FODELI
Nombre oficial: Ley para Garantizar un Uso Eficiente del FODELI
Dónde va
Ver quién lo presentó
Rocio Alfaro Molina, Sofia Alejandra Guillén Pérez, Johnatan Jesús Acuña Soto, Priscilla Vindas Salazar, Andrés Ariel Robles Barrantes, Antonio José Ortega Gutiérrez
Ver en qué comisión se vio
- Comisión Especial de la Provincia de Limón8 abr 2026 – 6 may 2026
- Comisión de Gobierno y Administracióndesde el 12 ago 2026
Según la tramitación oficial de la Asamblea.
Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite
Por qué
Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos
La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.
Qué sigue
Para avanzar necesita ganar la votación en primer debate en el Plenario.
De qué trata
Obliga a ejecutar la plata del fondo de desarrollo de Limón
Busca que los recursos del Fondo de Desarrollo de la Provincia de Limón (FODELI) se ejecuten efectivamente y no queden sin usar.
Para conversar
El problema que dice venir a resolver
Quienes lo firman parten de que el FODELI nació de un préstamo aprobado por la Ley 7454, con 15 millones de dólares que en 1999 se redujeron a 10 millones, y que a tres décadas de su creación esos recursos no se han colocado de forma sistemática ni han dado el impacto regional esperado. Sostienen que la reforma de 2019 le dio desconcentración en grado máximo, o sea margen para decidir por su cuenta, pero que resultó insuficiente: el fondo sigue sin personal propio y depende de JAPDEVA, institución que según el texto arrastra una crisis financiera y de gestión.
Repasan otras iniciativas sobre el mismo fondo y les hallan fallas: una mantenía la dependencia de JAPDEVA y las debilidades que auditorías internas y la Contraloría señalaron en planificación, control y rendición de cuentas; otra pasaba los recursos al IMAS y derogaba la ley del fondo, lo que, dicen, terminaría con el FODELI.
Citan el Atlas de Desarrollo Humano Cantonal 2024 del PNUD, el programa de la ONU para el desarrollo: todos los cantones de Limón están por debajo del promedio nacional del Índice de Desarrollo Humano y la mayoría de la población vive en cantones con pobreza multidimensional media o alta. Advierten que esa exclusión, ligada según el estudio a la violencia y la inseguridad, se reproduce y se profundiza si no se atiende.
Qué dice el texto
- Qué da el fondo: Becas y aportes para estudios técnicos, parauniversitarios y universitarios, para bachillerato por madurez y para emprendimientos de micro y pequeñas empresas de Limón; pueden ser reembolsables, o sea que hay que devolverlos, o no reembolsables.
- Quién califica: Habitantes de Limón con residencia o arraigo de al menos siete años. Para las becas hay que estar en pobreza o vulnerabilidad social o probar dificultad económica, con datos del SINIRUBE, el registro único estatal de beneficiarios.
- El interés del crédito: En los aportes reembolsables la tasa de interés es la tasa básica pasiva que calcula el Banco Central menos un punto.
- Cómo se reparte la plata: La mitad de los recursos va a becas y aportes educativos y la otra mitad a emprendimientos; al menos el 70% se guarda en un fondo de capitalización y la distribución prioriza los cantones con menor índice de desarrollo social según MIDEPLAN.
- Los gastos de operación: Los gastos administrativos y operativos se cubren con hasta el 30% de los recursos cuando entra a regir el reglamento; luego solo con los rendimientos del fondo, y los administrativos no pueden pasar del 40% de los intereses anuales.
- La junta y las dietas: Integran la junta representantes de JAPDEVA, universidades y parauniversidades, el MEIC, el IMAS y uniones cantonales de asociaciones de desarrollo; cobran una dieta del 7% de un salario base por sesión, hasta cuatro sesiones pagadas al mes.
- La plata retenida: El Ministerio de Hacienda debe girarle al fondo, en un plazo máximo de tres meses, el monto acumulado en la Caja Única del Estado; si se atrasa corre un interés del doble de la tasa básica pasiva y es falta grave para los funcionarios responsables.
El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 5 de marzo de 2026. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.
El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.431).
Qué pasó la semana del 17 al 23 de agosto
Como expediente de nuevo ingreso, la comisión lo asignó a la subcomisión N.° 3 con un plazo de treinta días hábiles.
mar, 18 ago · Comisión
Fuente: el acta de la sesión 16 de la Comisión de Gobierno y Administración (mar, 18 ago). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas de comisiones.
Quién lo apoya y quién lo objeta
La única voz cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de la sesión que hemos leído — no es el marcador de una votación, e incluye voces que no votan, como ministerios e instituciones invitadas.
Proponente; solicita apoyo del Plenario