan que Costa Rica bajó del puesto 55 al 68 en el Índice de Innovación Global de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.

Qué dice el texto

  • Quiénes entran: El INA, el Colegio Universitario de Cartago y las instituciones parauniversitarias pasan a formar parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, y se les aplica esta ley igual que a las universidades.
  • Las empresas: Las universidades públicas, el INA y las parauniversitarias pueden crear empresas académicas o tecnológicas, sociedades, alianzas con privados y fundaciones, además de incubadoras y parques tecnológicos.
  • Los socios: Instituciones públicas, empresas privadas y organismos internacionales pueden participar en esas empresas y fundaciones. La propiedad intelectual de las alianzas es conjunta o exclusiva de la institución pública.
  • El dinero: Lo que ganan vendiendo bienes y servicios ligados a investigación, consultorías, capacitación y cursos especiales se invierte y se ejecuta en esas fundaciones o empresas, según el criterio de las autoridades académicas.
  • En el presupuesto: La investigación se declara de interés público y se registra en las partidas de capital, o sea como inversión y no como gasto, dentro de presupuestos públicos plurianuales, es decir, de varios años.
  • El TEC: El Instituto Tecnológico de Costa Rica queda autorizado para crear y participar en fundaciones, empresas y sociedades de cualquier naturaleza, con un reglamento propio.
  • Las demás instituciones: Las instituciones públicas que investiguen pueden destinar un porcentaje de su presupuesto ordinario a proyectos de ciencia y deben informar al Ministerio de Ciencia y Tecnología qué presupuesto le dedican y para qué.

El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 27 de junio de 2024. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.

El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 24.422).

Qué pasó la semana del 12 al 18 de octubre

Inició su trámite en primer debate con un dictamen unánime afirmativo del 23 de setiembre de 2025, firmado por exdiputados. Como se presentaron mociones de fondo, volvió a la comisión dictaminadora.

lun, 12 oct · Plenario

Fuente: el acta de la sesión ordinaria 78 del Plenario (lun, 12 oct). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas del Plenario.