Espejo de Agua
Nombre oficial: Ley de creación del Área Silvestre Protegida Paisaje Nacional Espejo de Agua Embalse Arenal y fomento de actividades asociadas al uso sostenible en su zona de amortiguamiento
Dónde va
Ver quién lo presentó
Poder Ejecutivo
Ver en qué comisión se vio
- Comisión de Turismo6 abr 2022 – 29 abr 2022 · 8 jul 2025 – 24 jul 2025 · 27 ene 2026 – 24 feb 2026
Según la tramitación oficial de la Asamblea.
Ver quién votó
Ver quién votó
De qué trata
Protege el embalse Arenal y regula su uso turístico
Crea una nueva categoría de área silvestre protegida (equivalente a categoría V de la UICN) para el espejo de agua del embalse Arenal, establece una zona de amortiguamiento y fomenta actividades de uso sostenible como turismo, recreación, atracaderos y acuícultura, brindando seguridad jurídica a familias y emprendimientos de la zona. Mantiene el embalse como reserva estratégica para generación eléctrica.
Para conversar
Qué dice el texto
El registro del expediente anota textos actualizados durante el trámite — el último, del 24 de febrero de 2026. Estos puntos describen el texto tal como se presentó.
- Qué se protege: Declara área silvestre protegida el espejo de agua del Embalse Arenal —la superficie de agua del lago artificial— hasta la cota 548.58 metros sobre el nivel del mar, con sus islas; deja fuera el Parque Nacional Volcán Arenal.
- Qué se puede hacer ahí: Permite pesca de subsistencia, deportiva, turística y de fomento (con fines científicos), acuicultura, turismo acuático y temático, transporte en embarcaciones, obra turística de bajo impacto y atracaderos.
- Manda la generación eléctrica: El embalse sigue siendo Reserva Nacional de Energía Eléctrica: las zonas de restricción absoluta, operación y seguridad que defina el ICE quedan fuera del uso público y su protección corre por cuenta del ICE.
- La franja de 50 metros: Crea una zona de amortiguamiento de 50 metros desde la cota máxima y le levanta la protección forestal que prohíbe intervenirla, salvo donde haya bosque sin impactar o terreno ambientalmente frágil.
- Los permisos: Toda actividad requiere aval municipal en la franja de tierra, autorización del Sinac en el agua y visto bueno del ICE; las empresas turísticas necesitan además la declaratoria turística del ICT.
- Las concesiones: El ICE otorga concesiones en sus tierras y es la autoridad que concesiona atracaderos turísticos en el área, en lugar de la municipalidad; si las cancela por incumplimiento, las construcciones pasan a su patrimonio.
- Nueva categoría: Agrega a la Ley Orgánica del Ambiente la figura de Paisaje Nacional: áreas protegidas de propiedad estatal o mixta donde se admiten usos productivos, recreativos y servicios públicos junto con la conservación.
Según el texto presentado el 29 de marzo de 2022. El proyecto puede cambiar durante el trámite.
El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 22.981).
Qué pasó la semana del 1 al 7 de junio
El proyecto quedó aprobado en votación final: el 2 de junio el Plenario lo pasó en segundo debate con 54 votos a favor, 0 en contra y una no-votación, y lo remitió al Poder Ejecutivo. El día anterior la Comisión de Redacción había aprobado por unanimidad (5-0) la redacción definitiva, con correcciones sobre fechas de sanción y nombres de leyes e instituciones citadas, y rechazó una moción de revisión (0-5); en el Plenario también se pidió corregir un nombre en el acta del primer debate.
Fuente: las actas de la sesión ordinaria 18 del Plenario (lun, 1 jun), la sesión 3 de la Comisión de Redacción (lun, 1 jun) y la sesión ordinaria 19 del Plenario (mar, 2 jun). La Asamblea no permite enlazarlas directo: se buscan por fecha en su consulta de actas del Plenario y su consulta de actas de comisiones.
Quién lo apoya y quién lo objeta
Las 13 voces cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de las 4 sesiones que hemos leído — no es el marcador de una votación, e incluye voces que no votan, como ministerios e instituciones invitadas. Cada quien queda del lado que sostuvo más veces.
En contra de las mociones de consulta; afirma que sí se hicieron consultas al ICE, MINAE y municipalidades, y que el proyecto tiene orientación positiva
A favor; destaca seguridad jurídica para familias y reactivación económica de Guanacaste; anuncia fiscalización del cumplimiento
A favor; celebra que sea el segundo proyecto de la Administración Alvarado Quesada convocado por la presidente Fernández
A favor; enfatiza seguridad jurídica para más de 700 familias y desarrollo sostenible de Tilarán
A favor; lo apoya en nombre de comunidades de La Fortuna y El Castillo
Emitió criterio de que no hay regresión ambiental
Voto positivo, resalta beneficios para familias
A favor de la intención del proyecto, pero señala dudas de constitucionalidad por falta de estudios técnicos y posible regresión ambiental;
A favor de la intención del proyecto, pero señala dudas de constitucionalidad por falta de estudios técnicos y posible regresión ambiental; anuncia consulta de constitucionalidad
Voto a favor de la redacción definitiva; planteó observaciones sobre la redacción del artículo 9 respecto al nombre de la Ley 449 y sobre correcciones de fechas en…
Voto a favor de la redacción definitiva; planteó observaciones sobre la redacción del artículo 9 respecto al nombre de la Ley 449 y sobre correcciones de fechas en el artículo 18
Apoyo crítico; advierte riesgo de inconstitucionalidad por falta de estudios técnicos y no ir a consulta
A favor con reservas; pide vigilancia en la reglamentación para proteger a comunidades locales
Voto favorable con advertencia de fiscalización rigurosa
Hicieron señalamientos de posible regresión ambiental
Otras 7 voces solo aparecen votando mociones de trámite, sin que el acta diga por qué: 3 de Pueblo Soberano, 1 de Liberación Nacional y 3 sin fracción. De otra voz sin fracción el acta no deja claro qué sostiene sobre el proyecto.