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Economía y trabajo · 24.510

Patentes de Golfito

Nombre oficial: Ley de impuestos a las actividades económicas de la Municipalidad de Golfito

Dónde va

1
Apenas nace
15 días
Presentado · 21 ago 2024 – 5 sept 2024
Ver quién lo presentó

Carlos Andrés Robles Obando, Melina Ajoy Palma

2
En estudio
6 meses
En comisión · 5 sept 2024 – 5 mar 2025
Ver en qué comisión se vio
  • Comisión Especial de la Provincia de Puntarenas16 sept 2024 – 4 abr 2025 · 27 mar 2026 – 2 jul 2026
  • Comisión de Asuntos Municipalesdesde el 6 ago 2026

Según la tramitación oficial de la Asamblea.

3
En debate
1 año y 6 meses y contando
Plenario · 5 mar 2025 – 23 ago 2026

Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite

Por qué

Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos

La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.

Constitución, art. 119
4
Voto final
2.º debate
5
¡Ya es ley!
Publicada
Hay pasos que este proyecto ya dejó atrás y que no presenciamos: seguimos las sesiones desde mayo de 2026.

Qué sigue

La comisión dictaminadora conocerá las mociones de fondo vía artículo 137.

De qué trata

Cambia el impuesto que pagan los negocios de Golfito

Establece nuevas reglas para el impuesto que la Municipalidad de Golfito cobra a las actividades económicas (las patentes comerciales), e incluye un transitorio que da plazo a los patentados actuales para ajustarse a esas reglas.

Para conversar

El problema que dice venir a resolver

Quienes lo firman sostienen que la Ley de Impuestos Municipales de Golfito, N.° 7505, es de 1995 y quedó desactualizada, al punto de que no contempla muchas de las actividades lucrativas que se han instalado en el cantón. Alegan que eso deja al municipio cobrando mal sus tributos, mientras crece la demanda de servicios comunales que dice no poder pagar.

Agregan que la creación del cantón de Puerto Jiménez, segregado del territorio de Golfito, le bajó considerablemente lo que recauda por patentes, por tasas de servicios municipales y por el impuesto de bienes inmuebles, y también lo que recibe de la Ley 8114 de Simplificación y Eficiencia Tributaria, o sea la parte del impuesto único a los combustibles que se gira a las municipalidades.

Señalan que Golfito cobra una tarifa fija de 0,15% sobre ingresos brutos —mil quinientos colones por cada millón declarado— y que sería la única del país con ese modelo, frente al 0,25% de Osa y el 0,30% de Corredores. Plantean cobrar según la capacidad económica de cada quien para no empujar la morosidad en una población con pobreza, y castigar la evasión de quienes no declaran, que según ellos terminan pagando los contribuyentes puntuales.

Qué dice el texto

El registro del expediente anota textos actualizados durante el trámite — el último, del 25 de agosto de 2026. Estos puntos describen el texto tal como se presentó.

  • La licencia obligatoria: Ninguna persona física o jurídica puede ejercer actividad lucrativa en Golfito sin licencia municipal, sea permanente, ocasional, ambulante o por medios digitales. El impuesto se paga mientras se tenga la licencia, aunque no se ejerza la actividad.
  • Cuánto se paga: Crea seis estratos según ingresos brutos: hasta ₡25 millones se paga 10% del salario base; luego 13%, 25%, 50% y 100%; y de ₡300.000.001 en adelante, 0,25% sobre los ingresos brutos.
  • Negocios de subsistencia: Quien trabaje solo, esté inscrito en Hacienda y tenga ingresos anuales de hasta 6 salarios base puede pedir cobro diferenciado: 5% del salario base de un auxiliar judicial al año. La autorización es personal, se renueva cada año y es revocable.
  • Multas por no declarar: Declarar tarde, dentro de los 5 días hábiles siguientes al plazo, cuesta una multa del 10% del impuesto pagado el año anterior; no declarar del todo, 20%. Negarse a dar información tras una segunda prevención: dos salarios base.
  • Reportar ingresos en otro cantón: A quien diga que hace la mayor parte de su actividad en un cantón con tarifa más baja teniendo sus operaciones en Golfito se le cobra una multa del 35% sobre la diferencia entre lo reportado y lo que razonablemente le tocaría al otro cantón.
  • Cierre y dueño del local: La licencia se suspende por falta de pago de dos o más trimestres y el local puede clausurarse con sellos, incluso con apoyo de la Policía. El dueño del inmueble responde solidariamente por la patente de la actividad que ahí se desarrolle.
  • Barcos y publicidad: Las embarcaciones extranjeras pagan zarpe: $0,10 por tonelada carga y pesca industrial, $50 cruceros, $20 las demás y $1 por pasajero; fondear cuesta $20 o $75 diarios según el largo. Los rótulos y vallas pagan un derecho anual por metro cuadrado.

El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 21 de agosto de 2024. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.

El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 24.510).

Qué pasó la semana del 17 al 23 de agosto

La comisión dispensó la lectura de las mociones del artículo 137 y aprobó dos de ellas por unanimidad; rechazó una tercera, del diputado Trejos Mazariegos, que daba un año de prórroga a los patentados, porque el Concejo Municipal de Golfito pidió que fuera de seis meses. Las mociones de revisión de cada votación fueron rechazadas.

jue, 20 ago · Comisión

Fuente: el acta de la sesión 5 de la Comisión de Asuntos Municipales (jue, 20 ago). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas de comisiones.

Quién lo apoya y quién lo objeta

La única voz cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de las 2 sesiones que hemos leído — no es el marcador de una votación, e incluye voces que no votan, como ministerios e instituciones invitadas.

1Lo apoyan
Antonio Trejos Mazariegos · Frente Amplio

Pide rechazar su propia moción de prórroga de un año porque la Municipalidad y el Concejo Municipal de Golfito solicitaron que el plazo sea de seis meses

20 ago

Otras 2 voces solo aparecen votando mociones de trámite, sin que el acta diga por qué: 2 sin fracción. De otra voz de Pueblo Soberano el acta no deja claro qué sostiene sobre el proyecto.