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Economía y trabajo · 24.211

Fondo de Competitividad Arrocero

Nombre oficial: Ley para la Creación del Fondo de Competitividad y Auxilio Arrocero

Dónde va

1
Apenas nace
9 días
Presentado · 12 mar 2024 – 21 mar 2024
Ver quién lo presentó

Andrés Ariel Robles Barrantes, Pedro Rojas Guzmán, María Marta Padilla Bonilla, Jose Francisco Nicolás Alvarado, Luis Fernando Mendoza Jiménez, Paulina María Ramírez Portuguez, Kattia Rivera Soto, Geison Enrique Valverde Méndez, Sonia Rojas Méndez, Katherine Andrea Moreira Brown, Danny Vargas Serrano, Monserrat Ruíz Guevara, Gilberth Jiménez Siles, Antonio José Ortega Gutiérrez, Johnatan Jesús Acuña Soto, Rocio Alfaro Molina, Priscilla Vindas Salazar, David Lorenzo Segura Gamboa, Jose Pablo Sibaja Jiménez, Yonder Andrey Salas Durán, Rosalía Brown Young, Gloria Zaide Navas Montero, Carlos Andrés Robles Obando, Leslye Rubén Bojorges León, Horacio Alvarado Bogantes, Alejandro José Pacheco Castro, Melina Ajoy Palma, Oscar Izquierdo Sandí, Rosaura Méndez Gamboa, Luz Mary Alpízar Loaiza, Dinorah Cristina Barquero Barquero, Olga Lidia Morera Arrieta, Sofia Alejandra Guillén Pérez

2
En estudio
6 meses
En comisión · 21 mar 2024 – 18 sept 2024
Ver en qué comisión se vio
  • Comisión de Asuntos Agropecuarios y Recursos Naturalesdesde el 4 abr 2024

Según la tramitación oficial de la Asamblea.

3
En debate
2 años y contando
Plenario · 18 sept 2024 – hoy
4
Voto final
2.º debate
5
¡Ya es ley!
Publicada
Hay pasos que este proyecto ya dejó atrás y que no presenciamos: seguimos las sesiones desde mayo de 2026.

Qué sigue

Para avanzar necesita ganar la votación en primer debate en el Plenario.

De qué trata

Crea el FONARROZ: cobra un arancel extra al arroz importado y un tributo a la cosecha nacional para pagar a los productores inscritos en la Corporación Arrocera la diferencia entre el precio local y el internacional, y darles créditos y avales (garantías).

Según el texto presentado el 12 de marzo de 2024. El proyecto puede cambiar durante el trámite.

Para conversar

El problema que dice venir a resolver

Quienes lo firman parten de que, desde que el Gobierno liberó el mercado del arroz —eliminó la fijación de precios al productor y al consumidor y rebajó los aranceles de importación del grano—, el productor nacional quedó obligado a vender su cosecha a precios internacionales que, según sostienen, no cubren sus costos de producción, sin periodos de transición ni alternativas de sustitución.

Citan datos de la Corporación Arrocera Nacional según los cuales el área sembrada, el número de productores y la producción de granza cayeron fuertemente tras ese cambio, mientras las importaciones de arroz en granza y pilado crecieron. Afirman que las acciones del Ejecutivo —compras institucionales y una mesa técnica con el sector— no dieron resultado.

Advierten que, de no aprobarse, el productor arrocero local desaparecería a corto plazo y el país quedaría dependiendo de importaciones expuestas a sequías, al fenómeno de El Niño, a restricciones de exportación de países asiáticos y a variaciones del tipo de cambio, con riesgo para la seguridad alimentaria.

Qué dice el texto

El registro del expediente anota textos actualizados durante el trámite — el último, del 23 de abril de 2025. Estos puntos describen el texto tal como se presentó.

  • Qué se crea: Crea el Fondo de Competitividad y Auxilio Arrocero (FONARROZ), con patrimonio propio, para compensar a los productores la diferencia entre el precio del arroz nacional y el importado, y para dar créditos y avales.
  • Quién manda: Lo dirige un Consejo Ejecutivo con representantes del sector productor, de los agroindustriales, del Estado y de la Corporación Arrocera, nombrados por la Junta Directiva de esa Corporación, que responden administrativa, civil y penalmente.
  • Quién paga: Cobra un arancel adicional por tonelada de arroz en granza y de arroz procesado que se importe, recaudado por Hacienda, y un tributo adicional por tonelada de granza producida en el país, que retienen las agroindustrias al comprarle al productor.
  • Quién cobra: El dinero va a productores micro, pequeños, medianos y grandes inscritos ante la Corporación Arrocera que hayan sembrado en al menos dos de los últimos cuatro periodos arroceros; se paga por saco seco y limpio entregado a la agroindustria.
  • El tope: La ayuda se calcula sobre una cuota de referencia con un área máxima definida en la ley: lo producido por encima de ese límite se considera extra-cuota y queda fuera del beneficio. Los productores nuevos entran con un área inicial limitada.
  • Cuándo se activa: El programa de ayuda solo opera si el costo nacional de producir una tonelada de granza supera al precio internacional puesto en planta en cierto margen y si los aranceles siguen por debajo del techo que Costa Rica tiene comprometido ante la OMC.
  • Crédito y emergencias: Autoriza al fondo a dar avales, garantías y créditos blandos para riego, tecnología, seguros de cosecha y mejoras de finca, y a abrir un fondo de emergencia si se declara emergencia fitosanitaria —por plagas— o climatológica.
  • Reglas y controles: Obliga a las agroindustrias a comprar las cuotas de producción nacional que se determinen, suspende la ayuda a quien incumpla, y saca al fondo de la regla fiscal, el límite de gasto de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.

El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 12 de marzo de 2024. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.

El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 24.211).

Lo último en el registro del expediente

La comisión que lo estudió rindió su dictamen, según la tramitación oficial del expediente.

mié, 18 sept · Trámite oficial