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Ambiente y energía · 23.511

Gestión integrada del recurso hídrico

Nombre oficial: LEY MARCO PARA LA GESTIÓN INTEGRADA DEL RECURSO HÍDRICO DICTAMEN AFIRMATIVO DE MAYORÍA de 10 DE OCTUBRE DE 2023

Dónde va

1
Apenas nace
2 meses
Presentado · 19 dic 2022 – 14 feb 2023
Ver quién lo presentó

Oscar Izquierdo Sandí, Jose Francisco Nicolás Alvarado, Katherine Andrea Moreira Brown, Dinorah Cristina Barquero Barquero, Monserrat Ruíz Guevara, Alejandra Larios Trejos, Geison Enrique Valverde Méndez, Sonia Rojas Méndez, Luis Fernando Mendoza Jiménez, Danny Vargas Serrano, Rosaura Méndez Gamboa, Gilberth Jiménez Siles, Jose Joaquín Hernández Rojas, Paulina María Ramírez Portuguez, Rosalía Brown Young, Alejandro José Pacheco Castro

2
En estudio
8 meses
En comisión · 14 feb 2023 – 26 oct 2023
Ver en qué comisión se vio
  • Comisión de Ambiente14 feb 2023 – 27 oct 2023

Según la tramitación oficial de la Asamblea.

3
En debate
2 años y 11 meses y contando
Plenario · 26 oct 2023 – hoy
4
Voto final
2.º debate
5
¡Ya es ley!
Publicada
Hay pasos que este proyecto ya dejó atrás y que no presenciamos: seguimos las sesiones desde mayo de 2026.

Qué sigue

Para avanzar necesita ganar la votación en primer debate en el Plenario.

De qué trata

Obliga a registrar los pozos y cobra por el uso del agua

Deroga la Ley de Aguas de 1942 y pone el agua bajo una Dirección Nacional de Aguas: obliga a inscribir pozos y concesiones en un registro, cobra canon por usar el agua y por verter aguas residuales, y multa las infracciones.

Según el texto presentado el 19 de diciembre de 2022. El proyecto puede cambiar durante el trámite.

Para conversar

El problema que dice venir a resolver

Quienes lo firman sostienen que la Ley de Aguas de 1942 se hizo para un país agroexportador y ya no responde a las exigencias ambientales ni al cambio climático. Agregan que las competencias sobre el agua quedaron repartidas entre muchas instituciones con reglas que se traslapan y compiten, lo que —dicen— produce una gobernanza débil del recurso.

Recuerdan que la reforma al artículo 50 de la Constitución, en 2020, reconoció el acceso al agua potable como derecho humano, y que la Sala Constitucional viene señalando desde el año 2000 la necesidad de una ley marco de agua. Afirman que llevar ese derecho a la práctica con una ley de más de 80 años resulta imposible.

Citan a un especialista en derecho ambiental según el cual el 90,1% de la población recibe agua de calidad potable y cada habitante consume 1.490 metros cúbicos al año, un 8% más que el promedio mundial. Sostienen además que solo se trata el 3% de las aguas residuales del país y que el canon por uso del agua genera más de 10 millones de dólares al año.

Qué dice el texto

El registro del expediente anota textos actualizados durante el trámite — el último, del 30 de octubre de 2024. Estos puntos describen el texto tal como se presentó.

  • La ley que se cae: Deroga la Ley de Aguas de 1942, salvo su capítulo sobre playas y zonas marítimas, que se mantiene; también deroga cuatro artículos de la Ley General de Salud referidos a aguas.
  • El registro de pozos: Quien ya aproveche agua con concesión o permiso debe inscribirlo en un plazo improrrogable de seis meses en el Registro para la Gestión del Recurso Hídrico, y los dueños de fincas deben reportar sus fuentes permanentes y pozos en operación.
  • El canon en la tarifa: El canon creado por la ley, o sea el pago por usar el agua y por verter aguas residuales, se incorpora a la tarifa de los servicios públicos municipales que usen ese recurso.
  • Las multas: Las infracciones graves —verter por encima del máximo permitido, actividades prohibidas en áreas de protección, reportar datos falsos, incumplir el caudal ambiental— se multan con tres a cuatro salarios base; las leves, con uno a dos.
  • Cárcel por usar sin permiso: Fija prisión de uno a tres años a quien, con ánimo de lucro, desvíe aguas que no le corresponden, estorbe el derecho de un tercero o use agua sin concesión ni permiso, salvo los usos comunes que la ley reconozca.
  • Minería: Antes de dar una concesión de explotación minera, Geología y Minas debe consultar a la Dirección Nacional de Aguas y al AyA, y lo que ellos digan sobre el impacto en el agua es vinculante: obliga a acatarlo.
  • Concesiones ya otorgadas: Las concesiones de agua dadas antes de la ley siguen rigiéndose por la legislación anterior hasta que venzan; si se prorrogan, deben ajustarse a las nuevas reglas.

El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 19 de diciembre de 2022. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.

El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 23.511).

Lo último en el registro del expediente

La comisión entregó el expediente a la Secretaría del Directorio, camino al Plenario, según la tramitación oficial del expediente.

jue, 26 oct · Trámite oficial