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Administración pública · 25.724

Empleo público en el INA

Nombre oficial: Ley de Creación del Estatuto de Empleo Público del Instituto Nacional de Aprendizaje.

Dónde va

1
Apenas nace
5 días
Presentado · 19 ago 2026 – 24 ago 2026
Ver quién lo presentó

Poder Ejecutivo

2
En estudio
30 días y contando
En comisión · 24 ago 2026 – hoy

La vota la comisión que la estudia

3
En debate
Plenario
4
Voto final
2.º debate
5
¡Ya es ley!
Publicada
Hay pasos que este proyecto ya dejó atrás y que no presenciamos: seguimos las sesiones desde mayo de 2026.

Qué sigue

Para avanzar necesita el dictamen de la comisión que lo estudia.

De qué trata

Saca del Régimen de Servicio Civil las plazas nuevas y las que queden vacantes en el INA y las pasa a un estatuto propio: la Junta Directiva define reglas de empleo y sanciones. Quienes ya están siguen en su régimen salvo que pidan el traslado.

Según el texto presentado el 19 de agosto de 2026. El proyecto puede cambiar durante el trámite.

Para conversar

El problema que dice venir a resolver

Quienes lo firman parten de que el INA es una institución autónoma —con patrimonio propio y capacidad de organizarse sola—, pero que el artículo 24 de su Ley Orgánica lo amarra al Régimen de Servicio Civil, pensado, dicen, para los ministerios y el Gobierno Central. Sostienen que eso le impide manejar su propio personal, a diferencia de otras autónomas que sí fijan cómo contratan y clasifican puestos.

Citan la experiencia de los cerca de dos años en que el INA estuvo excluido de ese régimen por la ley 9931: afirman que los cambios en los requisitos de un puesto bajaron de 12 o más semanas a menos de 2, que el trámite de un nombramiento pasó de 4 a 6 semanas a unas 2, y que los procedimientos disciplinarios se resolvían en unos 4 meses, frente a casos de personas que seguían nombradas dos años o más mientras el Servicio Civil resolvía.

Agregan que el INA administra la Agencia Nacional de Empleo (ANE), la bolsa pública y gratuita que conecta oferta y demanda de trabajo, con un costo de ₡2.723.530.089 entre 2023 y mediados de 2025, y que otras instituciones reclutan por ahí mientras el INA no puede usarla para su propio personal.

Qué dice el texto

  • Qué plazas cambian: Las plazas de nueva creación y las que queden vacantes por jubilación, cese, renuncia, despido o ascenso en propiedad salen del Régimen de Servicio Civil y pasan a regirse por el estatuto propio del INA.
  • Quienes ya están nombrados: El personal incorporado al Régimen de Servicio Civil conserva sus derechos adquiridos y sigue bajo ese régimen; solo si decide trasladarse al nuevo estatuto su plaza queda desvinculada del Servicio Civil.
  • Concursar sin renunciar: Las personas del INA que están en el Servicio Civil pueden participar en concursos por plazas del nuevo estatuto sin renunciar a su régimen: se les da de oficio permiso sin goce de salario en su plaza de origen.
  • Quién sanciona: La potestad disciplinaria queda en la Presidencia Ejecutiva del INA. Si el procedimiento puede terminar en despido, la apelación la conoce y resuelve el Tribunal de Servicio Civil.
  • Las sanciones: Advertencia oral sin registro, advertencia escrita tras dos o más orales en un mismo mes, suspensión sin salario hasta por quince días en faltas graves y despido sin responsabilidad patronal en faltas gravísimas.
  • Despido por reorganización: La Junta Directiva puede cesar con responsabilidad patronal y pago de prestaciones por falta absoluta de recursos o por reorganización que afecte al menos al 60% de la dependencia, con estudio técnico previo.
  • Docentes y estudiantes: Prohíbe a docentes y a quien atiende estudiantes recibir dádivas de participantes y tener relaciones sentimentales o sexuales con ellos si hay conflicto de interés; con menores de edad la prohibición es absoluta y es falta gravísima.

El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 19 de agosto de 2026. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.

El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.724).

Lo último en el registro del expediente

Se le asignó la comisión que lo va a estudiar, según la tramitación oficial del expediente.

lun, 24 ago · Trámite oficial