Pertinencia cultural indígena
Nombre oficial: Ley para garantizar la atención con pertinencia cultural a las personas indígenas de Costa Rica: reformas a la Ley General de Salud, N.° 5395
Dónde va
Ver quién lo presentó
Sonia Rojas Méndez
La vota la comisión que la estudia
Ver en qué comisión se vio
- Comisión de Derechos Humanosdesde el 16 sept 2024
Según la tramitación oficial de la Asamblea.
Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite
Por qué
Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos
La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.
La estudia la Comisión de Derechos Humanos · 7 diputaciones
Qué sigue
La subcomisión debe presentar su informe a la comisión.
De qué trata
Garantiza a indígenas atención de salud acorde a su cultura
Reforma la Ley General de Salud para garantizar que las personas indígenas reciban atención con pertinencia cultural, es decir, adaptada a su cultura.
Para conversar
El problema que dice venir a resolver
La diputada que lo firma sostiene que el país ha descuidado la atención a los pueblos indígenas. Afirma que la legislación de salud no les ha garantizado una salud integral que respete sus prácticas, como el saber de las parteras tradicionales y de los awá, sus médicos tradicionales. También pide reconocer sus propios ritos fúnebres.
Cita el Convenio 169 de la OIT, un tratado internacional sobre derechos de los pueblos indígenas y tribales, que pide a los gobiernos darles servicios de salud adecuados. Advierte que, pese a esos compromisos internacionales, persiste la necesidad de mejorar sus condiciones de vida.
Cita el Censo del INEC de 2011, que contó 104.143 personas indígenas, cerca del 2,4% de la población. Según ese censo, el 10,2% de las adolescentes indígenas son madres, frente al 4,3% a nivel nacional.
Qué dice el texto
- La medicina tradicional: La atención de salud debe considerar de modo especial los métodos de prevención, las prácticas curativas y la medicina tradicional de los pueblos indígenas.
- La lengua: Toda embarazada, antes, durante y después del parto, tiene derecho a atención oportuna y personalizada en su lengua indígena, y a información clara sobre diagnósticos, tratamientos e intervenciones posibles.
- El parto: Puede parir de forma natural, incluso en posiciones tradicionales indígenas, siempre que no haya riesgo para ella o el bebé, y estar acompañada en el parto y el posparto por una persona que ella designe.
- La sanción: Si el personal de salud incumple estos derechos o somete a la embarazada a violencia ginecobstétrica, cuyas formas definirá un reglamento, comete una falta en el cargo, sancionada según la legislación vigente.
- Parteras y awá: Exceptúa de una prohibición de la Ley General de Salud a las parteras tradicionales y a los awá, jawá y krägä deanga que ejercen la medicina tradicional dentro de su territorio, reconocidos por sus representantes.
- Los entierros: Ningún cadáver puede quedar sin sepultar más de 36 horas salvo excepciones, pero las autoridades deben reconocer y proteger las prácticas sociales, culturales, religiosas y espirituales de los pueblos indígenas.
- El reglamento: El Ministerio de Salud tiene seis meses naturales para reglamentar lo que establece la ley.
El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 19 de agosto de 2024. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.
El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 24.506).
Qué pasó la semana del 21 al 27 de septiembre
Sigue en estudio en una subcomisión de la Comisión de Derechos Humanos. Se recordó que la subcomisión tiene hasta el 29 de setiembre de 2026 para rendir su informe.
mar, 22 sept · Comisión
Fuente: el acta de la sesión 8 de la Comisión de Derechos Humanos (mar, 22 sept). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas de comisiones.