Adquisición de terrenos y expropiaciones
Nombre oficial: Ley General de Adquisición de Terrenos y Expropiaciones
Dónde va
Ver quién lo presentó
Luis Diego Vargas Rodríguez, Paulina María Ramírez Portuguez, Johana Obando Bonilla, Daniel Gerardo Vargas Quirós, Pilar Cisneros Gallo, Eliécer Feinzaig Mintz, Cynthia Maritza Córdoba Serrano, Gilberto Arnoldo Campos Cruz, Paola Nájera Abarca, Manuel Esteban Morales Díaz, Alexander Barrantes Chacón, Waldo Agüero Sanabria, Yonder Andrey Salas Durán, María Marta Padilla Bonilla, Rosalía Brown Young, Carlos Felipe Garcia Molina, Jose Pablo Sibaja Jiménez, David Lorenzo Segura Gamboa, Gerardo Fabricio Alvarado Muñoz, Gilberth Jiménez Siles, Gloria Zaide Navas Montero, María Marta Carballo Arce, Horacio Alvarado Bogantes, Alejandro José Pacheco Castro, María Daniela Rojas Salas, Carlos Andrés Robles Obando, Katherine Andrea Moreira Brown, Jose Francisco Nicolás Alvarado, Pedro Rojas Guzmán, Oscar Izquierdo Sandí, Geison Enrique Valverde Méndez, Sonia Rojas Méndez, Vanessa de Paul Castro Mora, Andrea Álvarez Marín, Danny Vargas Serrano, Alejandra Larios Trejos, Rosaura Méndez Gamboa, Luis Fernando Mendoza Jiménez, Dinorah Cristina Barquero Barquero, Monserrat Ruíz Guevara, Jose Joaquín Hernández Rojas, Olga Lidia Morera Arrieta
Ver en qué comisión se vio
- Comisión Especial de Infraestructura2 dic 2024 – 28 oct 2025
Según la tramitación oficial de la Asamblea.
Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite
Por qué
Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos
La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.
Qué sigue
Segundo día de mociones 137 para el mismo expediente, con posibilidad de incorporar mejoras al texto sustitutivo aprobado mediante una mesa de trabajo, según acuerdo informal entre diputados durante receso.
De qué trata
Agiliza expropiaciones y premia la venta voluntaria con 10%
Regula la adquisición por trato directo, donación y expropiación forzosa de bienes inmuebles por causa de interés público; crea la Dirección General de Adquisición de Bienes Inmuebles y Expropiaciones; incorpora figuras como permutas, incentivo económico del 10% a propietarios que accedan a venta voluntaria, y recepción de donaciones por parte de la administración.
Para conversar
El problema que dice venir a resolver
Quienes lo firman sostienen que las obras públicas se atrasan porque el Estado no logra disponer a tiempo de los terrenos por donde pasa el trazado, problema que se agrava en zonas urbanas densamente pobladas y que termina judicializado. Agregan que la Ley General de Contratación Pública obliga a tener esos terrenos antes de contratar y a acreditarlo ante la Contraloría.
Citan la ampliación Barranca-Limonal: iniciada en 2020 y prevista para enero de 2023, a esa fecha llevaba un 18% de avance, y de 400 millones de dólares de préstamo quedaron 150 sin ejecutar. Mencionan una indemnización de unos 13,3 millones de dólares a la constructora de la ruta Limonal-Cañas por sobrecostos ligados a la falta de terrenos.
Sobre la ruta 32 dicen que el plazo de obra creció 857 días, un 83% sobre el original, y que un 25% del tiempo reconocido a la empresa se debió a atrasos en expropiaciones. Advierten que, sin cambios, siguen los sobrecostos, los intereses de los préstamos y los rediseños que reducen la capacidad de las vías.
Qué dice el texto
El registro del expediente anota textos actualizados durante el trámite — el último, del 3 de junio de 2026. Estos puntos describen el texto tal como se presentó.
- Qué reemplaza: Deroga la Ley de Expropiaciones de 1995 y pone en un solo texto la compra directa, la donación y la expropiación de terrenos para obras del Estado o para obras que después se concesionen a privados.
- El incentivo por vender: A quien acepte vender de forma voluntaria se le paga un 10% adicional sobre el avalúo administrativo, o sea sobre el precio que fija el propio Estado, para evitar el pleito judicial.
- Entrar al terreno: Si el dueño no acepta el precio, el juez ordena la entrega del inmueble con solo verificar el depósito del avalúo: la discusión sobre el monto no frena la obra y se resuelve hasta la sentencia.
- La plata mientras se discute: El expropiado puede pedirle al juez que le gire el avalúo ya depositado sin renunciar a reclamar más; la indemnización final no puede pasar del monto mayor estimado en los avalúos y se paga en efectivo, salvo que acepte títulos valores.
- Los peritos: El juez toma al perito de una lista rotativa de los colegios profesionales; tiene tres días para aceptar y quince naturales para el dictamen, o sale de la lista por un año. Se le paga por hora, nunca un porcentaje del valor del terreno.
- Ocupación temporal: La Administración puede ocupar un terreno privado por un plazo máximo de cinco años con resolución motivada e indemnización; el dueño inconforme reclama ante el jerarca en tres días hábiles y le deben resolver en dos meses.
- La oficina nueva: Crea la Dirección General de Adquisición de Bienes Inmuebles y Expropiaciones, adscrita al MOPT, que hace los avalúos, administra las propiedades compradas por ese ministerio y dicta lineamientos para instituciones y municipalidades.
El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 29 de octubre de 2024. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.
El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 24.669).
Qué pasó la semana del 18 al 24 de mayo
El martes 19 de mayo arrancó el primer debate del proyecto en el Plenario y se presentaron mociones de fondo por la vía del artículo 137, que fueron remitidas a la comisión dictaminadora. Para el jueves 21 el expediente estaba suspendido a la espera del primer informe de esas mociones.
Fuente: las actas de la sesión ordinaria 12 del Plenario (mar, 19 may) y la sesión ordinaria 14 del Plenario (jue, 21 may). La Asamblea no permite enlazarlas directo: se buscan por fecha en su consulta de actas del Plenario.
Quién lo apoya y quién lo objeta
Las 3 voces cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de la sesión que hemos leído — no es el marcador de una votación, e incluye voces que no votan, como ministerios e instituciones invitadas. Cada quien queda del lado que sostuvo más veces.
A favor del proyecto en general pero en contra de ambos textos sustitutivos por considerar que no incorporan criterios técnicos del Juzgado Contencioso, la…
A favor del proyecto en general pero en contra de ambos textos sustitutivos por considerar que no incorporan criterios técnicos del Juzgado Contencioso, la Procuraduría y la Contraloría, lo que genera inseguridad jurídica. Propone mesa de trabajo para segundo día.
A favor de reformar la ley de expropiaciones, pero señala errores técnicos en el texto sustitutivo aprobado, especialmente en el tratamiento de bienes demaniales y…
A favor de reformar la ley de expropiaciones, pero señala errores técnicos en el texto sustitutivo aprobado, especialmente en el tratamiento de bienes demaniales y la compensación integral a comunidades. Propone mejoras para el segundo día.
Valida preocupaciones sobre bienes demaniales con base en experiencia como alcalde;
Valida preocupaciones sobre bienes demaniales con base en experiencia como alcalde; considera importante clarificar la redacción para proteger bienes comunales y agilizar obras públicas.
Otras 2 voces solo aparecen votando mociones de trámite, sin que el acta diga por qué: 1 de Pueblo Soberano y 1 sin fracción.