Salud sexual y reproductiva
Nombre oficial: Ley sobre Derechos en Salud Sexual y Salud Reproductiva
Dónde va
Ver quién lo presentó
Andrea Álvarez Marín, Priscilla Vindas Salazar, Andrés Ariel Robles Barrantes, Antonio José Ortega Gutiérrez
Ver en qué comisión se vio
- Comisión de Asuntos Sociales14 feb 2023 – 13 mar 2023
- Comisión de Derechos Humanosdesde el 13 mar 2023
Según la tramitación oficial de la Asamblea.
Qué sigue
Para avanzar necesita ganar la votación en primer debate en el Plenario.
De qué trata
Agrega a la Ley General de Salud un capítulo que obliga al Estado a dar información y educación sexual, acceso a métodos anticonceptivos incluida la anticoncepción de emergencia y parto sin violencia; sanciona esterilizar sin consentimiento a personas con discapacidad.
Según el texto presentado el 1 de diciembre de 2022. El proyecto puede cambiar durante el trámite.
Para conversar
El problema que dice venir a resolver
Quienes lo firman sostienen que, pese a los avances del país en anticoncepción, atención de adolescentes y prevención del VIH, la Ley General de Salud no contiene un capítulo que aborde de manera integral los derechos sexuales y reproductivos, y que muchas políticas se han adoptado sin un marco jurídico sólido que haga más fácil y accesible ejercerlos.
Retoman un criterio del INAMU según el cual persisten muertes maternas evitables, fecundidad no deseada, poca atención a las necesidades de los hombres, violencia sexual contra mujeres jóvenes y resistencia de algunos grupos a la educación sexual. Citan que el uso del condón bajó de 15,7% en 1992 a 10,1% en 2005 y que las infecciones de transmisión sexual no disminuyen.
Citan además datos del Ministerio de Salud: 427 mujeres fallecidas por cáncer de mama en 2020, muertes por cáncer de próstata que pasaron de 420 a 445 ese mismo año, y unas 16.000 personas viviendo con VIH. Recuerdan recomendaciones del Comité de la CEDAW al país sobre anticoncepción, violencia obstétrica y educación sexual.
Qué dice el texto
El registro del expediente anota textos actualizados durante el trámite — el último, del 29 de febrero de 2024. Estos puntos describen el texto tal como se presentó.
- Quién tiene que cumplir: Pone en el Ministerio de Salud, junto con la CCSS, el MEP y otras entidades públicas, el deber de dictar y ejecutar las políticas y normas para asegurar estos derechos, con participación de organizaciones de la sociedad civil.
- Los anticonceptivos: El Ministerio de Salud debe asegurar el acceso y la disponibilidad de métodos anticonceptivos y de protección seguros, eficaces y modernos, y la CCSS debe garantizar que estén provistos y disponibles según cada etapa de la vida.
- La pastilla del día después: Reconoce el derecho a obtener de forma ágil y oportuna métodos anticonceptivos autorizados, incluida la anticoncepción de emergencia: el método hormonal que se usa para evitar un embarazo tras una relación sexual sin protección.
- Qué puede decidir cada quien: Reconoce el derecho a decidir de forma informada sobre tratamientos, a definir cuántos hijos tener y con qué intervalo, a la esterilización voluntaria e informada y a atención integral en casos de violencia o abuso sexual.
- VIH y otras infecciones: Da derecho a prevención, diagnóstico y tratamiento oportuno de las infecciones de transmisión sexual, incluidos VPH y VIH, y a recibir métodos de prevención, entre ellos el condón femenino y el masculino.
- Embarazo y parto: Reconoce el derecho a atención humanizada y libre de violencia antes, durante y después del parto, al acompañamiento durante toda la labor de parto, a información sobre riesgos del embarazo y a atención tras pérdidas gestacionales tempranas.
- Esterilizar con discapacidad: La persona con discapacidad decide si se esteriliza; si no puede consentir, lo hace de forma excepcional su representante legal. Quien la esterilice sin el consentimiento requerido incurre en responsabilidad penal, civil o administrativa.
El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 1 de diciembre de 2022. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.
El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 23.493).
Lo último en el registro del expediente
La comisión que lo estudió rindió su dictamen, según la tramitación oficial del expediente.
jue, 25 abr · Trámite oficial