Derecho al asiento en el trabajo
Nombre oficial: Ley para garantizar el derecho de las personas trabajadoras al asiento durante sus jornadas laborales
Dónde va
Ver quién lo presentó
Rocio Alfaro Molina, Andrés Ariel Robles Barrantes, Johnatan Jesús Acuña Soto, Priscilla Vindas Salazar, Antonio José Ortega Gutiérrez, Sofia Alejandra Guillén Pérez
Ver en qué comisión se vio
- Comisión de Asuntos Jurídicos5 ago 2025 – 16 abr 2026
Según la tramitación oficial de la Asamblea.
Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite
Por qué
Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos
La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.
Qué sigue
La comisión dictaminadora debe resolver las mociones de fondo antes de que el proyecto vuelva al Plenario.
De qué trata
Da a los trabajadores derecho a un asiento en su jornada
Obliga a los patronos a tener sillas o asientos con respaldo para que quien trabaja de pie pueda sentarse al menos quince minutos por cada cuatro horas. Les prohíbe obligar a estar de pie toda la jornada.
Según el texto presentado el 22 de abril de 2025. El proyecto puede cambiar durante el trámite.
Para conversar
Qué dice el texto
- Los asientos: Los patronos deben mantener un número suficiente de sillas o asientos con respaldo a disposición del personal, para que pueda sentarse o cambiar de postura de forma periódica.
- El tiempo sentado: En comercios, hoteles, restaurantes, supermercados, tiendas, bodegas y similares, la persona puede sentarse sin dejar de trabajar al menos quince minutos por cada cuatro horas laboradas de pie.
- Quién amplía el tiempo: La comisión de salud ocupacional del centro de trabajo o el médico de la empresa pueden fijar más de quince minutos sentado, según la naturaleza del trabajo.
- Industria y agro: La regla también aplica en establecimientos industriales y agrícolas cuando, por sus funciones, el personal deba permanecer más de cuatro horas de pie.
- Cajas y oficinas: A cajeros, oficinistas y personal de servicio al cliente se les permite realizar sus labores sentados.
- Lo prohibido: Los patronos no pueden obligar a estar de pie durante toda la jornada, ni prohibir que el personal se siente o cambie de postura mientras trabaja.
Según el texto presentado el 22 de abril de 2025. El proyecto puede cambiar durante el trámite.
El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 24.935).
Qué pasó la semana del 12 al 18 de octubre
Inició el primer debate con el dictamen afirmativo de mayoría del 7 de abril de 2026, firmado por seis diputados de la comisión; tres no lo firmaron. Se presentaron mociones de fondo por la vía del artículo 137, por lo que el proyecto volvió a la comisión que lo dictaminó.
mar, 13 oct · Plenario
Fuente: el acta de la sesión ordinaria 79 del Plenario (mar, 13 oct). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas del Plenario.