Prescripción de oficio de deudas
Nombre oficial: Prescripción de oficio para deudas financieras en cobro judicial
Dónde va
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Jose Francisco Nicolás Alvarado
Ver en qué comisión se vio
- Comisión de Asuntos Jurídicos16 sept 2024 – 4 abr 2025 · 1 sept 2026 – 9 sept 2026
Según la tramitación oficial de la Asamblea.
Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite
Por qué
Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos
La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.
Qué sigue
Para avanzar necesita ganar la votación en primer debate en el Plenario.
De qué trata
Permite al juez declarar prescritas las deudas viejas
Reforma las reglas del cobro judicial para que el juez pueda declarar de oficio la prescripción de una deuda —es decir, darla por extinguida por el paso del tiempo sin que el deudor tenga que alegarlo con abogado—, en vez de dejar que se cobren deudas que ya habían prescrito.
Para conversar
El problema que dice venir a resolver
Quienes lo firman sostienen que la caída del ingreso de los hogares empuja a la gente a endeudarse y que algunos prestamistas aprovechan esa necesidad, con lo que crece la morosidad. Afirman que muchos acreedores llevan a los tribunales deudas ya prescritas —cuyo plazo legal de cobro venció— y que el deudor sin plata para pagar una defensa no puede alegar esa prescripción ni distinguir qué parte del cobro ya no es exigible.
Agregan que el cobro judicial concentra la mayor parte de los casos activos del Poder Judicial y que ese trabajo de cobrador le resta recursos y tiempo a otras materias. Dicen que aplicar la prescripción sin que el deudor la pida obligaría a los acreedores a analizar mejor a quién le prestan y a gestionar su propio cobro en vez de trasladarlo todo a los tribunales.
Citan al INEC por una caída de 11% en el ingreso promedio de los hogares en diez años y a la Sugef, la Superintendencia General de Entidades Financieras, por un aumento de deudores de 897.477 en 2014 a 1.212.510 en 2023. También citan la II Encuesta Nacional de Endeudamiento de la Oficina del Consumidor Financiero, según la cual el 90% paga alguna deuda, y a la Defensoría de Apoyo al Deudor (DEFADE), que dice que siete de cada diez deudas que revisa están prescritas.
Qué dice el texto
El registro del expediente anota textos actualizados durante el trámite — el último, del 9 de septiembre de 2026. Estos puntos describen el texto tal como se presentó.
- Quién alega la prescripción: El juez aplica de oficio la prescripción de las deudas comerciales: declara por su cuenta que venció el plazo legal para cobrar, sin que el deudor tenga que pedirlo ni presentar una defensa.
- Aunque ya se haya pagado: La prescripción se aplica incluso en los casos en que la deuda ya fue pagada, según la nueva redacción del artículo 974 del Código de Comercio.
- Quién más puede invocarla: También pueden alegar la prescripción los acreedores o cualquier persona con interés en ello, si el beneficiado no la hace valer, y hasta cuando este haya renunciado a ella.
- Reglas que se quitan: Se derogan dos reglas de prescripción del Código de Comercio, los artículos 973 y 975, sin que el proyecto detalle su contenido.
- Qué deudas y qué plazo: La exposición de motivos describe el efecto sobre deudas comerciales —tarjetas de crédito, vehículos, electrodomésticos—, con un plazo de prescripción de cuatro años, y dice que el juez borraría del monto final los rubros prescritos.
El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 22 de agosto de 2024. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.
El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 24.517).
Qué pasó la semana del 7 al 13 de septiembre
La comisión tramitó las mociones de fondo por la vía del artículo 137: el diputado Hernández Ulloa retiró la suya y todas las demás —mociones 4 a 27, de los diputados Vargas Rodríguez, Gilbert Jiménez Siles y otros— fueron rechazadas por nueve votos en contra y cero a favor. Varios diputados criticaron que muchas mociones solo cambiaban una palabra o repetían la anterior, y objetaron sobre todo la que limitaba la ley a procesos iniciados después de su vigencia y la que exigía dar audiencia al acreedor. Con eso quedó concluido el trámite de mociones del expediente.
mar, 8 sept · Comisión
Fuente: el acta de la sesión 27 de la Comisión de Asuntos Jurídicos (mar, 8 sept). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas de comisiones.
