Amortización de intangibles
Nombre oficial: Reforma de la Ley de Impuesto sobre la Renta para permitir deducir la amortización de bienes intangibles
Dónde va
Ver quién lo presentó
Paulina María Ramírez Portuguez
La vota la comisión que la estudia
Ver en qué comisión se vio
- Comisión de Asuntos Hacendariosdesde el 11 ago 2025
Según la tramitación oficial de la Asamblea.
Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite
Por qué
Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos
La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.
La estudia la Comisión de Asuntos Hacendarios · 11 diputaciones
De qué trata
Reforma la Ley de Impuesto sobre la Renta para permitir a las empresas deducir la amortización de bienes intangibles como software y patentes: restar cada año de la renta gravable una parte del valor de esos bienes no físicos.
Para conversar
El problema que dice venir a resolver
Quien firma el proyecto sostiene que la Ley de Impuesto sobre la Renta impide restar del impuesto la amortización de ciertos activos intangibles —marcas, patentes, derechos de autor, software, licencias, franquicias— es decir, repartir su costo como gasto a lo largo de los años en que sirven. Afirma que esa prohibición carece de sustento y que la Administración Tributaria la ha usado para rechazar gastos que, según alega, son indispensables y generadores de ingresos para los contribuyentes.
Plantea que esos bienes sin apariencia física pesan cada vez más en el valor de las empresas y que no poder deducirlos crea una carga fiscal desproporcionada que desincentiva la innovación y la inversión, mientras que los bienes tangibles sí reciben ese trato.
Cita el Sumario de Legislación Tributaria de América Latina 2022 del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias, la norma contable internacional NIC 38 sobre activos intangibles y los casos de México, Colombia y España, donde señala que se admite amortizar intangibles con topes anuales del 20%. Advierte que sin un tope máximo las empresas podrían sobreestimar la amortización y distorsionar sus resultados financieros.
Qué dice el texto
- Qué se puede deducir: Permite restar de la renta bruta la amortización de bienes intangibles productores de renta gravada: repartir su costo como gasto deducible a lo largo del tiempo, igual que ya se hace con la depreciación de bienes físicos.
- Qué cuenta como intangible: Define activo intangible como el bien identificable sin apariencia física —marcas, patentes, derechos de autor, software, licencias, franquicias y similares—, según las normas contables internacionales adoptadas por el Colegio de Contadores Públicos.
- Cuánto por año: Los intangibles de vida útil limitada se amortizan según su naturaleza o el plazo que fije la ley del derecho, o hasta un máximo del 20% anual. Los de vida útil indefinida, en un plazo máximo de diez años.
- Se cae la prohibición: Deroga el inciso de la Ley de Impuesto sobre la Renta que declaraba no deducible la amortización de esos activos, que era la base usada para rechazar el gasto.
- Métodos especiales: La Administración Tributaria puede aceptar, a solicitud del contribuyente, métodos especiales de depreciación y amortización técnicamente aceptables en casos justificados, y autorizar por resolución general métodos acelerados sobre activos nuevos.
- Si vende el bien: Cuando el contribuyente venda o traspase un bien tangible o intangible por un valor distinto al que le corresponde tras la amortización aplicada, esa diferencia se suma como ingreso gravable o se resta como pérdida en ese período.
El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 22 de mayo de 2025. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.
El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.000).
Qué pasó la semana del 10 al 16 de agosto
Se retomó la discusión por el fondo del proyecto, vencido desde el 11 de agosto de 2026. El diputado Padilla Villanueva explicó su origen y sus fundamentos técnicos y quedó en el uso de la palabra con nueve minutos y medio cuando se levantó la sesión.
mié, 12 ago · Comisión
Fuente: el acta de la sesión 32 de la Comisión de Asuntos Hacendarios (mié, 12 ago). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas de comisiones.
Quién lo apoya y quién lo objeta
Las 4 voces cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de las 2 sesiones que hemos leído — no es el marcador de una votación, e incluye voces que no votan, como ministerios e instituciones invitadas. Cada quien queda del lado que sostuvo más veces.
Defiende que la reforma actualiza la normativa tributaria a los estándares contables internacionales y que reconocer la amortización de intangibles incentiva la…
Defiende que la reforma actualiza la normativa tributaria a los estándares contables internacionales y que reconocer la amortización de intangibles incentiva la inversión en tecnología e innovación; pide más tiempo para trabajarlo en el Plenario
Mediante oficio insta a las diputaciones a que el proyecto continúe su trámite y ofrece que se le hagan los cambios que se consideren pertinentes
Apoya dictaminarlo positivamente para mejorarlo después, pero advierte que no hay estimación del impacto en la recaudación, que la lista de bienes 'y similares' es…
Apoya dictaminarlo positivamente para mejorarlo después, pero advierte que no hay estimación del impacto en la recaudación, que la lista de bienes 'y similares' es peligrosamente abierta y que faltan reglas contra la evasión mediante intangibles
Lo vota positivamente solo en la medida en que exista espacio para analizar los porcentajes de deducción y el tratamiento de los activos sin vida útil definida
Otras 8 voces solo aparecen votando mociones de trámite, sin que el acta diga por qué: 6 de Pueblo Soberano, 1 de Frente Amplio y 1 de Liberación Nacional.