AsambleaTeRinde2026 – 2030
Volver a la semana del 7 – 13 sept
Economía y trabajo · 25.737

Valores fiscales de vehículos

Nombre oficial: Ley de Regularización de Valores Fiscales del Impuesto a la Propiedad de Vehículos Automotores, Embarcaciones y Aeronaves

Dónde va

1
Apenas nace
14 días
Presentado · 24 ago 2026 – 7 sept 2026
Ver quién lo presentó

Poder Ejecutivo

2
En estudio
6 días y contando
En comisión · 7 sept 2026 – 13 sept 2026

La vota la comisión que la estudia

Ver en qué comisión se vio
  • Comisión de Asuntos Hacendariosdesde el 11 sept 2026

Según la tramitación oficial de la Asamblea.

3
En debate
Plenario
4
Voto final
2.º debate
5
¡Ya es ley!
Publicada

La estudia la Comisión de Asuntos Hacendarios · 11 diputaciones

Nogui Acosta
presidencia
Pueblo Soberano
Grethel Ávila
secretaría
Pueblo Soberano
Ángela Aguilar
Liberación Nacional
Antonio Trejos
Frente Amplio
Cindy Murillo
Pueblo Soberano
Daniel Siezar
Pueblo Soberano
Diana Murillo
Liberación Nacional
Gerardo Bogantes
Pueblo Soberano
Kattia Ulate
Pueblo Soberano
María Román
Frente Amplio
Salvador Padilla
Liberación Nacional

Qué sigue

Para avanzar necesita el dictamen de la comisión que lo estudia.

De qué trata

Ajusta el impuesto de carros, botes y aviones al mercado

Permite al Ministerio de Hacienda ajustar, de oficio o a pedido del interesado, el valor fiscal —el monto con que se calcula el impuesto a la propiedad— de carros, embarcaciones y aeronaves, llevándolo al promedio de mercado y solo para períodos futuros.

Según el texto presentado el 24 de agosto de 2026. El proyecto puede cambiar durante el trámite.

Para conversar

El problema que dice venir a resolver

Quienes lo firman sostienen que el Ministerio de Hacienda ha detectado vehículos que entran al país declarando en aduanas valores menores a su valor real de mercado, lo que distorsiona la base sobre la que se cobra el impuesto a la propiedad y reduce la recaudación. Agregan que eso genera trato desigual entre dueños de bienes de valor parecido y afecta los ingresos públicos que financian los servicios del Estado.

Aclaran que el Código Tributario ya reconoce facultades de verificación, pero que conviene una autorización legal expresa y específica para revisar y ajustar el valor fiscal, sin crear un nuevo impuesto y respetando que la corrección no se aplique hacia atrás.

Citan una estimación de la Dirección General de Hacienda según la cual corregir esas presuntas subdeclaraciones subiría la recaudación del impuesto en 2.455 millones de colones, o hasta 3.289 millones si se suma el margen de ganancia promedio por la venta del automotor. Dicen que el cálculo se hizo con 171.210 registros de importaciones de los años 2025 y 2026, contrastados con la base de datos del INS para el cobro del derecho de circulación 2026.

Qué dice el texto

  • Qué se ajusta: El valor fiscal de carros, embarcaciones y aeronaves: la cifra que la Administración les asigna y sobre la cual se calcula el impuesto a la propiedad de esos bienes.
  • Quién lo hace: La Dirección General de Tributación queda autorizada a hacer el ajuste por iniciativa propia o a solicitud del interesado, en los casos en que proceda.
  • Desde cuándo cobra: El nuevo valor solo rige para los períodos fiscales posteriores a que quede firme el acto administrativo: no se cobran diferencias por años anteriores.
  • Cómo se calcula: Tributación puede usar las guías de valores oficiales publicadas por Hacienda y comparar marca, modelo, año de fabricación y especificaciones técnicas del vehículo.
  • Qué no toca: La corrección tiene fines únicamente del impuesto a la propiedad; según la exposición de motivos, no reabre ni recalcula los impuestos de importación ya liquidados en aduanas.
  • También puede bajar: La exposición de motivos admite que hay casos a la inversa —valores declarados por encima del mercado— y por eso el ajuste puede pedirlo el propio dueño.
  • Un desliz del texto: El artículo propuesto manda comparar con el valor promedio de mercado de "bienes inmuebles" con características similares, aunque lo que regula son bienes muebles: vehículos, embarcaciones y aeronaves.

El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 24 de agosto de 2026. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.

El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.737).

Lo último en el registro del expediente

Se le asignó la comisión que lo va a estudiar, según la tramitación oficial del expediente.

lun, 7 sept · Trámite oficial

Quién lo apoya y quién lo objeta

La única voz cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de la sesión que hemos leído — no es el marcador de una votación, e incluye voces que no votan, como ministerios e instituciones invitadas.

1Lo apoyan
Ministerio de Hacienda (viceministro de Ingresos Víctor Julio Carvajal)

La cita como parte de las acciones para evitar la subfacturación de vehículos importados

2 sept