Colegio de Contadores Públicos
Nombre oficial: Modificación de los artículos 24, 28 y 32 de la Ley de creación del Colegio de Contadores Públicos, sobre el régimen disciplinario y las competencias de la fiscalía y del tribunal de honor
Ver quién lo presentó
Paulina María Ramírez Portuguez, Alejandra Larios Trejos, María Daniela Rojas Salas, Luis Diego Vargas Rodríguez, Olga Lidia Morera Arrieta, Alejandro José Pacheco Castro, Carlos Felipe Garcia Molina
La vota la comisión que la estudia
Ver en qué comisión se vio
- Comisión de Asuntos Jurídicosdesde el 10 feb 2026
Según la tramitación oficial de la Asamblea.
Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite
Por qué
Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos
La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.
La estudia la Comisión de Asuntos Jurídicos · 10 diputaciones
De qué trata
Cambia cómo se sanciona a los contadores públicos
Traslada los procesos disciplinarios contra contadores públicos autorizados del Tribunal de Honor a la Fiscalía del Colegio, que instruye el caso y recomienda; la Junta Directiva dicta el acto final y reglamenta el procedimiento. El Tribunal de Honor queda reducido y solo concilia conflictos entre colegiados.
Según el texto presentado el 20 de enero de 2026. El proyecto puede cambiar durante el trámite.
El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.376).
Qué pasó la semana del 3 al 9 de agosto
En resumen
La comisión lo asignó a la subcomisión N.°1 con plazo al 24 de agosto de 2026.
mié, 5 ago · Comisión
Fuente: el acta de la sesión 19 de la Comisión de Asuntos Jurídicos (mié, 5 ago). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas de comisiones.
¿Qué sigue?
La subcomisión debe rendir su informe a la comisión.