Maternidades y paternidades dignas
Nombre oficial: Ley para garantizar maternidades y paternidades en condiciones dignas, en procura del interés superior del menor
Dónde va
Ver quién lo presentó
Sofia Alejandra Guillén Pérez, Priscilla Vindas Salazar, Rocio Alfaro Molina, Johnatan Jesús Acuña Soto, Andrés Ariel Robles Barrantes, Antonio José Ortega Gutiérrez
La vota la comisión que la estudia
Ver en qué comisión se vio
- Comisión de Juventud, Niñez y Adolescenciadesde el 16 abr 2026
Según la tramitación oficial de la Asamblea.
Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite
Por qué
Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos
La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.
La estudia la Comisión de Juventud, Niñez y Adolescencia · 7 diputaciones
Qué sigue
La comisión espera las respuestas de las instituciones y organizaciones consultadas antes de rendir el informe del proyecto, ahora con plazo ampliado.
De qué trata
Prohíbe despedir a madres y padres de niños en primera infancia, exime del IVA productos y servicios de lactancia y posparto, rebaja el impuesto de renta a quienes tengan hijos pequeños o los contraten, y prioriza sus emprendimientos en la banca de desarrollo.
Según el texto presentado el 26 de marzo de 2026. El proyecto puede cambiar durante el trámite.
Para conversar
El problema que dice venir a resolver
Quienes firman el proyecto parten de que la tasa de fecundidad en Costa Rica viene cayendo y sostienen que eso no se explica solo por decisiones individuales, sino por condiciones estructurales: falta de estabilidad económica, alto costo de la vivienda, la educación, la alimentación, la salud y el cuido, y salarios que, dicen, han perdido capacidad de compra frente al costo de la vida.
Agregan un diagnóstico de desigualdad: afirman que las mujeres siguen asumiendo la mayor parte del trabajo doméstico y de cuidados no remunerado, que la maternidad les interrumpe la trayectoria laboral, y que la escasez de servicios de cuido y las jornadas poco flexibles hacen que muchas deban escoger entre el empleo y sostener la lactancia. Señalan además que la protección contra el despido que da el Código de Trabajo se pierde cuando el bebé todavía es muy pequeño.
Citan encuestas nacionales y datos del Instituto Nacional de Estadística y Censos, del UNFPA, de la Universidad de Costa Rica, del Estado de la Nación y de UNICEF sobre las razones para no tener hijos y sobre la duración de la lactancia exclusiva. Advierten que, de no actuar el Estado, se mantienen condiciones que afectan tanto la decisión de maternar o paternar como el bienestar y el desarrollo de las personas menores de edad, en contra —dicen— de los compromisos asumidos con la Convención sobre los Derechos del Niño.
Qué dice el texto
- Despido de la madre: Amplía la prohibición del Código de Trabajo: no se puede despedir a la trabajadora embarazada o en lactancia y se suma a las madres de niños de corta edad, salvo falta grave comprobada ante la Inspección de Trabajo.
- Despido del padre: Crea la misma protección para los hombres: se prohíbe despedir al trabajador que sea padre de un niño de corta edad, salvo falta grave que el patrono debe demostrar ante la Inspección General de Trabajo.
- Productos de lactancia: Exonera del impuesto al valor agregado los productos y servicios para la lactancia y la recuperación posparto —extractor y bolsas de leche, medicamentos, suplementos, consultas por depresión posparto—, según lista de Salud y Hacienda.
- Independientes con hijos: Cambia el crédito fiscal por hijo en el impuesto sobre la renta de quienes trabajan por cuenta propia: pasa a valer lo que cuesta una consulta privada de pediatría, según las tarifas mínimas del Colegio de Médicos y Cirujanos.
- Empresas que contratan: Permite a las empresas rebajar del impuesto sobre la renta un porcentaje del salario base fijado por ley por cada persona en planilla que sea madre o padre de un niño de corta edad; se calcula sobre ese salario base, no sobre el sueldo real.
- Créditos para emprender: Declara sector prioritario del Sistema de Banca para el Desarrollo —los fondos públicos de crédito y apoyo a pequeños negocios— a los emprendimientos liderados por madres y padres de niños de corta edad.
- Campañas del Estado: Obliga al Ministerio de Salud a hacer campañas informativas anuales sobre los derechos de las mujeres antes, durante y después del parto, y a sensibilizar a hombres y familiares sobre su papel de acompañamiento y corresponsabilidad.
El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 26 de marzo de 2026. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.
El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.469).
Qué pasó la semana del 10 al 16 de agosto
El diputado Trejos Mazariegos lo citó, en el marco del Día de la Madre, como uno de los proyectos concretos que la Asamblea podría avanzar para mejorar la vida de las madres costarricenses.
jue, 13 ago · Plenario
Fuente: el acta de la sesión extraordinaria 11 del Plenario (jue, 13 ago). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas del Plenario.
Quién lo apoya y quién lo objeta
La única voz cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de las 2 sesiones que hemos leído — no es el marcador de una votación, e incluye voces que no votan, como ministerios e instituciones invitadas.
Lo señala como un proyecto concreto que debe avanzar para dar una vida digna a las madres
Otras 2 voces solo aparecen votando mociones de trámite, sin que el acta diga por qué: 1 de Frente Amplio y 1 sin fracción.