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Seguridad · 25.234

Robo de energía eléctrica

Nombre oficial: Ley que sanciona el apoderamiento ilegal de energía eléctrica y los daños al sistema eléctrico

Dónde va

1
Apenas nace
6 días
Presentado · 8 oct 2025 – 14 oct 2025
Ver quién lo presentó

Daniel Gerardo Vargas Quirós, Pilar Cisneros Gallo

2
En estudio
1 año
En comisión · 14 oct 2025 – 1 oct 2026
8 a favor · 0 en contra · jue, 1 oct
Ver en qué comisión se vio
  • Comisión de Seguridad y Narcotráficodesde el 20 oct 2025

Según la tramitación oficial de la Asamblea.

3
En debate
38 días y contando
Plenario · 1 oct 2026 – hoy

Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite

Por qué

Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos

La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.

Constitución, art. 119
4
Voto final
2.º debate
5
¡Ya es ley!
Publicada
Hay pasos que este proyecto ya dejó atrás y que no presenciamos: seguimos las sesiones desde mayo de 2026.

Qué sigue

El diputado Badilla Chavarría redactará el dictamen afirmativo de la comisión, con el que el proyecto podrá pasar al Plenario.

De qué trata

Deja claro que robar electricidad es delito de hurto o robo

Reforma los delitos de hurto, robo simple y daño agravado del Código Penal. Esos delitos pasan a proteger los "bienes" y no solo las "cosas", de modo que apoderarse de electricidad, que no es un objeto físico, quede claramente castigado. También ajusta el delito de daño agravado en lo relativo a los daños al sistema eléctrico.

Para conversar

El problema que dice venir a resolver

Quienes lo firman parten de que los delitos de hurto y robo del Código Penal hablan solo de apoderarse de una «cosa», y sostienen que en derecho cosa y bien no son lo mismo: la cosa es cualquier entidad material o inmaterial, y el bien es la cosa que tiene utilidad y valor patrimonial. Alegan que, como la energía eléctrica encaja en el concepto de bien y no en el de cosa, esa redacción puede generar impunidad al perseguir y condenar el robo y el hurto de electricidad.

Agregan que dañar el sistema eléctrico golpea dos veces: por el daño material y por tratarse de un servicio público, el suministro de energía, que la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos califica como tal.

Citan a la jurista Rosaura Chinchilla Calderón, quien en un proyecto anterior sobre el mismo tema sostuvo que bastaba con sumar la palabra «bien» a la palabra «cosa» en hurto, robo y daños. También citan un cuadro de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz con las pérdidas no técnicas de energía entre 2016 y 2024, que atribuyen a conductas ilícitas de terceros que obtienen electricidad sin pagarla.

Qué dice el texto

El registro del expediente anota textos actualizados durante el trámite — el último, del 1 de octubre de 2026. Estos puntos describen el texto tal como se presentó.

  • El hurto: Castiga con prisión de un mes a tres años a quien se apodere ilegítimamente de una cosa o bien mueble ajeno. La ley vigente habla solo de «cosa»; el proyecto suma «bien», donde los firmantes ubican la energía eléctrica.
  • El robo: Extiende el robo simple al apoderamiento de un «bien» mueble, además de la «cosa». Mantiene las penas: de seis meses a tres años con fuerza en las cosas, de uno a seis si lo sustraído pasa de tres salarios base, y de tres a nueve con violencia.
  • El daño agravado: Suma los «bienes» a las cosas de valor científico, artístico, cultural o religioso protegidas por el delito de daño agravado, con prisión de seis meses a cuatro años.
  • Dañar un servicio público: Incluye en ese mismo delito el daño a cosas o bienes destinados a un servicio público, es decir la actividad que la ley califica como tal, como el suministro de electricidad.
  • Equipos de la policía: Donde la ley vigente agrava el daño contra «equipamientos policiales», el proyecto lo extiende a equipamientos, dispositivos electrónicos o tecnológicos usados por alguna autoridad policial.
  • Lo que no cambia: No crea un delito aparte de robo de electricidad ni sube las penas: mantiene los mismos rangos de prisión y solo amplía qué puede ser objeto de hurto, robo y daño agravado.

El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 8 de octubre de 2025. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.

El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.234).

Qué pasó la semana del 28 de septiembre al 4 de octubre

La comisión aprobó el informe de la subcomisión por 8 votos a 0. Aprobó también el texto sustitutivo que ese informe recomendaba, también 8 a 0, y con él queda únicamente la palabra "bien" en lugar de "cosa". Luego aprobó el proyecto por el fondo con 8 votos a favor y ninguno en contra. Se citaron criterios favorables del Ministerio de Seguridad Pública, el Ministerio Público, el MINAE, el ICE, la CNFL y la Maestría en Ciencias Penales de la UCR. La ESPH, Coopesantos y la Defensa Pública hicieron observaciones a la redacción. Una moción para revisar la votación por el fondo fue rechazada 8 a 0.

jue, 1 oct · Comisión

Fuente: el acta de la sesión 12 de la Comisión de Seguridad y Narcotráfico (jue, 1 oct). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas de comisiones.

Quién lo apoya y quién lo objeta

Las 4 voces cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de las 3 sesiones que hemos leído — no es el marcador de una votación, e incluye voces que no votan, como ministerios e instituciones invitadas. Cada quien queda del lado que sostuvo más veces.

4Lo apoyan
José María Villalta Flórez Estrada · Frente Amplio

Votará a favor porque reforma el tipo penal general en vez de crear figuras específicas, y porque refuerza que la electricidad es un servicio público.

Votará a favor porque reforma el tipo penal general en vez de crear figuras específicas, y porque refuerza que la electricidad es un servicio público. Duda de que convenga mantener a la vez "cosa" y "bien" y se reserva proponer ajustes.

1 oct

Janice Patricia Sandí Morales · Liberación Nacional

Respalda el proyecto porque atiende pérdidas multimillonarias y riesgos de incendios y electrocuciones sin crear nuevos delitos, solo incorporando la palabra "bien"…

Respalda el proyecto porque atiende pérdidas multimillonarias y riesgos de incendios y electrocuciones sin crear nuevos delitos, solo incorporando la palabra "bien" al hurto y al robo.

1 oct

Abril Gordienko López · Unidad Social Cristiana

Apoya el proyecto porque da seguridad jurídica para perseguir el apoderamiento de electricidad.

Apoya el proyecto porque da seguridad jurídica para perseguir el apoderamiento de electricidad. Pide valorar más adelante ajustes que sugirieron las instituciones consultadas.

1 oct

Sigrid Violeta Segura Artavia · Frente Amplio

Lo apoya porque protege la energía eléctrica en el Código Penal y fortalece el sistema eléctrico nacional, aunque lo hayan presentado diputados de otra bandera.

1 oct · y 1 sesión más

Otras 5 voces solo aparecen votando mociones de trámite, sin que el acta diga por qué: 3 de Pueblo Soberano y 2 sin fracción.

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