Trabajadores independientes
Nombre oficial: Ley del Régimen Especial de las Personas Trabajadoras Independientes
Dónde va
Ver quién lo presentó
- Álvaro Ramírez Bogantes · Liberación Nacional
De qué trata
Crea un solo pago de impuestos y CCSS para independientes
Crea un régimen para trabajadores independientes: inscripción única en Hacienda que activa el seguro de la CCSS, cotización sobre el ingreso neto real, o sea ingresos menos gastos, y un monotributo: un solo pago de impuestos y cargas sociales.
Según el texto presentado el 1 de octubre de 2026. El proyecto puede cambiar durante el trámite.
Para conversar
El problema que dice venir a resolver
Quienes lo firman sostienen que la persona trabajadora independiente es el rostro de la precariedad. Según el texto, paga sola toda su cotización, carga con los riesgos de su actividad y tiene ingresos variables. Además, enfrenta una burocracia que presume sus ingresos y la trata con desconfianza.
Sostienen que la morosidad con la CCSS no responde a una irresponsabilidad masiva. La atribuyen a la precariedad, a una administración que no reconoce su realidad y al oportunismo en la afiliación: asegurarse solo ante una enfermedad costosa. Dicen que intereses, multas y trámites forman una trampa de deuda que aleja a la gente de la formalidad.
Citan datos del INEC según los cuales la informalidad entre independientes supera con mucho a la de los asalariados y golpea más a personas con menos estudios, adultas mayores y de zonas rurales. Agregan que el miedo a perder la casa frena el emprendimiento. Como referencia, citan el monotributo de Brasil, Uruguay y Argentina.
Qué dice el texto
- Inscripción única: Inscribirse en el Registro Único Tributario de Hacienda basta para quedar asegurado en la CCSS. Si la CCSS no completa el trámite en el plazo que fija la ley, la persona se tiene por inscrita para efectos de cobertura.
- Cuánto cotizan: La cuota a la CCSS se calcula sobre el ingreso neto real: ingresos brutos menos gastos necesarios, incluido el impuesto sobre la renta. La CCSS puede usar gastos presuntos por actividad, escalas progresivas y un techo de cotización.
- El monotributo: Quien vive de una actividad de subsistencia sin empleados paga un solo monto mensual que junta renta, salud, pensiones y riesgos del trabajo. Lo cobra la CCSS, que pasa a Hacienda la parte de impuestos. Excluye a profesionales liberales.
- La casa: La vivienda principal y los bienes de uso familiar no se pueden embargar por deudas del negocio, salvo renuncia expresa o deudas con la CCSS o Hacienda. La persona puede declararla protegida ante el Registro Nacional.
- Con un solo cliente: Quien depende económicamente de un solo cliente debe tener contrato escrito. El cliente indemniza si lo rescinde sin justificación. Si hay subordinación, la relación se trata como laboral bajo el Código de Trabajo.
- Los incentivos: Jóvenes y mujeres que se inscriben por primera vez, por un periodo inicial, y adultos mayores pagan una cuota reducida a la CCSS que completa el Estado. También quedan exentos de renta; para los mayores, la exención tiene un tope.
- Voz en la CCSS: Los trabajadores independientes tienen un representante en la Junta Directiva de la CCSS, dentro de los puestos del sector patronal. Lo eligen sus organizaciones inscritas con cierta antigüedad.
El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 1 de octubre de 2026. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.
El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.816).