Sello de producción nacional
Nombre oficial: Ley del sello de producción nacional
Dónde va
Ver quién lo presentó
- Álvaro Ramírez Bogantes · Liberación Nacional
La vota la comisión que la estudia
Ver en qué comisión se vio
- Comisión de Asuntos Económicosdesde el 6 ago 2026
Según la tramitación oficial de la Asamblea.
Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite
Por qué
Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos
La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.
La estudia la Comisión de Asuntos Económicos · 9 diputaciones
Qué sigue
Se envía la consulta a la Cámara Nacional de Agricultura y Agroindustria y sigue el estudio en subcomisión.
De qué trata
Crea un sello para identificar productos nacionales
Propone crear un sello que identifique los productos de producción nacional.
Para conversar
El problema que dice venir a resolver
Quien lo firma sostiene que en los puntos de venta hay una asimetría de información: la persona consumidora no siempre tiene una señal visible, uniforme y confiable de si lo que compra es nacional, lo que le dificulta premiar con su compra a quien produce en el país y debilita la diferenciación frente a productos importados.
Agrega que la visibilización del origen costarricense depende de prácticas comerciales dispersas y de mecanismos voluntarios sin respaldo legal suficiente, lo que —dice— genera inseguridad jurídica y permite que operadores no elegibles se aprovechen de la reputación de lo nacional.
Cita el boletín estadístico agropecuario del MAG, según el cual el sector representa un 3,6% del producto interno bruto y las actividades primarias crecieron un 2% entre 2024 y 2025, y datos del Banco Central para el segundo trimestre de 2025 según los cuales el empleo agrícola cayó a menos de 200.000 personas. Invoca además las experiencias de Suiza y Nueva Zelanda como modelos de sellos de origen con reglas claras y control.
Qué dice el texto
- El sello: Crea un sello oficial de producción nacional para productos agrícolas, pecuarios, pesqueros, acuícolas y agroindustriales costarricenses. Lo otorga el MEIC, con criterio técnico previo del MAG o de Incopesca según el producto.
- Quién puede pedirlo: Basta con que la persona o empresa productora, pescadora, acuicultora o comercializadora esté registrada ante el MAG, Incopesca, Senasa (salud animal), el Servicio Fitosanitario del Estado u otro registro oficial habilitado.
- Los requisitos: El producto debe ser de origen totalmente nacional, cumplir las reglas sanitarias y de inocuidad, tener trazabilidad —poder seguirle el rastro desde su origen— y venir de una actividad que se desarrolle por completo en el país.
- En el punto de venta: Quien tenga el sello puede usarlo en empaques, exhibición y promoción. Si el producto se vende a granel, la marca debe verse en la góndola, canasta o bandeja; en ferias y mercados, con un rótulo pegado al producto.
- Si lo usan sin permiso: Usar el sello en productos que no cumplen habilita al MEIC, tras el debido proceso, a multar de tres a cuatro salarios base —la medida de referencia legal para calcular multas—, suspender o revocar el permiso y retirar el material.
- Trámites y papeleo: La verificación del origen se hace prioritariamente cruzando datos entre instituciones, y ninguna entidad pública puede exigir documentos que ya estén en poder de otra. El otorgamiento debe ser expedito y de bajo costo.
- La divulgación: MEIC, MAG e Incopesca quedan obligados a promover el sello y, durante los primeros doce meses de su implementación, a hacer una campaña nacional de divulgación.
El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 23 de junio de 2026. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.
El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.631).
Qué pasó la semana del 10 al 16 de agosto
La comisión aprobó por nueve votos consultar el proyecto al MEIC, al MAG, a Incopesca, a Senasa, al Servicio Fitosanitario, a la Comisión Nacional del Consumidor, a Comex y a cámaras del sector agropecuario y empresarial, y lo asignó a la subcomisión N.º 3.
mar, 11 ago · Comisión
Fuente: el acta de la sesión 17 de la Comisión de Asuntos Económicos (mar, 11 ago). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas de comisiones.
Quién lo apoya y quién lo objeta
La única voz cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de las 2 sesiones que hemos leído — no es el marcador de una votación, e incluye voces que no votan, como ministerios e instituciones invitadas.
Defiende el proyecto porque da al consumidor la posibilidad de identificar y apoyar al productor costarricense y es una herramienta que no le cuesta un cinco al…
Defiende el proyecto porque da al consumidor la posibilidad de identificar y apoyar al productor costarricense y es una herramienta que no le cuesta un cinco al Estado
Otra voz sin fracción solo aparece votando mociones de trámite, sin que el acta diga por qué.