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Salud · 25.423

Cuidados paliativos pequeños

Nombre oficial: Fortalecimiento del financiamiento de asociaciones de cuidados paliativos de menor tamaño

Dónde va

1
Apenas nace
7 días
Presentado · 3 mar 2026 – 10 mar 2026
Ver quién lo presentó

Johnatan Jesús Acuña Soto, Priscilla Vindas Salazar, Rocio Alfaro Molina, Andrés Ariel Robles Barrantes, Sofia Alejandra Guillén Pérez, Antonio José Ortega Gutiérrez

2
En estudio
5 meses y contando
En comisión · 10 mar 2026 – 9 ago 2026

La vota la comisión que la estudia

Ver en qué comisión se vio
  • Comisión de Asuntos Socialesdesde el 17 mar 2026

Según la tramitación oficial de la Asamblea.

3
En debate
Plenario

Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite

Por qué

Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos

La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.

Constitución, art. 119
4
Voto final
2.º debate
5
¡Ya es ley!
Publicada
Hay pasos que este proyecto ya dejó atrás y que no presenciamos: seguimos las sesiones desde mayo de 2026.

La estudia la Comisión de Asuntos Sociales · 10 diputaciones

Sadie Britton
presidencia
Pueblo Soberano
Robert Barrantes
secretaría
Pueblo Soberano
Anna Müller
Pueblo Soberano
Diana Murillo
Liberación Nacional
Edgardo Araya
Frente Amplio
Iztarú Alfaro
Liberación Nacional
Karol Matamoros
Liberación Nacional
Kristel Ward
Pueblo Soberano
Royner Mora
Pueblo Soberano
Víctor Hidalgo
Liberación Nacional

Qué sigue

El diputado Araya Sibaja enviará su propuesta de texto sustitutivo a la JPS y a la comisión para recibir observaciones.

De qué trata

Da más plata de la JPS a cuidados paliativos

Modifica el artículo 14 de la Ley 8718 de la Junta de Protección Social. Destina un 20 % de las utilidades del plan de premios de la lotería electrónica a las asociaciones de cuidados paliativos y control del dolor con presupuestos inferiores a 80.000 UDES (unidades de desarrollo, una medida que fija el Banco Central).

Para conversar

El problema que dice venir a resolver

Quienes lo firman sostienen que las asociaciones de cuidados paliativos atienden a personas con enfermedades avanzadas y a sus familias, y que ese trabajo complementa a un sistema público de salud con limitaciones financieras. Señalan que estas asociaciones reciben plata de la Junta de Protección Social a partir de la utilidad de la lotería instantánea, las llamadas "raspaditas".

Afirman que la caída en las ventas de esas loterías ha reducido de forma drástica los recursos girados, y que las propias asociaciones reportan serias dificultades para sostener los servicios que requieren las personas atendidas. Agregan que quienes trabajan ad honorem en ellas se sienten sin apoyo de las autoridades.

Advierten que, de no contar con estas asociaciones, los requerimientos de servicios en la CCSS se engrosarían aún más. Recuerdan que son fiscalizadas, cuentan con calificación de idoneidad y utilidad pública del Ministerio de Justicia y Paz y con certificaciones de cuidados paliativos del Ministerio de Salud.

Qué dice el texto

  • La plata nueva: Obliga a la Junta de Protección Social a repartir una parte de las utilidades del plan de premios de la lotería electrónica entre asociaciones de cuidados paliativos, además de lo que ya reciben de la lotería instantánea.
  • Quiénes reciben: El giro va solo a las asociaciones clínicas de cuidados paliativos cuyo presupuesto sea menor a un tope fijado en unidades de desarrollo (UDES) del Banco Central, una unidad de cuenta distinta del colón.
  • En qué se puede gastar: Los recursos deben usarse en su totalidad para atender necesidades de los pacientes: personal, equipos, medicamentos y otras requeridas para la atención.
  • Quién fija los premios: El plan de premios de la lotería electrónica lo sigue definiendo la Junta Directiva de la Junta de Protección Social dentro de los parámetros de la ley de loterías nacionales.
  • Premios no acertados: Los premios que el público no acierte se acumulan para el sorteo siguiente, según lo que establezca el reglamento.

El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 3 de marzo de 2026. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.

El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.423).

Qué pasó la semana del 3 al 9 de agosto

El expediente siguió en trámite de comisión: el 4 de agosto fue asignado a la subcomisión 1 con plazo hasta el 16 de setiembre de 2026 y, al día siguiente, la comisión aprobó por unanimidad ampliar su plazo y recibir en audiencia a la presidencia de la junta directiva de la Junta de Protección Social o a quien delegue.

Fuente: las actas de la sesión 14 de la Comisión de Asuntos Sociales (mar, 4 ago) y la sesión 15 de la Comisión de Asuntos Sociales (mié, 5 ago). La Asamblea no permite enlazarlas directo: se buscan por fecha en su consulta de actas de comisiones.

Quién lo apoya y quién lo objeta

Las 3 voces cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de las 5 sesiones que hemos leído — no es el marcador de una votación, e incluye voces que no votan, como ministerios e instituciones invitadas. Cada quien queda del lado que sostuvo más veces.

1Lo apoyan
Edgardo Vinicio Araya Sibaja · Frente Amplio

Propone un texto sustitutivo que saque el 20 % del aumento de las utilidades de la lotería electrónica, para no quitarle recursos a otros programas

27 oct · y 3 sesiones más

2Lo objetan
Marcela Sánchez Quesada, asesora jurídica de la Junta de Protección Social

Sostiene que el plan de premios no genera utilidades y que el cambio reduciría hasta un 20 % lo que reciben los más de cuatrocientos programas actuales

27 oct

Paola Nájera Abarca, presidenta de la Junta de Protección Social

Objeta que no hay estudio técnico ni financiero que justifique el 20 % ni la elección de esas asociaciones, que ya reciben fondos de la Junta por ley

27 oct

Otras 7 voces solo aparecen votando mociones de trámite, sin que el acta diga por qué: 4 de Pueblo Soberano, 2 de Liberación Nacional y 1 sin fracción. De otra voz de Pueblo Soberano el acta no deja claro qué sostiene sobre el proyecto.

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