Cero ocio en las cárceles
Nombre oficial: Ley de cero ocio en las cárceles
Dónde va
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Poder Ejecutivo
La vota la comisión que la estudia
Ver en qué comisión se vio
- Comisión de Seguridad y Narcotráficodesde el 22 jun 2026
Según la tramitación oficial de la Asamblea.
Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite
Por qué
Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos
La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.
La estudia la Comisión de Seguridad y Narcotráfico · 9 diputaciones
Qué sigue
El proyecto sigue en la comisión sin la audiencia solicitada.
De qué trata
Pone a trabajar y estudiar a los privados de libertad
Busca eliminar el ocio de las personas privadas de libertad en los centros penales.
Para conversar
El problema que dice venir a resolver
Quienes lo firman sostienen que el ocio carcelario es uno de los motores de la crisis penitenciaria: afirman que, sin actividades productivas ni capacitación, las personas privadas de libertad pasan el tiempo sentadas en los pasillos, consumiendo drogas, y organizan desde adentro redes de narcotráfico, sicariato y extorsión. Agregan que el ocio en condiciones de hacinamiento es, según el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, una forma de tortura psicológica y un riesgo de seguridad.
Sostienen además que el Estado carga con un costo insostenible al mantener a esa población sin que retribuya nada a la sociedad, y que el interno debe compensar el gasto de su vigilancia y alimentación y reparar el daño a la víctima. Plantean que no hacerlo es un privilegio que el país no puede seguir sosteniendo y que erradicar la inactividad es un asunto de seguridad nacional.
Citan el Informe Anual 2025 del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, que reporta 19.453 personas privadas de libertad y una sobrepoblación del 46,4%. Mencionan también datos del Ministerio de Justicia y Paz sobre 19.940 personas en condición de hacinamiento, de las cuales 14.873 están sentenciadas y 5.067 son indiciadas, es decir, todavía sin sentencia.
Qué dice el texto
- A quién le toca: Cubre a quienes el Instituto Nacional de Criminología autorice tras estudios psicológicos, psiquiátricos y sociales; deja fuera a personas en máxima seguridad, con discapacidad, adultas mayores, embarazadas, en lactancia o con enfermedad terminal.
- El tiempo: Obliga a la administración penitenciaria a programar el día para limitar el ocio, entendido como el tiempo que no se dedica a producción, capacitación, educación, atención psicosocial o recreación dirigida.
- La plata del interno: El Ministerio retiene directamente el subsidio que recibe la persona presa y lo reparte: 35% para su manutención en el sistema, 35% para reparar a las víctimas, 20% para la familia y 10% de ahorro.
- La voluntariedad: Solo en los convenios con empresas privadas la participación es voluntaria y exige consentimiento escrito, previo e informado. Prohíbe usar la asignación de tareas como castigo disciplinario.
- Quién manda adentro: Los traslados, la ubicación de las personas presas, la apertura de centros productivos y los cambios de régimen de confianza pasan a ser órdenes administrativas del Ministerio, de cumplimiento inmediato.
- Quién cobra: El Ministerio factura a las empresas por la mano de obra y por el uso de la infraestructura carcelaria; esa plata entra a un nuevo Fondo de Reinserción Social que él mismo administra y reporta a la Contraloría.
- Sin las reglas de siempre: Saca los convenios con entes privados de la Ley General de Contratación Pública y al Fondo del sistema de cuentas del sector público, o sea, no entra en el registro único donde se controla la plata estatal.
El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 15 de junio de 2026. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.
El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.617).
Qué pasó la semana del 31 de agosto al 6 de septiembre
La comisión rechazó, con tres votos a favor y cinco en contra, la moción para revisar la votación que había negado la audiencia al Colegio de Abogados y a su Comisión de Asuntos Penales.
jue, 3 sept · Comisión
Fuente: el acta de la sesión 9 de la Comisión de Seguridad y Narcotráfico (jue, 3 sept). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas de comisiones.
Quién lo apoya y quién lo objeta
Las 2 voces cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de las 6 sesiones que hemos leído — no es el marcador de una votación, e incluye voces que no votan, como ministerios e instituciones invitadas. Cada quien queda del lado que sostuvo más veces.
Defiende que el proyecto convierta el programa en política permanente para que las personas privadas de libertad aprendan un oficio y se preparen para la reinserción
Aplaude retomar el trabajo penitenciario y las exclusiones previstas, pero advierte que podría convertirse en trabajo obligatorio, que la tabla de distribución de…
Aplaude retomar el trabajo penitenciario y las exclusiones previstas, pero advierte que podría convertirse en trabajo obligatorio, que la tabla de distribución de ingresos no tiene base científica y que requiere reformas acompañantes a otras leyes
Otras 8 voces solo aparecen votando mociones de trámite, sin que el acta diga por qué: 6 de Pueblo Soberano y 2 sin fracción.