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Economía y trabajo · 25.478

Corrupción en asociaciones solidaristas

Nombre oficial: Ley para combatir la corrupción en las asociaciones solidaristas que realizan intermediación financiera (caso Asebanacio)

Dónde va

1
Apenas nace
9 días
Presentado · 7 abr 2026 – 16 abr 2026
Ver quién lo presentó

Sofia Alejandra Guillén Pérez, Priscilla Vindas Salazar, Rocio Alfaro Molina, Andrés Ariel Robles Barrantes, Johnatan Jesús Acuña Soto, Antonio José Ortega Gutiérrez

2
En estudio
7 meses y contando
En comisión · 16 abr 2026 – hoy

La vota la comisión que la estudia

Ver en qué comisión se vio
  • Comisión de Asuntos Económicosdesde el 20 abr 2026

Según la tramitación oficial de la Asamblea.

3
En debate
Plenario

Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite

Por qué

Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos

La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.

Constitución, art. 119
4
Voto final
2.º debate
5
¡Ya es ley!
Publicada
Hay pasos que este proyecto ya dejó atrás y que no presenciamos: seguimos las sesiones desde mayo de 2026.

La estudia la Comisión de Asuntos Económicos · 9 diputaciones

Stephan Brunner
presidencia
Pueblo Soberano
Nayuribe Guadamuz
secretaría
Pueblo Soberano
Andrea Valverde
Liberación Nacional
Antonio Barzuna
Pueblo Soberano
Fernando Obaldía
Pueblo Soberano
Janice Sandí
Liberación Nacional
Norjelens Lobo
Liberación Nacional
Reynaldo Arias
Pueblo Soberano
Sigrid Segura
Frente Amplio

Qué sigue

La comisión debe dictaminarlo dentro del nuevo plazo.

De qué trata

Retoma la supervisión de solidaristas que dan créditos

Según la diputada Sigrid Segura, busca prevenir el uso irregular de los fondos de cesantía en las asociaciones solidaristas que hacen intermediación financiera, es decir, que reciben y prestan dinero. Para eso reactiva los controles de supervisión financiera y limita los conflictos de interés entre el patrono y la asociación. Surge del caso Asebanacio.

Para conversar

El problema que dice venir a resolver

Quienes lo firman parten de la investigación legislativa sobre ASEBANACIO, la asociación solidarista del Banco Nacional. En 2011 el banco le trasladó el fondo para pagar la cesantía de sus trabajadores. Sostienen que, según la Procuraduría y la Contraloría, el patrono público no responde por las pérdidas de la asociación al administrar ese dinero.

Señalan que la SUGEF, el órgano que supervisa a las entidades financieras, eximió de su fiscalización a todas las solidaristas desde 1996. Las sometió a ella en 2017 y las volvió a eximir en 2021. Describen a ASEBANACIO como un banco paralelo: daba créditos a terceros sin documentos ni garantías, compraba créditos del propio banco y tenía representantes patronales en su junta directiva pese a una prohibición legal.

Citan a la gerente general de la asociación. Según ella, se colocaron dos mil ciento ochenta y un millones de colones sin garantías y hubo pérdidas por unos quince mil millones. Dicen que esas pérdidas las asumieron las personas asociadas con su ahorro.

Qué dice el texto

  • La supervisión: Ni la Junta Directiva del Banco Central ni la SUGEF, el órgano que supervisa a las entidades financieras, pueden eximir de sus controles y fiscalización a las solidaristas que hacen intermediación financiera: captar y prestar dinero.
  • Negocios con su banco: Las asociaciones solidaristas de entidades financieras públicas no pueden hacer negocios con la institución de la que surgen. El texto dice que la prohibición busca evitar conflictos de interés.
  • La cesantía primero: Las solidaristas pueden ahorrar, prestar, invertir y desarrollar programas sociales o de vivienda solo si no comprometen el dinero necesario para las devoluciones y los pagos de cesantía que fija la ley.
  • El control del patrono: Las instituciones públicas que trasladan el fondo de cesantía a una solidarista deben crear mecanismos para verificar que esos recursos se usen correctamente. El texto no detalla cuáles son esos mecanismos.

El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 7 de abril de 2026. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.

El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.478).

Qué pasó la semana del 5 al 11 de octubre

La comisión aprobó por 9 votos a 0 una moción de la diputada Sigrid Segura para prorrogar el plazo para dictaminarlo. La diputada explicó que el proyecto nace de una investigación de la Comisión de Ingreso y Gasto Público sobre pérdidas de unos ₡15.000 millones en Asebanacio por créditos sin garantías ni respaldo técnico.

mar, 6 oct · Comisión

Fuente: el acta de la sesión 21 de la Comisión de Asuntos Económicos (mar, 6 oct). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas de comisiones.