Contrabando de tabaco
Nombre oficial: Ley para la Eficiencia Fiscal y Combate al Contrabando de Tabaco
Dónde va
Ver quién lo presentó
Poder Ejecutivo
La vota la comisión que la estudia
Ver en qué comisión se vio
- Comisión de Asuntos Hacendariosdesde el 30 jul 2026
Según la tramitación oficial de la Asamblea.
Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite
Por qué
Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos
La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.
La estudia la Comisión de Asuntos Hacendarios · 11 diputaciones
Qué sigue
La comisión debe recibir a la Contraloría y esperar las respuestas del IAFA y del Inciensa a la consulta.
De qué trata
Baja impuestos a los cigarrillos y quita el aporte al Inder
Elimina el piso mínimo de impuestos del 85% que la ley del tabaco cobra a los cigarrillos y el tributo que financia al Instituto de Desarrollo Rural, y fija el impuesto específico en hasta ¢20 por unidad, ajustable con la inflación.
Según el texto presentado el 23 de julio de 2026. El proyecto puede cambiar durante el trámite.
Para conversar
El problema que dice venir a resolver
Quienes lo firman sostienen que el artículo 31 de la Ley General de Control del Tabaco quedó desfasado: menciona el impuesto general sobre las ventas, que fue sustituido por el IVA, y al Instituto de Desarrollo Agrario, que se convirtió en Instituto de Desarrollo Rural. Afirman que esa nomenclatura derogada, junto con un cálculo complejo y rígido, debilita la seguridad jurídica.
Argumentan que exigir que los impuestos sumen al menos un 85% sobre la categoría más vendida encarece de forma artificial las marcas legales baratas, ensancha la brecha de precio con el cigarrillo de contrabando y empuja a los consumidores de menores ingresos al mercado ilegal, fuera de los controles sanitarios. Agregan que tener dos administraciones cobrando, Hacienda y el INDER, duplica funciones.
Citan el informe de Estimación de la Evasión Fiscal por el Comercio Ilícito de Cigarrillos 2024, de la Dirección General de Hacienda: calcula el mercado ilícito en 43% y el incumplimiento de IVA, selectivo de consumo e impuesto específico en hasta 0,12% de la producción nacional anual (PIB). Recuerdan que ese impuesto financia a la CCSS, al IAFA y al INCIENSA.
Qué dice el texto
- El impuesto por unidad: Fija un impuesto específico de hasta veinte colones por cada cigarrillo, cigarro o puro de tabaco y sus derivados, sea de producción nacional o importado. Los veinte colones son un tope máximo, no un monto fijo.
- Qué productos abarca: Alcanza las partidas arancelarias —los códigos con que se clasifica la mercadería— 24.01 a 24.03: tabaco en rama y desperdicios, puros, cigarritos y cigarrillos, demás tabacos y sucedáneos, extractos y jugos de tabaco.
- El ajuste anual: El Ministerio de Hacienda debe actualizar cada año el monto máximo del impuesto según la variación del índice de precios al consumidor que calcula el INEC.
- El piso del 85%: Elimina el nivel de tributación mínimo: la regla que obligaba a que los impuestos sumados del cigarrillo no bajaran del 85% calculado sobre la categoría más vendida, y que prohibía reducir ese piso.
- Quién pone las reglas: En lugar de ese piso, la Dirección General de Tributación define por resolución —una norma administrativa de alcance general— las obligaciones que deben presentar los contribuyentes para cumplir la ley.
- El tributo del INDER: Elimina el impuesto al consumo de cigarrillos creado junto con el timbre agrario (Ley 5792), que administraba el Instituto de Desarrollo Rural, de modo que el cobro queda solo en manos del Ministerio de Hacienda.
El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 23 de julio de 2026. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.
El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.668).
Qué pasó la semana del 12 al 18 de octubre
La Comisión de Hacendarios aprobó por unanimidad, con 10 votos, una moción para recibir en audiencia a la Contraloría General de la República y consultar el proyecto al IAFA y al Inciensa. Al día siguiente, a pedido de una diputada, el viceministro de Ingresos explicó que en cigarrillos la carga tributaria supera el 350% del valor del producto y que, cuando se burlan los controles, grandes sumas terminan en grupos criminales.
Fuente: las actas de la sesión 53 de la Comisión de Asuntos Hacendarios (mar, 13 oct) y la sesión 55 de la Comisión de Asuntos Hacendarios (mié, 14 oct). La Asamblea no permite enlazarlas directo: se buscan por fecha en su consulta de actas de comisiones.
Quién lo apoya y quién lo objeta
Las 2 voces cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de las 3 sesiones que hemos leído — no es el marcador de una votación, e incluye voces que no votan, como ministerios e instituciones invitadas. Cada quien queda del lado que sostuvo más veces.
Lo presenta entre las iniciativas del Gobierno para combatir el contrabando y la evasión fiscal.
Ofrece el apoyo absoluto de Pueblo Soberano a las leyes de Hacienda para mejorar la recaudación
Otra voz sin fracción solo aparece votando mociones de trámite, sin que el acta diga por qué.