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Economía y trabajo · 25.257

Gestión crediticia con fondos públicos

Nombre oficial: Ley para el fortalecimiento de la gestión crediticia financiada con fondos públicos

Dónde va

1
Apenas nace
4 días
Presentado · 16 oct 2025 – 20 oct 2025
Ver quién lo presentó

María Marta Padilla Bonilla, Pedro Rojas Guzmán, Paulina María Ramírez Portuguez, Kattia Cambronero Aguiluz, Luz Mary Alpízar Loaiza, Cynthia Maritza Córdoba Serrano, Horacio Alvarado Bogantes, Monserrat Ruíz Guevara, Carlos Felipe Garcia Molina, Manuel Esteban Morales Díaz

2
En estudio
10 meses
En comisión · 20 oct 2025 – 18 ago 2026
0 a favor · 9 en contra · mar, 18 ago · Rechazado por el fondoLa comisión recomendó rechazarlo
Ver en qué comisión se vio
  • Comisión de Asuntos Económicosdesde el 2 feb 2026

Según la tramitación oficial de la Asamblea.

3
En debate
44 días
Plenario · 18 ago 2026
4
Voto final
2.º debate
5
¡Ya es ley!
Publicada
† Archivado el 3 de septiembre de 2026: el camino terminó acá.
Hay pasos que este proyecto ya dejó atrás y que no presenciamos: seguimos las sesiones desde mayo de 2026.

† Se archivó

El proyecto salió de la corriente legislativa el 3 de septiembre de 2026, según la tramitación oficial de la Asamblea Legislativa.

De qué trata

Pone a las instituciones y fondos públicos que prestan dinero fuera de los bancos bajo supervisión de la Sugef, la superintendencia financiera. Les exige registrar cada crédito en un sistema único y sanciona perdonar deudas sin ley expresa.

Según el texto presentado el 16 de octubre de 2025. El proyecto puede cambiar durante el trámite.

Para conversar

El problema que dice venir a resolver

Quienes lo firman sostienen que el crédito que se da con dinero público creció de forma desarticulada. Según dicen, los entes se crearon para responder a problemas puntuales y no como parte de un plan nacional. Afirman que, a diferencia de los bancos, ese crédito no tiene un marco común ni supervisión integral, lo que genera ineficiencias, duplicidades y poca transparencia.

Citan informes de la Contraloría General de la República con deficiencias en entidades como el INVU, Judesur y el Inder. Según esos informes, solo la mitad de las entidades puede detectar si una persona ya tiene otro crédito público con el mismo fin. También señalan que el 57,1% no tiene políticas formales para manejar el riesgo de crédito.

Advierten que la falta de controles expone a estas entidades a ser usadas para legitimar capitales, o sea lavar dinero. Sostienen además que las condonaciones de deuda sin estudios deterioran la cultura de pago y aumentan la morosidad. Afirman que no actuar no es una opción responsable.

Qué dice el texto

  • A quién aplica: A instituciones, juntas, fondos y fideicomisos públicos que prestan con recursos públicos fuera de la supervisión bancaria. Incluye los fondos especiales del Banco Popular y el Fodemipyme, fondo para micro, pequeñas y medianas empresas.
  • El registro único: Crea un sistema a cargo de la Sugef donde estos entes deben registrar cada crédito y sus beneficiarios. Al gestionar sus préstamos deben usarlo junto con el Sinirube, el registro nacional de beneficiarios del Estado.
  • Los requisitos: Quien reciba un crédito debe estar al día con la CCSS y con Hacienda. Cada entidad necesita una política de crédito aprobada por su dirección, un comité de crédito y sistemas para detectar duplicidades.
  • Quién paga: Los entes pagan una contribución anual de hasta 0,03% de lo que desembolsan en crédito directo. El Banco Central pone el 50% restante del costo de la fiscalización.
  • Perdonar deudas: Toda condonación, o sea perdón de una deuda, debe basarse en estudios técnicos y financieros que midan su impacto y los motivos del impago. Usar fondos públicos para condonar sin ley expresa es falta gravísima.
  • Las sanciones: Alcanzan a directivos y responsables de programas de crédito: amonestación escrita por faltas leves y suspensión sin salario de 1 a 30 días hábiles por graves. Las gravísimas se castigan con despido sin responsabilidad patronal, o sea sin indemnización.
  • Fusión o cierre: Mideplán tiene doce meses para estudiar si estas entidades siguen cumpliendo sus fines. Puede recomendar fusionarlas, reorganizarlas, modernizarlas o cerrarlas.

El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 16 de octubre de 2025. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.

El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.257).

Qué pasó la semana del 17 al 23 de agosto

Con el plazo para dictaminar vencido, la comisión votó el proyecto por el fondo y lo rechazó por unanimidad, con 0 votos a favor y 9 en contra. Con esa votación, la comisión rindió su dictamen, según la tramitación oficial del expediente.

Fuente: el acta de la sesión 18 de la Comisión de Asuntos Económicos (mar, 18 ago). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas de comisiones.