Transporte de mascotas
Nombre oficial: Ley para regular el transporte seguro de animales domésticos en vehículos automotores
Dónde va
Ver quién lo presentó
- Nayuribe Guadamuz Rosales · Pueblo Soberano
La vota la comisión que la estudia
Ver en qué comisión se vio
- Comisión de Gobierno y Administracióndesde el 6 ago 2026
Según la tramitación oficial de la Asamblea.
Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite
Por qué
Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos
La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.
La estudia la Comisión de Gobierno y Administración · 9 diputaciones
Qué sigue
Para avanzar necesita ganar la votación en primer debate en el Plenario.
De qué trata
Regula cómo viajan los animales domésticos en vehículos
Reforma la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial (Ley 9078) para regular el transporte seguro de animales domésticos en vehículos automotores.
Para conversar
El problema que dice venir a resolver
Quien firma el proyecto sostiene que se ha vuelto costumbre transportar animales sin protección —sobre las piernas del conductor, asomados por la ventana, sueltos en el asiento delantero o en vehículos de carrocería abierta— y que eso distrae al volante, limita la reacción del conductor y puede interferir con el volante o los pedales.
Afirma que el ordenamiento costarricense no fija condiciones expresas para trasladar animales dentro de los vehículos, lo que llama un vacío normativo que dificulta la actuación de las autoridades de tránsito, y advierte que un animal suelto en una colisión se convierte en un cuerpo proyectado que puede lesionar a los ocupantes y al propio animal.
Cita que en los dos primeros cuatrimestres de 2024 fueron sancionados 1.237 conductores por hacer otra actividad mientras manejaban, y recoge declaraciones del director de la Policía de Tránsito sobre la conveniencia de llevar a los animales atrás y sujetos.
Qué dice el texto
- Qué se prohíbe: Prohíbe llevar animales domésticos sobre los asientos delanteros del vehículo, así como sobre las piernas o el regazo del conductor o de cualquier pasajero, vaya adelante o atrás.
- Cómo hay que llevarlos: Los animales deben ir preferentemente en los asientos traseros, cuando el vehículo los tenga, y con dispositivos de retención: sujeciones que eviten su caída, desplazamiento o salida del vehículo.
- Que no estorben el manejo: La sujeción debe impedir que el animal interfiera con la conducción o con los sistemas de seguridad del vehículo.
- La multa: Incumplir estas reglas se sanciona con multa categoría C, una de las escalas de multa que ya fija la Ley de Tránsito, y se agrega ese supuesto a la lista de infracciones de esa categoría.
- A quién le cae: La multa recae sobre el conductor que traslade animales domésticos en contra de estas reglas, no sobre el dueño del animal ni sobre los pasajeros.
- Qué es animal doméstico: Define en la Ley de Tránsito al animal doméstico como el que convive con personas bajo su tenencia, cuidado o responsabilidad, para compañía, asistencia, resguardo, trabajo u otro fin lícito.
El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 14 de julio de 2026. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.
El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.646).
Qué pasó la semana del 19 al 25 de octubre
El proyecto estuvo en el orden del día de la Comisión de Gobierno y Administración el 20 y el 21 de octubre, pero en ambas sesiones la comisión aprobó, por 6 votos a 0, mociones para posponer su conocimiento y continuar con el resto de la agenda.
Fuente: las actas de la sesión 22 de la Comisión de Gobierno y Administración (mar, 20 oct) y la sesión 23 de la Comisión de Gobierno y Administración (mié, 21 oct). La Asamblea no permite enlazarlas directo: se buscan por fecha en su consulta de actas de comisiones.