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Economía y trabajo · 25.696

Inspección General de Trabajo

Nombre oficial: Ley de modernización y fortalecimiento de la Inspección General de Trabajo

Dónde va

1
Apenas nace
5 días
Presentado · 5 ago 2026 – 10 ago 2026
Ver quién lo presentó
  • Vianey Briyith Mora Vega, Antonio Trejos Mazariegos, Edgardo Vinicio Araya Sibaja, Joselyn Fabiola Sáenz Núñez, José María Villalta Flórez Estrada, María Eugenia Román Mora, Sigrid Violeta Segura Artavia · Frente Amplio
2
En estudio
44 días y contando
En comisión · 10 ago 2026 – hoy

La vota la comisión que la estudia

Ver en qué comisión se vio
  • Comisión de Asuntos Socialesdesde el 1 sept 2026

Según la tramitación oficial de la Asamblea.

3
En debate
Plenario

Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite

Por qué

Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos

La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.

Constitución, art. 119
4
Voto final
2.º debate
5
¡Ya es ley!
Publicada
Hay pasos que este proyecto ya dejó atrás y que no presenciamos: seguimos las sesiones desde mayo de 2026.

La estudia la Comisión de Asuntos Sociales · 10 diputaciones

Sadie Britton
presidencia
Pueblo Soberano
Robert Barrantes
secretaría
Pueblo Soberano
Anna Müller
Pueblo Soberano
Diana Murillo
Liberación Nacional
Edgardo Araya
Frente Amplio
Iztarú Alfaro
Liberación Nacional
Karol Matamoros
Liberación Nacional
Kristel Ward
Pueblo Soberano
Royner Mora
Pueblo Soberano
Víctor Hidalgo
Liberación Nacional

Qué sigue

La subcomisión 3 debe rendir su informe a la comisión antes del 2 de diciembre.

De qué trata

Refuerza la vigilancia estatal de los derechos laborales

Busca modernizar y fortalecer la Inspección General de Trabajo, la dependencia del Ministerio de Trabajo encargada de vigilar que los patronos cumplan la legislación laboral.

Para conversar

Qué dice el texto

  • Quién pone las multas: La Dirección Nacional de Inspección del Trabajo pasa a imponer las sanciones por faltas laborales en sede administrativa, o sea sin juicio previo; los juzgados de trabajo quedan para revisar las sanciones impugnadas.
  • Cuánto se paga: Las multas van de uno a veintitrés salarios base, según la Ley 7337. Las faltas leves llegan hasta siete salarios base, las graves de ocho a quince y las muy graves de dieciséis a veintitrés.
  • Cierre del negocio: Se puede ordenar el cierre o suspensión del centro de trabajo por no pagar el salario mínimo, y también cuando la persona inspectora detecte trata de personas, trabajo infantil o trabajo forzoso, avisando de inmediato a las autoridades.
  • Visitas sin avisar: Las personas inspectoras pueden hacer visitas sin previo aviso y sus actas valen como prueba muy calificada, que el patrono puede desvirtuar. Desobedecerlas u obstruir su labor se castiga con multa de uno a siete salarios base.
  • Corregir antes de la multa: Se crea el acta de prevención: se da un plazo para arreglar lo detectado y, si el incumplimiento sigue, arranca el procedimiento sancionador. La multa puede bajar hasta un 50% si se subsana y se repara el daño, salvo faltas muy graves o reincidencia.
  • Si vuelve a incumplir: Repetir la misma infracción dentro de un año desde que la sanción quedó firme se castiga con el doble de la multa. Las sanciones a reincidentes se publican en el sitio del Ministerio de Trabajo hasta por un año.
  • Contratar con el Estado: Las empresas con multas administrativas sin pagar o sin corregir el incumplimiento no pueden obtener ni mantener beneficios de impuestos o aranceles, ni participar en licitaciones, cotizaciones o contrataciones con el Estado.

Según el texto presentado el 5 de agosto de 2026. El proyecto puede cambiar durante el trámite.

El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.696).

Qué pasó la semana del 7 al 13 de septiembre

La Comisión de Asuntos Sociales asignó el expediente a la subcomisión 3, con plazo hasta el 2 de diciembre de este año.

mar, 8 sept · Comisión

Fuente: el acta de la sesión 23 de la Comisión de Asuntos Sociales (mar, 8 sept). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas de comisiones.