Acceso judicial a datos de telecom
Nombre oficial: Reforma a la Ley General de Telecomunicaciones para obligar a dar acceso a las autoridades judiciales a registros de información
Dónde va
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Luis Diego Vargas Rodríguez, Kattia Cambronero Aguiluz, Johana Obando Bonilla, Gilberto Arnoldo Campos Cruz, Jose Pablo Sibaja Jiménez, Carlos Felipe Garcia Molina, Monserrat Ruíz Guevara, María Marta Padilla Bonilla, Horacio Alvarado Bogantes, Alejandro José Pacheco Castro, María Daniela Rojas Salas, Rosalía Brown Young, David Lorenzo Segura Gamboa, Gerardo Fabricio Alvarado Muñoz, Yonder Andrey Salas Durán, Gilberth Jiménez Siles, Paulina María Ramírez Portuguez, Antonio José Ortega Gutiérrez, Alejandra Larios Trejos
Ver en qué comisión se vio
- Comisión de Seguridad y Narcotráfico3 abr 2024 – 28 abr 2025 · 9 oct 2025 – 29 oct 2025 · desde el 6 ago 2026
Según la tramitación oficial de la Asamblea.
Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite
Por qué
Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos
La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.
Qué sigue
Para avanzar necesita ganar la votación en primer debate en el Plenario.
De qué trata
Obliga a las telefónicas a dar datos a jueces y fiscales
Reforma la Ley General de Telecomunicaciones para obligar a las empresas telefónicas a entregar a jueces y al Ministerio Público (la fiscalía) los registros de información que estos les requieran.
Para conversar
El problema que dice venir a resolver
Quienes lo firman sostienen que el avance tecnológico les cambió la cara a los delitos: dicen que para apropiarse de dinero ajeno ya no hace falta asaltar un banco, sino usar de forma fraudulenta las plataformas de comunicación, y que tanto la criminalidad común como la organizada operan con más tecnicidad y menos exposición física. Afirman que toda comunicación deja una huella digital que sirve de prueba, y que esa prueba está en manos de los operadores de redes y de los proveedores de servicios de telecomunicaciones.
Plantean que, pese a la buena voluntad de varios operadores y proveedores, hace falta estandarizar criterios, porque las investigaciones no pueden depender de que cada empresa decida cómo atender un requerimiento judicial. Señalan que se presentan pedidos judiciales que pasan meses sin ser atendidos y que la inmediatez de la prueba es esencial para casos como homicidios, secuestros, delitos sexuales y ciberdelincuencia.
Citan el Convenio sobre Ciberdelincuencia suscrito en Budapest en 2001 —al que dicen que Costa Rica se adhirió en 2017— y en particular su artículo 20, sobre obligar a los proveedores a obtener o grabar en tiempo real datos de tráfico. Argumentan que aprobar la reforma fortalece esos compromisos internacionales.
Qué dice el texto
El registro del expediente anota textos actualizados durante el trámite — el último, del 13 de agosto de 2026. Estos puntos describen el texto tal como se presentó.
- Qué datos se piden: Permite al Ministerio Público solicitar a operadores y proveedores datos de tráfico nacional e internacional, registros, localización y geolocalización, y direcciones IP (el número que identifica a un aparato conectado a internet), incluso en tiempo real.
- Quién puede pedirlos: Autoriza al Ministerio Público a delegar esas solicitudes en cuerpos de policía de investigación, siempre que mantenga supervisión sobre lo que se pide.
- Cuánto se guarda: Obliga a operadores de redes y proveedores de servicios de telecomunicaciones a almacenar esa información en sus servidores por tres años contados desde la fecha en que se generó.
- Si no tienen la tecnología: Al operador o proveedor que no cuente con la tecnología para entregar esos datos se le da un año para hacer los cambios en sus sistemas informáticos.
- La obligación y el castigo: Suma a las obligaciones de operadores y proveedores cumplir con celeridad las órdenes judiciales notificadas, e incumplir esa obligación pasa a ser una infracción muy grave de la Ley General de Telecomunicaciones.
- Quién vigila: Le encarga a la Sutel, la Superintendencia de Telecomunicaciones, velar por que operadores y proveedores cumplan con el almacenamiento y la entrega de la información.
- La comisión que se crea: Crea una comisión coordinada por el Ministerio Público, con el OIJ, la Sutel y los operadores y proveedores, que se reúne al menos dos veces al año y propone mejoras; la Sutel queda facultada para hacer los cambios de reglamento que se requieran.
El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 13 de febrero de 2024. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.
El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 24.170).
Qué pasó la semana del 3 al 9 de agosto
La comisión dispensó la lectura de las mociones vía artículo 137 y las votó una por una: aprobó la moción 137-2 (que fija un plazo máximo de cinco días hábiles para cumplir las órdenes judiciales), la 137-6 —que elimina la posibilidad de que el Ministerio Público delegue la tramitación de datos en cuerpos de policía de investigación— y la 137-10; rechazó las mociones que buscaban aclarar que no se debilitan las obligaciones y sanciones de la Ley contra la Delincuencia Organizada y las que restringían la delegación solo a la policía judicial. Tres mociones de revisión, de las diputadas Gordienko y Segura, también fueron rechazadas por 4 votos contra 5.
jue, 6 ago · Comisión
Fuente: el acta de la sesión 6 de la Comisión de Seguridad y Narcotráfico (jue, 6 ago). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas de comisiones.
Quién lo apoya y quién lo objeta
Las 3 voces cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de la sesión que hemos leído — no es el marcador de una votación, e incluye voces que no votan, como ministerios e instituciones invitadas. Cada quien queda del lado que sostuvo más veces.
Apoya el proyecto pero pide salvaguardas: que las obligaciones y sanciones más severas de la Ley contra la Delincuencia Organizada no queden desplazadas y que solo…
Apoya el proyecto pero pide salvaguardas: que las obligaciones y sanciones más severas de la Ley contra la Delincuencia Organizada no queden desplazadas y que solo la policía judicial (el OIJ) pueda tramitar datos sensibles como la geolocalización, no la policía municipal, de tránsito o administrativa
Considera el proyecto necesario e importante, pero advierte una contradicción entre las sanciones leves de la Ley General de Telecomunicaciones y las de la Ley…
Considera el proyecto necesario e importante, pero advierte una contradicción entre las sanciones leves de la Ley General de Telecomunicaciones y las de la Ley contra la Delincuencia Organizada, y alerta que eliminar la delegación en la policía de investigación bloquearía las investigaciones
Cuestiona que se fije un plazo máximo de cinco días hábiles para cumplir órdenes judiciales sin conocer el fundamento jurídico de ese plazo y pide revisar la…
Cuestiona que se fije un plazo máximo de cinco días hábiles para cumplir órdenes judiciales sin conocer el fundamento jurídico de ese plazo y pide revisar la votación para corregirlo
Otras 5 voces solo aparecen votando mociones de trámite, sin que el acta diga por qué: 5 de Pueblo Soberano.