Olvido oncológico
Nombre oficial: Ley del derecho al olvido oncológico
Dónde va
Ver quién lo presentó
Danny Vargas Serrano, Monserrat Ruíz Guevara, Luz Mary Alpízar Loaiza, Andrea Álvarez Marín, Geison Enrique Valverde Méndez, Vanessa de Paul Castro Mora, Olga Lidia Morera Arrieta
Ver en qué comisión se vio
- Comisión de Asuntos Sociales25 sept 2024 – 14 oct 2025
Según la tramitación oficial de la Asamblea.
Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite
Por qué
Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos
La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.
Qué sigue
Las mociones de fondo que se presenten deben tramitarse antes de que el Plenario pueda votarlo en primer debate.
De qué trata
Evita que a quien superó el cáncer le nieguen seguros
Busca que las personas que tuvieron cáncer y están en remisión completa no sean excluidas de las pólizas de seguros ni castigadas por el sistema financiero o en el acceso al empleo por su antecedente de la enfermedad.
Para conversar
El problema que dice venir a resolver
Quienes firman el proyecto sostienen que en Costa Rica no existe una ley específica sobre cáncer y que la materia está dispersa en decretos, manuales y normas sueltas, lo que —dicen— genera inseguridad jurídica para pacientes y para quienes ya superaron la enfermedad. Afirman que una persona sobreviviente de una enfermedad oncológica, después de un largo proceso médico, todavía enfrenta discriminación en lo laboral, lo social y lo financiero, y que los seguros de vida son de muy difícil acceso para ella.
Señalan que hay personas que han tenido que acudir a la Sala Constitucional porque sus derechos laborales se vieron afectados durante y después de la enfermedad, que en el sector financiero se les niega crédito por el solo hecho de haber tenido cáncer, y que también se les excluye de ayudas o de participar en comités, juntas directivas y asociaciones.
Citan datos de la Organización Mundial de la Salud y de su agencia de investigación en cáncer sobre incidencia, mortalidad y sobrevivencia, y afirman que Costa Rica tiene una de las tasas de sobrevivencia más altas de la región, sobre todo en cánceres de mama, próstata y cuello uterino, y en leucemia infantil. Dicen inspirarse en modelos ya adoptados en Chile, España, Irlanda, Perú y la Unión Europea.
Qué dice el texto
- Qué crea: Establece el llamado derecho al olvido oncológico: obliga al Estado a garantizar que haber tenido cáncer no pese en contra de la persona al contratar salud, seguros de vida, productos bancarios o financieros y empleo.
- A quién cubre: A quien terminó su tratamiento médico —curativo, adyuvante o paliativo— sin episodios de recurrencia durante el plazo que fija la ley; incluye a quienes siguen en tratamientos preventivos, porque esos no buscan eliminar el cáncer sino evitar su regreso.
- Desde cuándo corre: El derecho se activa una vez pasado cierto plazo desde que terminó el tratamiento sin recaídas, y ese plazo es más corto si la enfermedad se diagnosticó antes de la mayoría de edad.
- Qué queda sin efecto: Anula cláusulas, condiciones, exclusiones, restricciones o cualquier forma de discriminación basadas en el antecedente oncológico anteriores a la firma del contrato o negocio jurídico.
- Los seguros y el banco: Pasado el plazo, el asegurador no puede tomar en cuenta que la persona tuvo cáncer para efectos de contratar prestaciones de salud, cobertura de seguros o créditos financieros.
- No hay que contarlo: Cumplido el plazo sin recurrencia, la persona sobreviviente no está obligada a informar que padeció una enfermedad oncológica al firmar contratos de salud, seguros, créditos o trabajo.
- No se puede renunciar: Declara nulas las cláusulas en que la persona renuncie a estos derechos, y el incumplimiento abre paso a denuncias y sanciones; el Poder Ejecutivo debe reglamentar la ley y esta rige desde su publicación.
- Un detalle del texto: El artículo de objeto y los incisos que desarrollan el derecho no usan el mismo plazo entre sí, de modo que el articulado tal como fue presentado no es uniforme en cuánto tiempo debe pasar.
El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 4 de septiembre de 2024. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.
El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 24.541).
Qué pasó la semana del 24 al 30 de agosto
El Plenario aprobó por unanimidad, con 48 votos, una moción firmada por los jefes de fracción para retrotraer el proyecto e introducirle una enmienda acordada, con lo que quedó suspendido su conocimiento en segundo debate. Dos días antes había sido citado entre los temas de la sesión extraordinaria del jueves 27, aprobada con 46 votos a favor y ninguno en contra.
Fuente: las actas de la sesión ordinaria 56 del Plenario (mar, 25 ago) y la sesión extraordinaria 19 del Plenario (jue, 27 ago). La Asamblea no permite enlazarlas directo: se buscan por fecha en su consulta de actas del Plenario.
Quién lo apoya y quién lo objeta
Las 5 voces cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de las 2 sesiones que hemos leído — no es el marcador de una votación, e incluye voces que no votan, como ministerios e instituciones invitadas. Cada quien queda del lado que sostuvo más veces.
Celebra el expediente y dice que se trata de defender al consumidor de seguros y evitar exclusiones en las pólizas cuando la persona comprueba que superó la…
Celebra el expediente y dice que se trata de defender al consumidor de seguros y evitar exclusiones en las pólizas cuando la persona comprueba que superó la enfermedad
Pide apoyar la moción para retrotraer y corregir el proyecto, que a su juicio resuelve un obstáculo injusto en el acceso a seguros y empleo de quienes tuvieron…
Pide apoyar la moción para retrotraer y corregir el proyecto, que a su juicio resuelve un obstáculo injusto en el acceso a seguros y empleo de quienes tuvieron cáncer
Destaca que con la ley quienes superaron el cáncer podrán acceder en igualdad de condiciones a los seguros una vez en remisión completa
Apoya el proyecto porque considera injusto que se penalice a alguien por haber sufrido una enfermedad que hoy se puede curar
Celebra el proyecto y pide que conste en actas el agradecimiento al exdiputado Danny Vargas por proponerlo
Otra voz sin fracción solo aparece votando mociones de trámite, sin que el acta diga por qué.