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Salud · 25.838

Salud nutricional en centros educativos

Nombre oficial: Ley de Promoción de la Salud Nutricional en los Centros Educativos

Dónde va

1
Apenas nace
1 día y contando
Presentado · 14 oct 2026 – hoy
Ver quién lo presentó
  • Salvador Padilla Villanueva, Karol Vanessa Matamoros Montoya, Janice Patricia Sandí Morales · Liberación Nacional
2
En estudio
En comisión
3
En debate
Plenario
4
Voto final
2.º debate
5
¡Ya es ley!
Publicada

De qué trata

Obliga al MEP, junto con el Ministerio de Salud, a impulsar la educación alimentaria y nutricional en escuelas y colegios, vigilar lo que se vende en ellos y medir periódicamente el estado nutricional del estudiantado, con sus datos protegidos.

Según el texto presentado el 14 de octubre de 2026. El proyecto puede cambiar durante el trámite.

Para conversar

El problema que dice venir a resolver

Quienes lo firman parten de que los hábitos alimentarios se forman desde la infancia y de que el sobrepeso y la obesidad en la población escolar siguen siendo un problema de salud pública. Sostienen que el consumo se ha movido hacia productos procesados con mucha grasa, azúcar y sal.

Señalan que faltan mediciones escolares periódicas y comparables, lo que impide ver tendencias, evaluar lo que se hace y priorizar recursos. También dicen que el reglamento de las sodas estudiantiles necesita mejor aplicación y seguimiento, para que lo que se enseña en el aula sea coherente con lo que se ofrece en el centro educativo.

Citan el Censo Escolar de Peso y Talla del Ministerio de Salud. También citan a la Organización Mundial de la Salud (OMS), que asocia el sobrepeso y la obesidad con diabetes, enfermedades del corazón y varios tipos de cáncer, y en la niñez con acoso, estigmatización y peor rendimiento escolar.

Qué dice el texto

  • A quién aplica: Rige para los centros públicos de preescolar, primaria y secundaria. En los privados aplica solo a los planes de estudio oficiales y a las mediciones nutricionales, dentro de la inspección que le toca al Estado.
  • Lo que se enseña: El MEP propone al Consejo Superior de Educación, que dirige la enseñanza oficial, incluir poco a poco contenidos de alimentación en varias materias. Además, la Ley Fundamental de Educación suma la educación nutricional entre sus fines.
  • Las sodas: El MEP y el Ministerio de Salud vigilan que se cumplan las reglas sobre venta de alimentos y bebidas en los centros públicos, y promueven que los privados también las apliquen.
  • Las mediciones: Se mide periódicamente el estado nutricional del estudiantado. Lo hace personal de salud obligado al secreto profesional, que avisa antes a las familias y a cada estudiante y debe evitar cualquier estigmatización.
  • Los datos: Los resultados se tratan como datos sensibles: solo se usan para prevención y políticas públicas, y se divulgan agregados y anonimizados, es decir, sin que se pueda identificar a nadie.
  • Quién asesora: El Colegio de Profesionales en Nutrición aconseja sobre cómo medir y cómo leer los resultados. Su criterio no obliga a los ministerios y solo ve datos anónimos.
  • El control: El MEP fija indicadores públicos y publica en su sitio web un informe semestral sobre lo que se cumplió y lo que falta. El informe también se envía al Consejo Superior de Educación y al Ministerio de Salud.

El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 14 de octubre de 2026. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.

El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.838).