AsambleaTeRinde2026 – 2030
Volver a lo que viene
Cultura y deporte · 25.596

Festejos populares

Nombre oficial: Reforma y adición a la ley de nombramiento de las comisiones de festejos populares

Dónde va

1
Apenas nace
3 meses
Presentado · 14 may 2026 – 3 ago 2026
Ver quién lo presentó
  • Iztarú Alfaro Guerrero · Liberación Nacional
2
En estudio
2 meses y contando
En comisión · 3 ago 2026 – hoy

La vota la comisión que la estudia

Ver en qué comisión se vio
  • Comisión de Asuntos Socialesdesde el 5 ago 2026

Según la tramitación oficial de la Asamblea.

3
En debate
Plenario

Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite

Por qué

Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos

La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.

Constitución, art. 119
4
Voto final
2.º debate
5
¡Ya es ley!
Publicada
Hay pasos que este proyecto ya dejó atrás y que no presenciamos: seguimos las sesiones desde mayo de 2026.

La estudia la Comisión de Asuntos Sociales · 10 diputaciones

Sadie Britton
presidencia
Pueblo Soberano
Robert Barrantes
secretaría
Pueblo Soberano
Anna Müller
Pueblo Soberano
Diana Murillo
Liberación Nacional
Edgardo Araya
Frente Amplio
Iztarú Alfaro
Liberación Nacional
Karol Matamoros
Liberación Nacional
Kristel Ward
Pueblo Soberano
Royner Mora
Pueblo Soberano
Víctor Hidalgo
Liberación Nacional

Qué sigue

Se esperan los criterios técnicos de las entidades consultadas antes de seguir con la discusión en la comisión.

De qué trata

Cambia cómo se nombran las comisiones de festejos

Pasa a la Asociación Obras del Espíritu Santo el 50% de las utilidades de los festejos populares de San José que la ley asigna al Hospicio de Huérfanos, cerrado en 2019; solo para obras comunales y programas para menores vulnerables, no planillas.

Según el texto presentado el 14 de mayo de 2026. El proyecto puede cambiar durante el trámite.

Para conversar

El problema que dice venir a resolver

Quien firma el proyecto parte de que la Ley 4286 manda la mitad de las utilidades de los festejos populares de San José al Hospicio de Huérfanos de San José, una institución que dejó de funcionar en enero de 2019 tras el retiro de los últimos 19 menores por parte del PANI, cierre que atribuye a una crisis financiera, a disputas legales por los fondos de las fiestas de Zapote y a la falta de permisos. Sostiene que, mientras la norma no se reforme, esos recursos no pueden usarse en la población que sí sigue existiendo.

Agrega que niñez y juventud en hogares disfuncionales, con violencia, pobreza y exclusión quedan expuestas al consumo de drogas y al reclutamiento del narcotráfico y el sicariato, y que las organizaciones sin fines de lucro que las atienden viven a la caza de presupuesto. Cita una nota del diario Extra con datos del INEC según la cual más de 183 mil niños menores de 12 años viven en pobreza.

Qué dice el texto

  • Quién recibe la plata: El 50% de las utilidades de los festejos populares del cantón central de San José pasa a la Asociación Obras del Espíritu Santo, en lugar del Hospicio de Huérfanos de San José que fija la Ley 4286.
  • En qué se puede gastar: Esos recursos solo pueden usarse en obras de infraestructura comunal y en programas sociales para personas menores de edad en condición de vulnerabilidad u orfandad.
  • Lo que no se puede pagar: Prohíbe destinar cualquier monto de esos fondos al pago de planillas, es decir, a salarios del personal de la organización beneficiaria.
  • Un puesto en la comisión: La organización beneficiaria puede nombrar a uno de los miembros de la Comisión de Festejos Populares del cantón central de San José que se integre.
  • El plazo del giro: La Municipalidad de San José debe presupuestar los recursos apenas terminen los festejos y girarlos a más tardar 75 días naturales después de recibir la notificación de aprobación de la Contraloría.
  • Cómo se fiscaliza: La organización debe rendir un informe de ejecución ante el Concejo Municipal y la auditoría interna debe presentarle un informe público de las liquidaciones; si halla irregularidades, avisa a la Contraloría.
  • Si la asociación se cierra: Los fondos pasan a la Municipalidad de San José, que debe ejecutar al menos el 80% mediante convenios con organizaciones de interés o bien social y el resto en infraestructura, equipamiento y alimentación de la Red de Cuido del cantón.

El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 14 de mayo de 2026. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.

El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.596).

Qué pasó la semana del 10 al 16 de agosto

La presidencia asignó el proyecto a la subcomisión 3 con plazo hasta el 28 de octubre de 2026 y, al día siguiente, la comisión aprobó por unanimidad (7 votos a favor, 0 en contra) consultarlo a la Municipalidad de San José, la Asociación Obras del Espíritu Santo, la Contraloría General de la República, el PANI, el IMAS, la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil y la Procuraduría General de la República.

Fuente: las actas de la sesión 16 de la Comisión de Asuntos Sociales (mar, 11 ago) y la sesión 17 de la Comisión de Asuntos Sociales (mié, 12 ago). La Asamblea no permite enlazarlas directo: se buscan por fecha en su consulta de actas de comisiones.