AsambleaTeRinde2026 – 2030
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AVANZÓ ↑
Economía y trabajo · 25.641

Extrabajadores del ferrocarril

Nombre oficial: Ley para compensar las pérdidas económicas que sufrieron los extrabajadores del ferrocarril y sus familias por el cierre del ferrocarril

Dónde va

1
Apenas nace
32 días
Presentado · 2 jul 2026 – 3 ago 2026
Ver quién lo presentó
  • Joselyn Fabiola Sáenz Núñez, Edgardo Vinicio Araya Sibaja, José María Villalta Flórez Estrada, Vianey Briyith Mora Vega, Antonio Trejos Mazariegos, María Eugenia Román Mora, Sigrid Violeta Segura Artavia · Frente Amplio
  • Karol Vanessa Matamoros Montoya, Salvador Padilla Villanueva, Diana Murillo Murillo, Eder Francisco Hernández Ulloa, Álvaro Ramírez Bogantes, Ronald Alberto Campos Villegas, Mangell Mc Lean Villalobos · Liberación Nacional
  • Claudia Dobles Camargo · Agenda Ciudadana
2
En estudio
13 días y contando
En comisión · 3 ago 2026 – 16 ago 2026

La vota la comisión que la estudia

Ver en qué comisión se vio
  • Comisión de Asuntos Económicosdesde el 8 ago 2026

Según la tramitación oficial de la Asamblea.

3
En debate
Plenario

Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite

Por qué

Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos

La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.

Constitución, art. 119
4
Voto final
2.º debate
5
¡Ya es ley!
Publicada

La estudia la Comisión de Asuntos Económicos · 9 diputaciones

Stephan Brunner
presidencia
Pueblo Soberano
Nayuribe Guadamuz
secretaría
Pueblo Soberano
Andrea Valverde
Liberación Nacional
Antonio Barzuna
Pueblo Soberano
Fernando Obaldía
Pueblo Soberano
Janice Sandí
Liberación Nacional
Norjelens Lobo
Liberación Nacional
Reynaldo Arias
Pueblo Soberano
Sigrid Segura
Frente Amplio

Qué sigue

Las instituciones consultadas deben responder y la subcomisión tiene treinta días hábiles para rendir su informe.

De qué trata

Compensa a extrabajadores del ferrocarril por su cierre

Reconoce una compensación económica a las personas que trabajaron en el ferrocarril y a sus familias por las pérdidas que les causó el cierre de ese servicio.

Para conversar

El problema que dice venir a resolver

Quienes lo firman parten de que el cierre del ferrocarril en los años noventa dejó sin trabajo a personas que se habían especializado toda la vida en ese oficio. Sostienen que quienes fueron liquidados entre enero de 1991 y el 12 de diciembre de 1995 no alcanzaron a acogerse a la prejubilación de la Ley 8950 —un retiro anticipado con el 63% del salario de referencia— y tuvieron que pensionarse por el régimen de Invalidez, Vejez y Muerte de la CCSS con el 43%.

Afirman que quedan 231 adultos mayores en esa situación, subsistiendo con pensiones que llaman insuficientes, y que sin corregirlo se mantiene una desigualdad de trato entre personas que sufrieron el mismo cierre. Hablan de una deuda moral del Estado y calculan un costo bajo para el presupuesto, con un horizonte de no más de 20 años según la esperanza de vida de esas personas.

Citan a la historiadora Ana María Botey, que describe el despido de 697 trabajadores el 1 de enero de 1991 y el cierre definitivo en 1995, y recogen testimonios de exferrocarrileros con pensiones mensuales cercanas a ¢157 mil y ¢328 mil.

Qué dice el texto

  • A quién le toca: Cubre a los extrabajadores del Incofer liquidados entre enero de 1991 y el 12 de diciembre de 1995 por el cierre del ferrocarril que no califican para la prejubilación de la Ley 8950 porque se pensionaron por el IVM de la CCSS.
  • El requisito de edad: Solo accede quien tenga al menos 65 años cumplidos al momento en que la ley se apruebe.
  • Cuánto se paga: El subsidio es la diferencia entre la pensión que la persona recibe y el 63% de su salario promedio, calculado con los doce mejores salarios mensuales de los últimos cinco años trabajados en el Incofer y actualizados a valor presente.
  • Quién pone la plata: El pago sale del presupuesto nacional, no del fondo de pensiones de la CCSS: es un subsidio complementario que se suma a la pensión que ya se recibe.
  • Si la persona fallece: Los beneficios de la Ley 8950 y de la Ley 9516, ambas sobre derechos prejubilatorios de los extrabajadores del Incofer, pueden pasar a la esposa o a la compañera de unión de hecho debidamente comprobada.

El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 2 de julio de 2026. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.

El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.641).

Qué pasó la semana del 10 al 16 de agosto

La comisión aprobó por nueve votos dos mociones de consulta: una de la diputada Segura a las escuelas de Historia y Sociología de la UCR y de Economía de la UNA, y otra de la diputada Guadamuz a la CCSS, el Ministerio de Trabajo, Incofer, Hacienda, la Contraloría, la Procuraduría, Conapam, la Supen y la Defensoría. El expediente se asignó a la subcomisión N.º 3.

mar, 11 ago · Comisión

Fuente: el acta de la sesión 17 de la Comisión de Asuntos Económicos (mar, 11 ago). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas de comisiones.

Quién lo apoya y quién lo objeta

La única voz cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de la sesión que hemos leído — no es el marcador de una votación, e incluye voces que no votan, como ministerios e instituciones invitadas.

1Lo apoyan
Joselyn Fabiola Sáenz Núñez · Frente Amplio

Proponente; considera necesaria una pensión más justa para los exferrocarrileros.

2 jul