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Seguridad · 25.860

Identidad oculta en manifestaciones

Nombre oficial: Ley de Reforma al Código Penal para Agravar las Sanciones por el Ocultamiento Intencional de la Identidad en Manifestaciones Públicas

Dónde va

1
Apenas nace
4 días
Presentado · 22 oct 2026 – 26 oct 2026
Ver quién lo presentó
  • Robert Johsan Barrantes Camacho · Pueblo Soberano
2
En estudio
13 días y contando
En comisión · 26 oct 2026 – hoy

La vota la comisión que la estudia

3
En debate
Plenario
4
Voto final
2.º debate
5
¡Ya es ley!
Publicada

Qué sigue

Para avanzar necesita el dictamen de la comisión que lo estudia.

De qué trata

Endurece penas por daños en protestas con la cara tapada

Endurece las penas por dañar bienes, bloquear vías o pintar paredes durante una manifestación cuando la persona se tapa la cara con capucha, máscara o pañuelo para ocultar su identidad.

Según el texto presentado el 22 de octubre de 2026. El proyecto puede cambiar durante el trámite.

Para conversar

El problema que dice venir a resolver

Quien lo firma sostiene que el derecho a manifestarse no está en discusión, pero que algunas personas usan capuchas, máscaras o pañuelos para ocultar su identidad mientras dañan bienes públicos y privados o bloquean vías. Afirma que eso dificulta que la Policía o el Ministerio Público las identifiquen y que, como taparse la cara no está penado, se fomenta que se repita.

Cita la marcha nacional por la educación del 20 de octubre de 2026, en la que se reportaron intervenciones sobre el monumento a José Figueres Ferrer en la Plaza de la Democracia y personas con el rostro cubierto subidas a su estructura. Dice que los daños terminan pagándolos los dueños o las instituciones que cuidan esos bienes.

Se apoya en un voto de 2017 de la Sala Constitucional según el cual la protesta con agresiones o vandalismo queda fuera de la protección del derecho de reunión pacífica. Menciona como antecedentes dos proyectos anteriores sobre el ocultamiento del rostro y leyes de España e Italia.

Qué dice el texto

  • Daños con la cara tapada: Dañar bienes durante una manifestación o reunión pública con el rostro cubierto para ocultar la identidad pasa a ser daño agravado, castigado con prisión de seis meses a cuatro años.
  • Bloqueo de vías: La pena por obstruir la vía pública sube una tercera parte si se hace en una manifestación con capucha, máscara, pañuelo u otro objeto que tape la cara para no ser identificado.
  • Pintar paredes: La sanción por dibujar en paredes, de diez a sesenta días multa (una sanción en dinero), sube una tercera parte si se hace en una manifestación con el rostro cubierto para ocultar la identidad.
  • Lo que no castiga: El proyecto no crea un delito por cubrirse el rostro: el aumento solo aplica si la persona, además, daña bienes, obstruye la vía o pinta paredes en una manifestación o reunión pública.
  • La intención: El aumento exige que la persona se cubra la cara con el propósito de ocultar su identidad mientras comete la conducta; el texto no castiga solo llevar el rostro tapado.

El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 22 de octubre de 2026. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.

El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.860).

Lo último en el registro del expediente

Se le asignó la comisión que lo va a estudiar, según la tramitación oficial del expediente.

lun, 26 oct · Trámite oficial

Quién lo apoya y quién lo objeta

La única voz cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de la sesión que hemos leído — no es el marcador de una votación, e incluye voces que no votan, como ministerios e instituciones invitadas.

1Lo apoyan
Robert Johsan Barrantes Camacho · Pueblo Soberano

Defiende las manifestaciones pacíficas pero rechaza el vandalismo contra el patrimonio cultural

22 oct