Prohibición de los ECOSIG
Nombre oficial: Ley para Prohibir y Sancionar los Esfuerzos para Cambiar la Orientación Sexual, Identidad o Expresión de Género (Ecosig) Reforma de la Ley General de Salud, Ley N.º 5395, de 30 de Octubre de 1973, para Adicionar los Artículos 35 Bis, 68 Bis, 384 Bis y un Inciso e) al Artículo 260.
Dónde va
Ver quién lo presentó
- Antonio Trejos Mazariegos, Vianey Briyith Mora Vega, Joselyn Fabiola Sáenz Núñez, Edgardo Vinicio Araya Sibaja, Sigrid Violeta Segura Artavia, María Eugenia Román Mora, José María Villalta Flórez Estrada · Frente Amplio
- Claudia Dobles Camargo · Agenda Ciudadana
- Eder Francisco Hernández Ulloa · Liberación Nacional
- Abril Gordienko López · Unidad Social Cristiana
La vota la comisión que la estudia
Ver en qué comisión se vio
- Comisión de Derechos Humanosdesde el 6 oct 2026
Según la tramitación oficial de la Asamblea.
Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite
Por qué
Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos
La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.
La estudia la Comisión de Derechos Humanos · 7 diputaciones
Qué sigue
Que la subcomisión termine su estudio y rinda su informe a la comisión.
De qué trata
Prohíbe y sanciona intentos de cambiar la orientación sexual
Reforma la Ley General de Salud para prohibir y sancionar los esfuerzos para cambiar la orientación sexual, la identidad o la expresión de género de una persona, conocidos por la sigla ECOSIG.
Para conversar
El problema que dice venir a resolver
Quienes lo firman sostienen que las llamadas «terapias de conversión» no son procedimientos médicos reconocidos, sino intervenciones que parten de que ciertas orientaciones o identidades son condiciones indeseables que hay que corregir. Afirman que se aplican tanto en entornos médicos y psicológicos como religiosos, comunitarios y familiares, mediante culpabilización, aislamiento, humillación o presión, y que van desde formas sutiles hasta violencia física.
Alegan que no existe evidencia científica de que estas prácticas modifiquen la atracción o la identidad de género, y citan una revisión publicada en JAMA Pediatrics y otra revisión sistemática que las asocian con depresión, angustia psicológica, autolesiones e intentos de suicidio. Citan además informes de Naciones Unidas y recomendaciones internacionales que piden a Costa Rica prohibirlas.
Sostienen que sin una prohibición expresa, familias preocupadas por sus hijos pueden pagar o consentir servicios que se ofrecen falsamente como tratamientos acreditados, y que un intento legislativo anterior sobre la misma materia no llegó a convertirse en ley.
Qué dice el texto
- Qué queda prohibido: Se prohíbe realizar, impartir, aplicar, imponer, obligar o financiar prácticas, tratamientos, servicios o consejerías dirigidos a una persona para modificar, reprimir, anular o suprimir su orientación sexual, identidad o expresión de género.
- Si la persona dice que sí: El consentimiento de quien se somete a la práctica no la excluye de la prohibición: aunque la persona acepte, la conducta sigue siendo sancionable si concurren los elementos definidos en la ley.
- Qué no cuenta como ECOSIG: Quedan fuera la exploración de la identidad sin resultado predeterminado, la atención clínica apropiada, el apoyo o acompañamiento para afrontar situaciones personales, y la expresión, enseñanza o predicación de convicciones religiosas.
- Personal de salud: A quienes ejercen profesiones u oficios en ciencias de la salud se les prohíbe aplicar, recomendar, prescribir, promover o participar en estas prácticas, y también referir a la persona a terceros sabiendo que ofrecen ese tipo de servicio.
- Atención psicológica legítima: Se mantiene permitido el acompañamiento psicológico o psiquiátrico y la atención de condiciones de salud, siempre que no imponga como resultado predeterminado una orientación o identidad y se base en criterios científicos y éticos.
- La publicidad: Se considera propaganda engañosa y perjudicial ofrecer, promocionar o publicitar estas prácticas, incluida la que les atribuya propiedades terapéuticas, curativas o científicamente comprobadas.
- Las sanciones: El Ministerio de Salud podrá imponer, según la gravedad, apercibimiento y orden de cese, multa en salarios base, suspensión temporal o cancelación del permiso sanitario de funcionamiento, sin perjuicio de responsabilidades civiles o penales.
- Cómo se gradúa el castigo: Se pesan la edad y vulnerabilidad de la persona afectada, la relación de autoridad o custodia, el uso de violencia, engaño, aislamiento o privación de libertad, la duración, el daño causado, el lucro y la reincidencia.
El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 9 de septiembre de 2026. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.
El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.776).
Qué pasó la semana del 19 al 25 de octubre
Es un expediente nuevo en la comisión y se asignó a la subcomisión número tres, que tiene quince días hábiles para rendir su informe. La comisión rechazó 3 a 2 una moción para consultarlo a colegios profesionales, instituciones públicas y organizaciones de la diversidad sexual, y también rechazó la revisión de esa votación. Luego aprobó 5 a 0 otra moción de consulta que incluye a esas mismas entidades y suma a la Conferencia Episcopal, Enfoque a la Familia, la Federación Alianza Evangélica Costarricense, Médicos por la Vida y el Frente Nacional por la Vida, entre otras. La revisión de esa votación se rechazó 5 a 0.
mar, 20 oct · Comisión
Fuente: el acta de la sesión 11 de la Comisión de Derechos Humanos (mar, 20 oct). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas de comisiones.