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Economía y trabajo · 25.000

Amortización de intangibles

Nombre oficial: Reforma de la Ley de Impuesto sobre la Renta para permitir deducir la amortización de bienes intangibles

Dónde va

1
Apenas nace
2 meses
Presentado · 22 may 2025 – 5 ago 2025
Ver quién lo presentó

Paulina María Ramírez Portuguez

2
En estudio
1 año
En comisión · 5 ago 2025 – 18 ago 2026
5 a favor · 6 en contra · mar, 18 ago · Once diputados presentesLa comisión recomendó rechazarlo
Ver quién votó
Ver en qué comisión se vio
  • Comisión de Asuntos Hacendariosdesde el 11 ago 2025

Según la tramitación oficial de la Asamblea.

3
En debate
36 días
Plenario · 18 ago 2026
4
Voto final
2.º debate
5
¡Ya es ley!
Publicada
† Archivado el 10 de septiembre de 2026: el camino terminó acá.
Hay pasos que este proyecto ya dejó atrás y que no presenciamos: seguimos las sesiones desde mayo de 2026.

† Se archivó

El proyecto salió de la corriente legislativa el 10 de septiembre de 2026, según la tramitación oficial de la Asamblea Legislativa.

De qué trata

Reforma la Ley de Impuesto sobre la Renta para permitir a las empresas deducir la amortización de bienes intangibles como software y patentes: restar cada año de la renta gravable una parte del valor de esos bienes no físicos.

Para conversar

El problema que dice venir a resolver

Quien firma el proyecto sostiene que la Ley de Impuesto sobre la Renta impide restar del impuesto la amortización de ciertos activos intangibles —marcas, patentes, derechos de autor, software, licencias, franquicias— es decir, repartir su costo como gasto a lo largo de los años en que sirven. Afirma que esa prohibición carece de sustento y que la Administración Tributaria la ha usado para rechazar gastos que, según alega, son indispensables y generadores de ingresos para los contribuyentes.

Plantea que esos bienes sin apariencia física pesan cada vez más en el valor de las empresas y que no poder deducirlos crea una carga fiscal desproporcionada que desincentiva la innovación y la inversión, mientras que los bienes tangibles sí reciben ese trato.

Cita el Sumario de Legislación Tributaria de América Latina 2022 del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias, la norma contable internacional NIC 38 sobre activos intangibles y los casos de México, Colombia y España, donde señala que se admite amortizar intangibles con topes anuales del 20%. Advierte que sin un tope máximo las empresas podrían sobreestimar la amortización y distorsionar sus resultados financieros.

Qué dice el texto

  • Qué se puede deducir: Permite restar de la renta bruta la amortización de bienes intangibles productores de renta gravada: repartir su costo como gasto deducible a lo largo del tiempo, igual que ya se hace con la depreciación de bienes físicos.
  • Qué cuenta como intangible: Define activo intangible como el bien identificable sin apariencia física —marcas, patentes, derechos de autor, software, licencias, franquicias y similares—, según las normas contables internacionales adoptadas por el Colegio de Contadores Públicos.
  • Cuánto por año: Los intangibles de vida útil limitada se amortizan según su naturaleza o el plazo que fije la ley del derecho, o hasta un máximo del 20% anual. Los de vida útil indefinida, en un plazo máximo de diez años.
  • Se cae la prohibición: Deroga el inciso de la Ley de Impuesto sobre la Renta que declaraba no deducible la amortización de esos activos, que era la base usada para rechazar el gasto.
  • Métodos especiales: La Administración Tributaria puede aceptar, a solicitud del contribuyente, métodos especiales de depreciación y amortización técnicamente aceptables en casos justificados, y autorizar por resolución general métodos acelerados sobre activos nuevos.
  • Si vende el bien: Cuando el contribuyente venda o traspase un bien tangible o intangible por un valor distinto al que le corresponde tras la amortización aplicada, esa diferencia se suma como ingreso gravable o se resta como pérdida en ese período.

El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 22 de mayo de 2025. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.

El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.000).

Qué pasó la semana del 17 al 23 de agosto

La comisión discutió el proyecto por el fondo con el plazo vencido y lo rechazó con 5 votos a favor y 6 en contra. En el debate hubo llamados a mantenerlo vivo para corregirlo con mociones y a revisar los porcentajes de deducción, junto con reparos por la falta de una estimación de lo que dejaría de recaudar el Estado, por la expresión y similares y por la ausencia de salvaguardias frente al traslado de utilidades dentro de un mismo grupo y hacia jurisdicciones de baja tributación. Luego se rechazó una moción de revisión de esa votación, 3 a favor y 8 en contra, y el dictamen se comisionó a un diputado.

Fuente: el acta de la sesión 33 de la Comisión de Asuntos Hacendarios (mar, 18 ago). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas de comisiones.

Quién lo apoya y quién lo objeta

Las 4 voces cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de las 2 sesiones que hemos leído — no es el marcador de una votación, e incluye voces que no votan, como ministerios e instituciones invitadas. Cada quien queda del lado que sostuvo más veces.

2Lo apoyan
Salvador Padilla Villanueva · Liberación Nacional

Defiende que la reforma actualiza la normativa tributaria a los estándares contables internacionales y que reconocer la amortización de intangibles incentiva la…

Defiende que la reforma actualiza la normativa tributaria a los estándares contables internacionales y que reconocer la amortización de intangibles incentiva la inversión en tecnología e innovación; pide más tiempo para trabajarlo en el Plenario

18 ago · y 1 sesión más

Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica

Mediante oficio insta a las diputaciones a que el proyecto continúe su trámite y ofrece que se le hagan los cambios que se consideren pertinentes

18 ago

2Lo apoyan con reparos
Antonio Trejos Mazariegos · Frente Amplio

Apoya dictaminarlo positivamente para mejorarlo después, pero advierte que no hay estimación del impacto en la recaudación, que la lista de bienes 'y similares' es…

Apoya dictaminarlo positivamente para mejorarlo después, pero advierte que no hay estimación del impacto en la recaudación, que la lista de bienes 'y similares' es peligrosamente abierta y que faltan reglas contra la evasión mediante intangibles

18 ago

Ángela Ileana Aguilar Vargas · Liberación Nacional

Lo vota positivamente solo en la medida en que exista espacio para analizar los porcentajes de deducción y el tratamiento de los activos sin vida útil definida

18 ago

Otras 8 voces solo aparecen votando mociones de trámite, sin que el acta diga por qué: 6 de Pueblo Soberano, 1 de Frente Amplio y 1 de Liberación Nacional.