Crimen organizado ambiental
Nombre oficial: Reforma a varias leyes para fortalecer la lucha contra el crimen organizado en materia de delitos ambientales
Dónde va
Ver quién lo presentó
Andrés Ariel Robles Barrantes, Priscilla Vindas Salazar, Johnatan Jesús Acuña Soto, Rocio Alfaro Molina, Antonio José Ortega Gutiérrez, Sofia Alejandra Guillén Pérez
Ver en qué comisión se vio
- Comisión de Ambiente11 oct 2023 – 9 oct 2024 · 22 abr 2025 – 27 ago 2025 · 3 feb 2026 – 10 feb 2026
Según la tramitación oficial de la Asamblea.
Ver quién votó
Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite
Por qué
Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos
La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.
Qué sigue
Con la redacción definitiva en firme, el texto vuelve al Plenario para la votación final.
De qué trata
Refuerza la persecución de los delitos ambientales
Reforma varias leyes para fortalecer la lucha contra el crimen organizado cuando comete delitos contra el ambiente.
Para conversar
El problema que dice venir a resolver
Quienes lo firman parten de que el daño ambiental golpea a toda la sociedad y sostienen que, pese a esas declaraciones de principios, la legislación costarricense no trata como graves a la mayoría de los delitos ambientales: dicen que en más del 95 % de los casos las leyes de vida silvestre, forestal o de pesca los castigan con multas o con cárcel cuyo tope es de tres años o menos.
Según argumentan, eso deja fuera las herramientas de la Ley contra la Delincuencia Organizada, que solo se aplican a delitos con penas de cuatro años o más: entre ellas los plazos más largos de investigación y la intervención de comunicaciones. Afirman que así quedan sin perseguirse las redes dedicadas a la tala ilegal y al tráfico de flora y fauna en peligro de extinción, que describen como una de las actividades ilícitas más rentables del mundo.
Citan un reporte de la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito de 2016 sobre delitos contra la vida silvestre y una resolución de la Asamblea General de la ONU de 2019 que insta a los Estados a tipificar como delito grave el tráfico de especies protegidas. Aclaran que no buscan subir penas en todos los casos, porque dicen que muchas infracciones las cometen personas en condiciones de pobreza, desempleo y exclusión, sino distinguir esos casos de los de crimen organizado.
Qué dice el texto
El registro del expediente anota textos actualizados durante el trámite — el último, del 11 de agosto de 2026. Estos puntos describen el texto tal como se presentó.
- El agravante: Sube a la mitad más las penas de cárcel por delitos ambientales cuando los comete un grupo estructurado de dos o más personas que existió durante cierto tiempo y actuó de común acuerdo para cometerlos.
- A cuáles delitos: El aumento cubre los delitos del capítulo penal de la Ley de Conservación de la Vida Silvestre, los del capítulo de delitos de la Ley Forestal, dos artículos de delitos de la Ley de Pesca y Acuicultura y el de tortugas marinas.
- Las tortugas: Mantiene la cárcel de uno a tres años para quien mate, cace, capture, destace, trasiegue o comercie tortugas marinas, y de tres meses a dos años por retenerlas con fines comerciales; con grupo organizado esas penas suben a la mitad más.
- Las multas: En los delitos de la Ley de Conservación de la Vida Silvestre cometidos por ese tipo de grupo, deja de aplicarse la pena de multa que traen esos delitos: queda solo la cárcel agravada.
- Lo que no cambia: Se conserva la regla de que no es delito recolectar huevos de tortuga lora en el Refugio de Vida Silvestre de Ostional, siempre que se haga siguiendo el reglamento del Ministerio de Ambiente y Energía.
- Desde cuándo: Las penas agravadas empiezan a regir desde que la ley se publique, sin plazo de transición.
El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 21 de septiembre de 2023. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.
El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 23.952).
Qué pasó la semana del 31 de agosto al 6 de septiembre
La Comisión de Redacción revisó el texto página por página, incorporó una conjunción que consta en la ley y aprobó la redacción definitiva con cinco votos a favor y cero en contra. De inmediato se presentó y se rechazó una moción de revisión (0 a favor, 5 en contra), con lo que la votación quedó en firme.
jue, 3 sept · Comisión
Fuente: el acta de la sesión 13 de la Comisión de Redacción (jue, 3 sept). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas de comisiones.
Quién lo apoya y quién lo objeta
Las 11 voces cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de las 10 sesiones que hemos leído — no es el marcador de una votación, e incluye voces que no votan, como ministerios e instituciones invitadas. Cada quien queda del lado que sostuvo más veces.
Sostiene que las penas actuales son demasiado bajas para aplicar la ley contra el crimen organizado y que la minería ilegal en Crucitas demostró que la legislación…
Sostiene que las penas actuales son demasiado bajas para aplicar la ley contra el crimen organizado y que la minería ilegal en Crucitas demostró que la legislación vigente es insuficiente
Destaca que el texto contempla a las personas areneras de Upala que extraen material del río Zapote para su subsistencia, para que no sean perseguidas como crimen…
Destaca que el texto contempla a las personas areneras de Upala que extraen material del río Zapote para su subsistencia, para que no sean perseguidas como crimen organizado
Apoya la iniciativa; señaló aspectos técnicos a corregir en el texto (vida silvestre, minería, areneros artesanales) y confirmó apoyo total del Poder Ejecutivo.
Señala que existe esta iniciativa en corriente legislativa que no ha sido convocada y expresa disposición a dialogar sobre ella.
A favor; argumenta que hay consenso y que no convocarlo es fallarle a la ciudadanía y al sistema de justicia.
A favor; señala que fue solicitado por todas las fracciones y que el oficialismo incumplió al no convocarlo.
A favor; señala que fue el primer acuerdo tomado y el primero en ser incumplido por Pueblo Soberano.
Apoya el proyecto; destacó la necesidad de tipificar la minería ilegal como crimen organizado.
A favor; señala que el oficialismo está incumpliendo el compromiso.
Apoya el proyecto; destacó su importancia para la Zona Sur.
No lo descarta pero lo presenta como un tercer elemento a considerar, supeditado a que la oposición cumpla primero con el retiro de mociones.
Otras 7 voces solo aparecen votando mociones de trámite, sin que el acta diga por qué: 3 de Pueblo Soberano, 1 de Liberación Nacional y 3 sin fracción.