Quién lo apoya y quién lo objeta
Las 12 voces cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de las 3 sesiones que hemos leído — no es el marcador de una votación, e incluye voces que no votan, como ministerios e instituciones invitadas. Cada quien queda del lado que sostuvo más veces.
Sostiene que el proyecto puede descongestionar la jurisdicción de cobro judicial, donde está la mayor mora del Poder Judicial, y que las prácticas actuales afectan…
Sostiene que el proyecto puede descongestionar la jurisdicción de cobro judicial, donde está la mayor mora del Poder Judicial, y que las prácticas actuales afectan sobre todo a la gente con menos recursos, aunque pide manejarlo con cuidado
Lo considera un buen proyecto, pero advierte que al derogar la norma que impide repetir lo pagado los deudores podrían reclamar lo que pagaron sobre deudas…
Lo considera un buen proyecto, pero advierte que al derogar la norma que impide repetir lo pagado los deudores podrían reclamar lo que pagaron sobre deudas prescritas, y que hay que medir el efecto de eso en el sistema
Defiende que prohibirle al juez declarar la prescripción legitima un ejercicio abusivo del acreedor y anuncia que votará en contra de todas las mociones porque no…
Defiende que prohibirle al juez declarar la prescripción legitima un ejercicio abusivo del acreedor y anuncia que votará en contra de todas las mociones porque no mejoran el proyecto y son contrarias a su espíritu
Vota en contra de las mociones pero pide rescatar la idea de dar traslado a las partes y construir un texto de consenso;
Vota en contra de las mociones pero pide rescatar la idea de dar traslado a las partes y construir un texto de consenso; describe el acoso y las conciliaciones forzadas contra deudores con deudas ya prescritas
Denuncia que los cobradores amenazan con embargos improbables y someten a las familias más vulnerables al pánico por deudas prescritas, y respalda que la…
Denuncia que los cobradores amenazan con embargos improbables y someten a las familias más vulnerables al pánico por deudas prescritas, y respalda que la prescripción se declare de oficio
Apoya el proyecto: como abogada litigante vio actas notariales falsas y cobros de deudas ya prescritas que derivaban en embargos de salarios y casas sin defensa…
Apoya el proyecto: como abogada litigante vio actas notariales falsas y cobros de deudas ya prescritas que derivaban en embargos de salarios y casas sin defensa previa
Rechaza la moción que aplicaría la ley solo a procesos futuros porque debilita la finalidad de descongestionar la mora judicial y de proteger al consumidor…
Rechaza la moción que aplicaría la ley solo a procesos futuros porque debilita la finalidad de descongestionar la mora judicial y de proteger al consumidor financiero
Sostienen que con esta reforma y las medidas contra el contrabando los ingresos podrían subir cerca de un 1% del PIB
Advierten que puede provocar exclusión financiera, encarecer el crédito, no atacar la raíz del sobreendeudamiento y colapsar los juzgados con cobros preventivos;
Advierten que puede provocar exclusión financiera, encarecer el crédito, no atacar la raíz del sobreendeudamiento y colapsar los juzgados con cobros preventivos; el BCR añade afectación a fondos públicos y un despropósito jurídico al permitir la repetición de lo pagado
Ve roces de inconstitucionalidad, vulneración del derecho de propiedad y confusión entre figuras procesales
Sus mociones proponen que no se declare la prescripción de oficio cuando la deuda ya fue pagada y que la ley rija solo para procesos iniciados después de su entrada…
Sus mociones proponen que no se declare la prescripción de oficio cuando la deuda ya fue pagada y que la ley rija solo para procesos iniciados después de su entrada en vigencia
Advierte, según el criterio leído en la comisión, que la reforma afecta la tutela judicial efectiva y podría tocar derechos adquiridos
Otra voz sin fracción solo aparece votando mociones de trámite, sin que el acta diga por qué.