Donaciones de la Municipalidad de Osa
Nombre oficial: Reforma a la Ley 9510, que autoriza a la Municipalidad de Osa a segregar inmuebles de su propiedad y donarlos a personas de escasos recursos y parceleros agrícolas
Dónde va
Ver quién lo presentó
Carolina Delgado Ramírez
Ver en qué comisión se vio
- Comisión Especial de la Provincia de Puntarenas5 mar 2026 – 19 may 2026
Según la tramitación oficial de la Asamblea.
Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite
Por qué
Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos
La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.
Qué sigue
Para avanzar necesita ganar la votación en primer debate en el Plenario.
De qué trata
Entrega lotes municipales a familias pobres de Osa
Reforma la Ley 9510 para que la Municipalidad de Osa pueda dividir un terreno de su propiedad y donar los lotes a personas de escasos recursos y a parceleros agrícolas.
Para conversar
El problema que dice venir a resolver
Quienes firman el proyecto parten de que la Ley 9510, de 2017, ya autorizó a la Municipalidad de Osa a donar tres fincas de su propiedad a familias de escasos recursos y a parceleros agrícolas que las ocupan desde hace años, pero que al describir la finca del Barrio 11 de Abril, en Palmar Sur, la ley solo incluyó uno de los dos derechos registrales con que el inmueble está inscrito (cada derecho es una porción de la propiedad anotada por separado en el Registro).
Sostienen que esa omisión dejó por fuera el derecho 002 y le impide a la municipalidad entregar títulos de propiedad a quienes poseen legítimamente terrenos dentro de esa parte, con lo que los procesos de donación y titulación ya autorizados no se pueden concluir.
Afirman que, mientras no se corrija, las familias y productores afectados siguen en inseguridad jurídica pese a cumplir los requisitos de la ley, y aclaran que la reforma no cambia el objeto ni el alcance de la norma original: solo subsana el error formal.
Qué dice el texto
- Qué cambia: Corrige la descripción de la finca del Barrio 11 de Abril, en Palmar Sur, para que la autorización de donación cubra la matrícula 053654-001-002, es decir los dos derechos registrales del inmueble y no solo uno.
- Cuáles fincas: La Municipalidad de Osa queda autorizada a donar la finca Avaral (parcelas-El Embarcadero) en Cortés, la finca Barrio Primero de Marzo en Palmar Norte y la finca Barrio 11 de Abril en Palmar Sur.
- Quién puede recibir: Personas que estén ejerciendo posesión pública, pacífica e ininterrumpida —o sea, que ocupan el lote a la vista de todos, sin pleitos y sin interrupciones— sobre un lote de los cuadrantes de esas fincas, adquirido por ocupación personal.
- Qué hay que probar: Se debe aportar declaración jurada de dos testigos autenticada por notario público que indique más de diez años de posesión, o cualquier otro título traslativo de dominio de buena fe con posesión mayor a diez años.
- Qué no cambia: Se mantienen el objeto, el alcance y los requisitos de la Ley 9510: la reforma solo agrega el derecho registral que había quedado excluido.
El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 16 de febrero de 2026. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.
El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.406).
Lo último en el registro del expediente
La comisión entregó el expediente a la Secretaría del Directorio, camino al Plenario, según la tramitación oficial del expediente.
mar, 19 may · Trámite oficial
Quién lo apoya y quién lo objeta
La única voz cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de las 3 sesiones que hemos leído — no es el marcador de una votación, e incluye voces que no votan, como ministerios e instituciones invitadas.
Reconoce la buena intención del proyecto pero pide blindar el expediente con certeza sobre las fincas y los beneficiarios antes de avanzar
Otras 2 voces solo aparecen votando mociones de trámite, sin que el acta diga por qué: 1 de Pueblo Soberano y 1 sin fracción.