Unidad de Inteligencia Financiera
Nombre oficial: Ley para el fortalecimiento de la Unidad de Inteligencia Financiera
Dónde va
Ver quién lo presentó
Gilberto Arnoldo Campos Cruz, Eliécer Feinzaig Mintz
La vota la comisión que la estudia
Ver en qué comisión se vio
- Comisión de Seguridad y Narcotráficodesde el 2 feb 2026
Según la tramitación oficial de la Asamblea.
Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite
Por qué
Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos
La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.
La estudia la Comisión de Seguridad y Narcotráfico · 9 diputaciones
Qué sigue
Con el plazo prorrogado, la subcomisión uno debe estudiar el expediente y rendir informe.
De qué trata
Fortalece a la unidad que rastrea el dinero sucio
Busca fortalecer la Unidad de Inteligencia Financiera, la oficina encargada de analizar movimientos financieros sospechosos para detectar lavado de dinero.
Para conversar
El problema que dice venir a resolver
Quienes lo firman sostienen que la lucha contra la legitimación de capitales —lavado de dinero—, el financiamiento al terrorismo y la proliferación de armas exige una unidad de inteligencia financiera autónoma y con capacidad técnica. Alegan que el Instituto Costarricense sobre Drogas tiene como misión la prevención del narcotráfico, y que la naturaleza técnica de la UIF requiere un ámbito institucional que le asegure completa independencia.
Afirman que el Banco Central, como ente autónomo de rango constitucional, garantiza criterio libre de influencias externas y cercanía con los supervisores financieros, la banca y los organismos internacionales, lo que facilitaría el intercambio de información con unidades de otros países. Agregan que las limitaciones de presupuesto del Instituto sobre Drogas son un tema repetitivo, mientras que el Banco Central tendría capacidad para sostener tecnología, capacitación y personal calificado.
Citan la Recomendación 29 del GAFI, el organismo internacional que fija estándares contra el lavado de dinero, sobre estructura y autonomía de estas unidades, y el Informe de Evaluación Mutua de Costa Rica de ese mismo grupo, que según señalan describe una unidad de estructura pequeña frente al volumen de reportes y casos. Advierten que sin el cambio persiste el riesgo de sanciones internacionales por incumplimientos.
Qué dice el texto
- El traslado: Pasa la Unidad de Inteligencia Financiera del Instituto Costarricense sobre Drogas al Banco Central, como órgano técnico especializado con confidencialidad, independencia operativa y autonomía funcional.
- Qué hace la unidad: Recibe, analiza y traslada reportes de operaciones sospechosas e información financiera para prevenir y detectar legitimación de capitales —lavado de dinero—, narcotráfico, crimen organizado y financiamiento al terrorismo.
- Ante quién se reporta: En la Ley 7786 sobre estupefacientes y legitimación de capitales, donde decía Instituto Costarricense sobre Drogas pasa a leerse Banco Central: los obligados a informar y a registrarse quedan frente al Banco Central.
- Las facultades: La unidad conserva y ejerce plenamente todas las potestades que le da la Ley 7786 y las propias de los estándares internacionales del GAFI, el organismo que fija reglas contra el lavado de dinero.
- El personal: Quienes trabajan en la unidad conservan su cargo, sus derechos laborales y sus condiciones de empleo, y son reubicados en el Banco Central manteniendo la continuidad de sus funciones.
- La plata y el plazo: El Instituto Costarricense sobre Drogas tiene un plazo máximo de seis meses para trasladar al Banco Central todo el presupuesto, el personal y el equipo de la unidad.
- El acomodo institucional: El Banco Central tiene hasta seis meses para ajustar su estructura administrativa, y la Dirección General de Presupuesto Nacional el mismo plazo para reflejar el cambio en los presupuestos de cada institución.
El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 16 de octubre de 2025. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.
El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.256).
Qué pasó la semana del 3 al 9 de agosto
La presidencia advirtió que la fecha para dictaminar era el 12 de agosto de 2026, un día antes de la próxima sesión. El diputado Villalta cuestionó si valía la pena consultar con tan poco plazo y la asesoría de Servicios Técnicos explicó que el proyecto ya fue consultado a varias de esas instituciones sin que el texto cambiara, y que las consultas facultativas no suspenden el plazo. La comisión rechazó por unanimidad la moción de consulta, aprobó por unanimidad prorrogar el plazo del artículo 80 y asignó el expediente a la subcomisión número uno. Una moción de revisión fue declarada inadmisible por venir de un diputado del período constitucional anterior.
jue, 6 ago · Comisión
Fuente: el acta de la sesión 6 de la Comisión de Seguridad y Narcotráfico (jue, 6 ago). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas de comisiones.
Quién lo apoya y quién lo objeta
La única voz cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de las 3 sesiones que hemos leído — no es el marcador de una votación, e incluye voces que no votan, como ministerios e instituciones invitadas.
A favor; lo promueve como herramienta para atacar las finanzas del crimen organizado.
Otra voz sin fracción solo aparece votando mociones de trámite, sin que el acta diga por qué. De otras 2 voces el acta no deja claro qué sostienen sobre el proyecto: 1 de Frente Amplio y 1 sin fracción.