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Economía y trabajo · 25.558

JAPDEVA fuera de la regla fiscal

Nombre oficial: Exclusión de JAPDEVA de la aplicación de la regla fiscal

Dónde va

1
Apenas nace
3 meses
Presentado · 28 abr 2026 – 3 ago 2026
Ver quién lo presentó

Rocio Alfaro Molina, Andrés Ariel Robles Barrantes, Antonio José Ortega Gutiérrez, Johnatan Jesús Acuña Soto, Priscilla Vindas Salazar, Sofia Alejandra Guillén Pérez

2
En estudio
2 meses y contando
En comisión · 3 ago 2026 – hoy

La vota la comisión que la estudia

Ver en qué comisión se vio
  • Comisión de Asuntos Hacendariosdesde el 5 ago 2026

Según la tramitación oficial de la Asamblea.

3
En debate
Plenario

Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite

Por qué

Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos

La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.

Constitución, art. 119
4
Voto final
2.º debate
5
¡Ya es ley!
Publicada
Hay pasos que este proyecto ya dejó atrás y que no presenciamos: seguimos las sesiones desde mayo de 2026.

La estudia la Comisión de Asuntos Hacendarios · 11 diputaciones

Nogui Acosta
presidencia
Pueblo Soberano
Grethel Ávila
secretaría
Pueblo Soberano
Ángela Aguilar
Liberación Nacional
Antonio Trejos
Frente Amplio
Cindy Murillo
Pueblo Soberano
Daniel Siezar
Pueblo Soberano
Diana Murillo
Liberación Nacional
Gerardo Bogantes
Pueblo Soberano
Kattia Ulate
Pueblo Soberano
María Román
Frente Amplio
Salvador Padilla
Liberación Nacional

De qué trata

Saca a JAPDEVA del tope de gasto de la regla fiscal

Agrega un inciso al artículo 6 del Título IV de la Ley 9635, Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, para que la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA) quede fuera de la regla fiscal, o sea del límite que esa ley impone al crecimiento del gasto de las instituciones públicas.

Para conversar

El problema que dice venir a resolver

Quienes lo firman parten de que la regla fiscal fue diseñada para contener el gasto del Gobierno Central financiado con deuda, y que aplicarla por igual a todo el sector público distorsiona a instituciones que se sostienen con ingresos propios. Sostienen que JAPDEVA se financia mayoritariamente con lo que genera su actividad portuaria, comercial y de servicios, por lo que su gasto no depende del presupuesto nacional ni incide en el déficit ni en la deuda pública.

Alegan que el tope le impide ejecutar proyectos, modernizar infraestructura y mejorar servicios, con efectos sobre la eficiencia logística, los costos del comercio exterior y la competitividad del país, además de golpear a una provincia, Limón, que según el texto arrastra rezagos estructurales de desarrollo.

Agregan que la ley ya reconoció un trato distinto al dejar fuera de la regla fiscal los cánones de la concesión de la Terminal de Contenedores de Moín —los pagos que recibe por esa concesión—, pero que la solución quedó a medias y ha obligado a usar mecanismos administrativos caso por caso, lo que a su juicio genera incertidumbre jurídica y expone a la institución a cambios de criterio de la Administración.

Qué dice el texto

  • Qué queda fuera del tope: Excluye a JAPDEVA de la regla fiscal —el límite legal al crecimiento del gasto público— en los gastos que financia con ingresos propios de su actividad portuaria, logística, comercial y de prestación de servicios.
  • Qué no cubre la exclusión: La nueva exclusión no abarca los recursos ya contemplados en el inciso j) del artículo 6 de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, que mantienen su propio tratamiento.
  • La revisión de Hacienda: Obliga al Ministerio de Hacienda a hacer cada tres años una evaluación técnica de las condiciones financieras y operativas que sustentan la exclusión.
  • Qué pasa con esa revisión: La evaluación es solo informativa: no revierte por sí sola la exclusión. Quitarle el beneficio a JAPDEVA requeriría otra ley.
  • Sin trámites de por medio: JAPDEVA queda excluida de la regla fiscal sin necesidad de ningún acto administrativo adicional de la Administración.

El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 28 de abril de 2026. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.

El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.558).

Qué pasó la semana del 24 al 30 de agosto

La comisión aprobó por unanimidad, con once votos, consultar el texto al Ministerio de Hacienda, la Contraloría General de la República, JAPDEVA, SINTRAJAP, las municipalidades de la provincia de Limón, la Cámara Empresarial de Mujeres del Caribe, las universidades públicas y la Procuraduría General de la República.

mié, 26 ago · Comisión

Fuente: el acta de la sesión 37 de la Comisión de Asuntos Hacendarios (mié, 26 ago). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas de comisiones.