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Control político y transparencia · 23.181

Transparencia de patrimonios de jerarcas

Nombre oficial: Proyecto sobre transparencia de patrimonios e intereses económicos de jerarcas y funcionarios públicos (plazo cuatrienal)

Dónde va

1
Apenas nace
3 meses
Presentado · 20 jun 2022 – 16 sept 2022
Ver quién lo presentó

Johnatan Jesús Acuña Soto, Sofia Alejandra Guillén Pérez, Andrés Ariel Robles Barrantes, Antonio José Ortega Gutiérrez, Priscilla Vindas Salazar, Rocio Alfaro Molina

2
En estudio
1 año y 1 mes
En comisión · 16 sept 2022 – 17 oct 2023
Ver en qué comisión se vio
  • Comisión de Asuntos Económicos16 sept 2022 – 31 oct 2023

Según la tramitación oficial de la Asamblea.

3
En debate
2 años y 8 meses y contando
Plenario · 17 oct 2023 – 21 jun 2026

Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite

Por qué

Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos

La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.

Constitución, art. 119
4
Voto final
2.º debate
5
¡Ya es ley!
Publicada
Hay pasos que este proyecto ya dejó atrás y que no presenciamos: seguimos las sesiones desde mayo de 2026.

Qué sigue

Al rechazarse la revisión, el proyecto pierde el plazo cuatrienal solicitado.

De qué trata

Obliga a jerarcas a transparentar su patrimonio

Pretende fortalecer el combate a la corrupción mediante la transparencia de los patrimonios e intereses económicos de las personas jerarcas y funcionarias públicas obligadas a declarar su situación patrimonial.

Para conversar

El problema que dice venir a resolver

Quienes lo firman parten de que las declaraciones juradas de patrimonio que rinden los jerarcas y funcionarios de alto nivel son confidenciales y solo pueden verlas las comisiones investigadoras de la Asamblea, la Contraloría, el Ministerio Público y los tribunales. Sostienen que, sin esa información abierta, la ciudadanía, la prensa y los diputados no tienen cómo detectar enriquecimientos injustificados ni conflictos de interés.

Agregan que el registro de accionistas y beneficiarios finales creado por la Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal —donde consta quién controla o recibe de verdad las ganancias de cada sociedad, aunque no aparezca en los papeles— también es confidencial. Dicen que esa opacidad impide saber si un ministro, un diputado o un director usa su cargo para favorecer negocios privados en los que él o su familia tienen interés.

Citan una estimación del Banco Mundial que fija el costo mundial de la corrupción solo por sobornos en un trillón de dólares al año, y un estudio de Acuña-Alfaro y Transparencia Internacional Costa Rica que calcula unos 483 millones de dólares para el país y pérdidas de más de ¢150.377.500.000 en los seis casos más graves.

Qué dice el texto

  • Las declaraciones, públicas: El contenido de las declaraciones juradas de patrimonio deja de ser confidencial: la Contraloría debe publicarlas actualizadas en su sitio web, con acceso totalmente público en todo momento.
  • A quién le toca: Alcanza a las personas funcionarias que la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito ya obliga a declarar su situación patrimonial, es decir jerarcas y funcionarios de alto nivel.
  • Las empresas de la familia: El Banco Central publica cada tres meses un reporte con todas las sociedades y estructuras jurídicas donde el funcionario, su pareja o parientes hasta tercer grado, por sangre o por matrimonio, son accionistas o beneficiarios finales.
  • Los fideicomisos: El mismo reporte incluye los fideicomisos —contratos donde alguien entrega bienes a otro para que los administre a favor de un tercero— en que participen esas personas como fideicomitentes, fiduciarios o beneficiarios.
  • Al asumir el cargo: Para quien inicia funciones, el Banco Central publica un reporte inicial con esa misma información de los dos años previos al nombramiento o a la declaratoria de elección del Tribunal Supremo de Elecciones.
  • De dónde sale el dato: La información se toma del registro de accionistas y beneficiarios finales de la Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal; la Contraloría le envía cada trimestre al Banco Central la lista de obligados a declarar.
  • Las declaraciones viejas: Las presentadas antes de la ley se abren al público en un plazo máximo de tres meses: en papel las anteriores a 2016, en digital las posteriores, y el Archivo Nacional abre las que ya tenga en custodia.

El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 20 de junio de 2022. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.

El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 23.181).

Qué pasó la semana del 15 al 21 de junio

El Plenario rechazó una moción para ampliar a cuatro años el plazo de tramitación del expediente, con 41 votos en contra y 8 a favor. Al día siguiente también rechazó la moción de revisión de esa votación, con 46 votos en contra y 7 a favor, con lo que el plazo quedó sin extenderse.

Fuente: las actas de la sesión ordinaria 25 del Plenario (lun, 15 jun) y la sesión ordinaria 26 del Plenario (mar, 16 jun). La Asamblea no permite enlazarlas directo: se buscan por fecha en su consulta de actas del Plenario.